Concubinato
Enviado por Ysabel05 • 14 de Febrero de 2013 • 15.949 Palabras (64 Páginas) • 511 Visitas
UNIVERSIDAD CÉSAR VALLEJO
FACULTAD DE DERECHO
ESCUELA DE DERECHO
AUTORES:
CALDERÓN FLORES, YSABEL
MENACHO RODRIGUEZ, PEDRO
RISCO DIAZ, ROSA
Centurión alva ,yovani
Rugel luna,melissa
DOCENTE:
Dr. PAZ CASTILLO, OMAR AMARU
TRUJILLO – PERÚ
2012
PRESENTACIÓN
Este trabajo de investigación es elaborado con mucho esfuerzo y dedicación por un grupo de alumnos estudiantes del Octavo Ciclo de la escuela de Derecho de la Universidad Cesar Vallejo, el cual abarca el tema de EL CONCUBINATO Y VOCACION SUCESORIA
El presente informe, es fruto de una ardua investigación que realizo el grupo Nº XXXXX del curso de Seminario III-2012 de la Universidad Privada Cesar Vallejo. En el cual presentamos el tema mencionado de una manera breve, con un lenguaje entendible, para de esta manera poder llegar a todos los lectores, logrando así su total comprensión
Este tema tiene por finalidad describir y discutir los conceptos básicos y más relevantes de la figura del concubinato o unión de hecho así como efectuar una referencia y análisis acerca de la legislación comparada; asimismo se busca generar un aporte a los Responsables y al Entorno Jurídico - Social, así como a todas aquellas personas que tengan interés respecto del presente tema.
Esta investigación se ha generado debido a la falta de una regulación específica sobre los Derechos hereditarios que se les podrían otorgar a aquellas personas que viven en la condición de concubinos o parejas en uniones de hecho; esta situación no puede ser ignorada ni quedar en el desamparo legal, ya que dichas uniones libres son una realidad latente en nuestro país; si bien el legislador tiene el afán de proteger la institución del matrimonio, también debe enfrentar ésta dinámica social; no se debe cerrar las puertas a estas uniones, lo cual sólo trae consigo la desprotección e incertidumbre jurídica, el Derecho está sujeto a constantes transformaciones y modificaciones, porque necesariamente tiene que evolucionar, ya que vive y se manifiesta en un pueblo, cuyos intereses garantiza el bienestar social.
CAPÍTULO I
PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
Formulación del Tema de Investigación
EL DERECHO RECIPROCO DE LOS CONCUBINOS QUE ESTEN LIBRES DE IMPEDIMENTO MATRIMONIAL PARA ACCEDER A LA VOCACION SUCESORIA.
1. REALIDAD PROBLEMÁTICA:
Según el Artículo 326 del Código Civil Peruano, expresa “LAS UNIONES DE HECHO” bajo las siguientes características: Debe ser unión sexual libre y voluntaria entre un varón y una mujer, una unión de alcance, fines y cumpla deberes semejantes al matrimonio (hacer vida común, fidelidad y asistencia recíproca), libre de impedimento matrimonial y tener por lo menos dos años continuos de convivencia donde puede probarse la posesión constante del concubinato con cualquiera de los medios admitido por la ley procesal siempre que exista un principio de prueba escrita, además puede terminar por muerte, ausencia mutuo acuerdo o decisión unilateral.
Otro aspecto que fluye en relación al fenecimiento de la relación concubinaria, es la inexistencia de la vocación sucesoria del conviviente supérstite. En artículo 818 del Código Civil ha tenido el acierto de normar que todos los hijos tienen iguales derechos sucesorios respecto a sus padres. Sin embargo, el artículo 822, al referirse a la determinación de los herederos legales en la sucesión intestada, menciona que “el cónyuge que concurre con hijos o con otros descendientes del causante, hereda una parte igual a la de un hijo”. Dicho precepto, al mencionar al “cónyuge”, deja de lado y margina al “conviviente”.
Es cierto que la normativa civil otorga amparo a la compañera o conviviente para una justa distribución de los bienes adquiridos con el esfuerzo conjunto y además alternativamente una indemnización al concubino inocente o un acuerdo judicial de derecho alimentario; pero, no concede derechos hereditarios a la compañera supérstite. Siendo esta una relación estrictu sensu, donde dicho vacío debe legislarse y garantizarle al conviviente que sobrevive una vocación sucesoria equitativa a la sucesión del cónyuge
Lo que buscamos es reclamar que el Derecho sea más humano, para resolver este hecho real, existente en base a los actos voluntarios de dos personas que han compartido juntos las alegrías y las adversidades, durante su relación concubinaria, puesto que la unión de hecho aparte de ser un hecho social, es también un hecho jurídico voluntario que en el campo del Derecho crea consecuencias jurídicas, entonces es preciso que se le reconozcan a dichas uniones los Derechos hereditarios correspondientes, cuando cumplen a cabalidad los elementos constitutivos antes mencionados.
La unión de hecho, en nuestros días constituye una realidad apremiante cuyas implicancias jurídicas en sus efectos personales y patrimoniales en las personas que optaron por convivir, en virtud de su derecho a no contraer matrimonio, entendido como autonomía de la voluntad, deben ser reguladas en toda su dimensión, sin desconocer el principio que protege a la familia, toda vez que, hoy por hoy, no obstante de haberse dado cobertura constitucional a las uniones de hecho, se advierte que el matrimonio se encuentra en una mayor consideración respecto de ésta, colocándose en desventaja a la familia que nace de dicha unión de hecho, al no reconocerse a los mismos acceder en iguales condiciones a los efectos personales y patrimoniales que surgen de él, en consonancia con el mandato de protección constitucional descrito.
Es absurdo como nuestras leyes se contradicen, por un lado el derecho penal castiga con el delito de parricidio cuando se da muerte al concubino, pero por otro lado desprotege en el derecho civil el derecho a poder acceder a la vocación sucesoria.
1.1. JUSTIFICACIÓN DE INVESTIGACIÓN:
Nuestra interrogante tema de investigación es un problema latente a nivel mundial que alcanza distintos sectores algunos en mayor como menor proporción, de tal manera que:
Es importante porque ante el estudio planteado contribuirá a conocer la relación de la unión no matrimonial-sucesoria donde proporcionaremos información que será útil y provechosa en la sociedad.
S conveniente desde el punto de vista jurídico porque se dispone de los recursos necesarios para llevarlos al cumplimiento.
Es beneficioso ya que el tema no es muy divulgado y este por medio del lector se multiplique a otras personas.
Es actual porque
...