Corpus Iuris Civilis
Enviado por emii888 • 30 de Enero de 2014 • 872 Palabras (4 Páginas) • 336 Visitas
EL CÓDIGO
El Código, que fue una compilación de leges, sancionado primero en el año 529, denominado Codex Vetus, o viejo código, al ser reemplazado por el nuevo Código en el año 534, por razones de inaplicabilidad. Este nuevo código reunió, además, las decisiones dictadas a través de constituciones imperiales, para decidir cuestiones litigiosas, sin tomar en cuenta la Ley de Citas. Estas resoluciones, que alcanzaron el número de cincuenta, fueron denominadas, quinquaginta decisiones. También reunió otras normas que habían quedado fuera del Códex Vetus.
Para evitar reformas parciales, que rompieran la unidad legislativa, dispuso en el Cordi Novis (Código Nuevo) que si éste debía reformarse, se hiciera por medio de leges que debían ser reunidas en una colección independiente. Esto daría origen a las Novelas.
Este Código está dividido en doce libros, cada uno de los cuales se subdivide en títulos, con sus respectivas rúbricas, y estos, a su vez, están ordenados en fragmentos o leyes. Las Constituciones imperiales, están colocadas por orden cronológico, correspondiendo la primera al emperador Adriano, quien gobernó desde entre los años 117 y 138.
Las Constituciones están redactadas a veces en griego y otras veces, en latín, figurando muchas modificadas por las interpolaciones de quienes confeccionaron el Código.
El Libro I, contiene disposiciones relativas a las fuentes del derecho y a funcionarios públicos. Los Libros II al VIII, tratan temas de Derecho Privado, con normas sobre Derechos Reales, Personales, y Derecho Sucesorio. El Libro IX se refiere al Derecho Criminal y los libros X al XII, tratan del Derecho Administrativo y Financiero.
No ha llegado a nuestros días ningún manuscrito completo del Codex.
EL DIGESTO O PANDECTAS
Contenía la recopilación del ius y comenzó a regir el 30 de diciembre del año 534.
El 15 de diciembre del año 530, Justiniano dictó la Constitución De Conceptione Digestorum, dirigida a Triboniano, que era cuestor del Palacio.
El emperador dispuso que el trabajo debía ser realizado por una comisión de juristas que actuaría presidida por Triboniano.
Los miembros de la comisión debían realizar la obra, extrayendo las partes de las respuestas de los jurisconsultos que habían gozado a partir de Augusto, del ius publice respondendi, y que a la fecha estuvieran vigentes, estando facultados para modificar los textos clásicos, haciéndoles agregados o supresiones o enlazando sus contenidos, para evitar redundancias o contradicciones.
Justiniano se apartó del criterio establecido por la Ley de Citas, estableciendo que entre las opiniones de los juristas, ya no debería existir ningún orden de prelación.
También dispuso que la obra debería denominarse Digesto o Pandectas, términos que provienen del latín y griego respectivamente y significan “Colocar en orden” o “Colección completa que lo contiene todo”.
Ordenaba también
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