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Derecho Penal


Enviado por   •  3 de Octubre de 2013  •  7.261 Palabras (30 Páginas)  •  236 Visitas

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ENSAYO DE DERECHO PENAL ll

Mucho hemos escuchado hablar sobre, los procedimientos penales, en nuestro país, si se siguen en contra de personas que han cometido delitos, graves o no graves, es del conocimiento de todos, que se debe llevar de forma legal, de forma pronta, para llegar a conocer la verdad de los hechos que se juzgan, sobre las personas que se sujetan a dicho procedimiento penal, sobre la forma en que se desarrolla, pero todo ello, nos resulta un cuestionamiento, ¿ El procedimiento penal en México, resulta ser completamente eficiente, y legal?. Para ello, es necesario adentrarnos un poco en las etapas del mismo.

Primeramente haremos una sinopsis en lo que se refiere a los antecedentes del proceso penal.

ANTECEDENTES

MÉXICO.

POCEDIMIENTO EN LA AMERICA ESPAÑOLA.

En la américa española tuvo particular importancia, además de la legislación dictada para España y aplicable a sus posesiones ultramarinas, la recopilación de las leyes de los reinos de las indias donde la materia que nos interesa esta principalmente agrupada en el libro VII de este libro, alude a los pesquisidores y jueces de comisión, designados, los últimos por audiencias o gobernadores para casos extraordinarios urgentes. El título IV dispuso la expulsión de gitanos y vagabundos. El título V preceptuó el procedimiento sumario, excusados tiempo y procesos, en la represión de mulatos, negros, berberiscos e hijos de indios.

En la denominación española: se seguían un procedimiento escrito y sujeto al sistema de las pruebas legales establecidas por las partidas. El sumario en los juicios criminales era secreto, las penas, variadas e imprecisas. El tormento raramente aplicado fue prohibido por la asamblea. Los fallos no se fundaban de acuerdo con lo dispuesto en una real cedula de Carlos III y las cárceles eran visitadas semanalmente por los magistrados. Existía la doble instancia y formas solemnes con numerosas incidencias que complicaban los procesos; faltaban plazos fijos las apelaciones eran excesivas así como innumerables las cuestiones de competencia y exagerados los términos extraordinarios, por todo lo cual se dilataba la resolución de las causas; pero el procedimiento era sumario para los indígenas y gratuito para los mismos y pobres.

A la cabeza de los órganos judiciales figuraba el rey fuente de la jurisdicción, ante quien se llevaban las causas por medio del recurso de segunda suplicación. La única instancia en materia civil, penal y mercantil competía al consejo de indias.

PROCEDIMIENTO EN EL MÉXICO INDEPENDIENTE

La constitución de Cádiz de 1812, trajo al Derecho americano algunas instituciones novedosas y liberales. Vino en por suya al derecho constitucional del México independiente enriqueciendo sin cesar los mandamientos sobre la materia, con un progresivo sentido de garantía a los gobernados. Fueron suprimidos los juicios por comisión

Y el tormento; se rodeó de seguridades el régimen de la detención se reglamentaron los cateos y allanamientos; se proscribió el juramento del inculpado al declarar sobre los hechos propios, se consagraron los derechos de audiencia y de defensa, se estableció la presunción de inocencia, se fijó la conciliación forzosa en caso de pleitos sobre injurias, se limitó el número de fueros que a la postre se redujo a uno solo, el militar, se disminuyó a tres el número de instancias, se re regularon la declaración preparatoria y el auto de formal prisión, se fijaron recursos por inobservancia de tramites esenciales del procedimiento se prohibió la retroactividad desfavorable y se regulo la garantía de ser juzgado por el tribunal previamente establecido, se impidió la extradición de reos políticos y esclavos; se determinó la gratuidad de la justicia, se prescribió la prolongación de la prisión por falta de pago de honorarios y de ministraciones de dinero, se introdujo el careo entre las garantías a favor del inculpado, se fortaleció y cobro gran prestancia la institución del Ministerio Publico, quedando a su cargo la persecución de los delitos y confiándose al juez la imposición de las penas.

Otro punto importante, a lo que debemos aludir, será a hacer una distinción entre proceso y procedimiento.

DISTINCION ENTRE PROCESO Y PROCEDIMIENTO.

Al respecto de esta distinción el tratadista Niceto Alcalá Zamora y Castillo Precisa:

Los términos proceso y procedimiento se emplean con eficiencia, incluso por procesalistas eminentes como sinónimos o intercambiables, conviene sin embargo evitar la confusión entre ellos, porque si bien todo proceso requiere para su desarrollo un procedimiento, no todo procedimiento es un proceso... El proceso se caracteriza por su finalidad jurisdiccional compositiva de litigio, mientras que el procedimiento ( que puede manifestarse fuera del campo procesal, cual sucede en el orden administrativo o legislativo ) se reduce a ser una coordinación de actos en marcha, relacionados o ligados entre sí por la unidad de efectos jurídicos finalidad que puede ser el de un proceso o el de un fragmento suyo ( verbigratia ) que quiere decir procedimiento incidental o impugnativo, así, pues mientras la noción de proceso es esencialmente teleológica, la de procedimiento es de índole formal y de ahí que como luego vemos , tipos distintos de proceso se pueden substanciar por el mismo procedimiento y viceversa, procedimientos distintos sirvan para tramitar procesos de idéntico tipo, ambos conceptos coinciden en su carácter dinámico, reflejado en su común etimología de procederé, avanzar, pero el proceso además de un procedimiento como forma de exteriorizarse comprende los nexos , constituyan o no relación jurídica que entre sus sujetos ( es decir partes y juez ) se establecen durante la substanciación del litigio.

PROCESO PROCEDIMIENTO.

Las tres diferencias principales entre proceso y procedimiento son:

a.- Su finalidad que persiguen; el proceso se caracteriza por encaminarse a la solución del asunto en lo principal, (proceso - conjunto de actos regulados por la ley realizados con la finalidad de alcanzar la aplicación del derecho objetivo y la satisfacción consiguiente del interés legalmente tutelado en el acto concreto, mediante el procedimiento puede manifestarse en muchas y variadas formas.

PROCEDIMIENTO.

Conjunto de formalidades a que están sujetas a la realización

de los actos jurídicos.

Rafael de Pina.

Por lo tanto el procedimiento no es compositiva de litigio.

b.- En cuanto a la autoridad que los realiza.

El proceso necesariamente es una actividad jurisdiccional ya que sólo las autoridades judiciales están facultadas para poder decir el derecho,

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