Derecho Romano I
Enviado por massielg • 20 de Agosto de 2013 • 2.327 Palabras (10 Páginas) • 363 Visitas
I. INTRODUCCION
Para tener una visión más amplia de lo que ha sido el matrimonio y sus costumbres a lo largo de la historia y precisamente en ROMA. El iustae nuptiae es el tema que se abordara a lo largo de este trabajo.
Se reconoce que la familia es la célula esencial de toda sociedad; la base y la piedra angular del ordenamiento social que ha asegurado a través de generaciones la reproducción y supervivencia de la humanidad, y es precisamente, mediante la unión entre el hombre y la mujer que se ha asegurado esta trascendencia.
Varios ritos del matrimonio romano fueron heredados por el mundo occidental contemporáneo, como la existencia de un anillo de compromiso, el consentimiento de los padres, un velo para la novia, la unión de las manos de los contrayentes o el acto del beso con la novia; después de que quien dirigía la ceremonia de matrimonio los declarase legalmente casados. Lo que demuestra que todos los países poseen la influencia de una de las civilizaciones más poderosas del mundo antiguo
En las próximas líneas se hablara de la validez del matrimonio y sus elementos, el parentesco, afinidad y disolución del matrimonio. Veremos cuál es la relación del matrimonio en el Derecho de Roma. Se pretende establecer la vigencia de esta Institución de Derecho en cuento sistema Jurídico actual en el Estado de Nicaragua, nuestra Constitución Política establece esta institución con un fundamento de Derecho, y reconoce el Matrimonio como el contrato civil celebrado entre un hombre y una mujer que tiene como objetivo la formación de una familia y un patrimonio en común, sin embargo también nos indica que la relación de hecho estable esta equiparada jurídicamente al matrimonio.
De esta hipótesis jurídica resulta la familia como la célula social de mayor importancia en cualquier nación, dado que además de los elementos antes mencionado también se la preservación del nombre de familia, que jurídicamente está ligado a otras instituciones de derecho y obligaciones, tales con herencia, patria potestad, testamento, etc.
II. MATRIMONIO
El iustae nuptiae, es un contrato jurídico entre un hombre y una mujer que tienen como fin conformar una familia y un patrimonio.
En la Antigua Roma era una de las principales instituciones de la sociedad y tenía como principal objetivo generar hijos legítimos que heredasen la propiedad y la situación de sus padres. Entre los patricios también servía para sellar alianzas políticas o económicas y solo podrían contraer matrimonio los ciudadanos romanos.
Según el Arto.94 Cv. El Matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen por toda la vida y tienen por objeto la procreación, este arto con la definición que Roma tenia es muy similar, a esto le siguen los l Arto.30Cn. Que reza que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de esta y del estado seguido del Arto.71 Cn. Que garantiza el patrimonio familiar.
En la sociedad romana, debido al interés religioso y político que entrañaba la familia, resultaba de suma importancia la conservación de esta atreves de la institución del matrimonio.
Desde luego en esa ciudad hubo, además de las justas nupcias, otras cuatro uniones de hombres y mujeres (matrimonio de derecho de gentes o injustae nuptiae, concubinato, contubernio y estupro), pero sólo el matrimonio regido por el derecho civil, que daba a los hijos la calidad de liberi justi, creaba la patria potestad.
Las justas nupcias, según la clásica definición de Modestino, entrañaban unión permanente de un hombre con una mujer, con consorcio para toda la vida y comunidad de derechos divinos y humanos.
1. Valides del Matrimonio y sus elementos
Siguiendo con él ceremonial acto del matrimonio para que este sea valido era necesario cumplir con cuatro condiciones como son:
1.1 La Pubertad de los Esposos:
Se refiere a la edad de los esposos para que estos contrajeran en matrimonio, siendo comunes los catorce años para los hombres y los doce para las mujeres. Los varones se casaban alrededor de los 25 años, sobre todo, los que realizaban la carrera de los honores, ya que a esa edad se alcanzaba generalmente el cargo de cuestor. Según el arto.100.Cv. El varón de veintiún año o el declarado mayor y la mujer de diez y ocho años cumplidos declarado mayor podían contraer matrimonio. El Arto. 101.- dice: Son hábiles para contraer matrimonio el varón que ha cumplido quince años y la mujer que ha cumplido catorce.
1.2 Su consentimiento:
Los futuros esposos debían consentir libremente esta decisión,
1.3 El consentimiento del jefe de familia:
Era más enfocado para los hijos varones ya que las mujeres eran consideradas como incapaces. El alieni Juris es el que está sometido al poder de otra persona. Los hijos, son alieni Juris mientras no se han emancipado (en el caso de los varones). El consentimiento de pater de la mujer no era requerido. Sin embargo cuando el consentimiento fuese negado sin justificación, las mujeres sui iuris menores de 25 años era autorizado por la madre.
1.4 El connubium:
La capacidad jurídica matrimonial recibía el nombre de connubium y de ella gozaban únicamente los ciudadanos romanos. El connubium es la capacidad legal para contraer la justae nuptiae. Los extranjeros, los esclavos, los actores que se dedicaban a la prostitución tenían prohibido contraer matrimonio, aunque el connubium podía concederse en casos excepcionales.
El Arto. 103Cv. Nos habla acerca de la valides.- El matrimonio celebrado en el extranjero entre nicaragüenses, o entre nicaragüense y extranjera, o entre extranjero y nicaragüenses, también producirá efectos civiles en territorio nicaragüense, si se hace constar que se realizó con las formas y requisitos que en el lugar de su celebración establecen las leyes, y que el nicaragüense no ha contravenido a las disposiciones de este Código relativas a la aptitud para contraer matrimonio y a los impedimentos absolutos. Artos. 112 Nº 2-184 C.; B.J. 13038-(338) 16427 Cons. IV.
2 Elementos del Matrimonio
Para que en Roma se configurara el matrimonio, debían reunirse dos elementos, uno material, determinado por la cohabitación, y otro espiritual, por la affectio maritalis. La cohabitación comenzaba cuando la mujer ingresaba al domicilio del marido, aún cuando éste estuviera ausente. La affectio maritalis se exteriorizaba mediante el trato recíproco que se daban ante terceros, los esposos, tratándose con respeto, entre ellos y con respecto a los parientes del otro cónyuge, por vestir la mujer ropas apropiadas a la condición social del esposo.
3. Impedimentos
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