DERECHO ROMANO I
Enviado por Raquelizi • 28 de Marzo de 2014 • 3.941 Palabras (16 Páginas) • 262 Visitas
Introducción
Derecho Romano I
Del Status Libertatis
¨DEL STATUS LIBERTATIS¨, LIBRES Y SIERVOS. El disfrute de los beneficios: ¨status libertatis¨, ¨status civitatus¨ y ¨status familiae¨. Estos eran los elementos esenciales de la capacidad y la falta de uno cualquiera de ellos determinaba, sino la completa casación de la capacidad, una sensible disminución de ella, por lo menos.
La libertad constituye un atributo esencial de la personalidad humana y aparece definida en las fuentes romanas como ¨la facultad natural que tiene cada uno de hacer lo que quiera siempre que no se lo implica la fuerza o el derecho¨. La esclavitud es la negación de la libertad. Considerada ella como una institución del derecho del gentes. Justiniano la definio en estos términos: ¨La servidumbre es una institución del derecho de gentes contraria a la naturaleza en virtud de la cual un hombre es sometido al donimio de otro¨.
Es una institución contraria a la naturaleza y, por lo mismo que procedia del derecho de gentes, su practica fue común a todos los pueblos de la antigüedad, si bien regulada de diverso modo en atención a las particularidades del ordenamiento jurídico vigente en cada uno de ellos.
Consideraciones Generales Sobre La Esclavitud.
La historia de la esclavitud aparece estrechamente ligada a las condiciones económicas de vida de los pueblos primitivos y su evolución siguió las mismas alternativas que aquellas condiciones. Los cambios experimentados por las formas económicas primitivas influyeron positivamente en la esclavitud, ya para facilitar su practica en gran escala, ya para atenuar sus consecuencias.
A pesar de que la libertad, según la definición hallada en las fuentes romanas, era reconocida como un atributo esencial de la personalidad humana inherente a su propia naturaleza y no dependiente de una concesión de la ley publica, la sociedad romana mantuvo durante mucho tiempo la institución de la esclavitud en una evidente contradiccion con el concepto mismo de la libertad. El imperio de tan reprobable institución dividio al mundo antiguo en dos categorías: libres y siervos, división que subsidio, a pesar de algunos autores que pretendieron abolirla. Recien en el derecho Imperial se introdujeron algunas reformas que, regulando específicamente la esclavitud, sirvieron para atenuar sus consecuencias sociales y jurídicas.
Estas reformas se concretaron se concentraron en una sensible disminución de las causas de servidumbre y mas tarde, en tiempos de Justiniano, en mayores facilidades para la manumisión, pero a pesar de tales reformas, la esclavitud siguió en vigencia. La ¨ocupatio beilica¨ fue, probablemente, la causa originaria de la esclavitud, pero no se la puede considerar como la justificación de la misma.
Poderes Del Amo Sobre La Persona Y El Patrinomonio De Esclavo:
El amo tenía potestad absoluta sobre el esclavo y tal potestad era de derecho de gentes, como la misma esclavitud. Tal potestad, transmisible de un ciudadano a un peregrino se ejercía sobre la persona y los bienes del esclavo. Respecto de la persona, el amo puede dar muerte al esclavo: tenía sobre el derecho de vida y muerte, y, con mayor razón, puede castigarlo, venderlo y abandonarlo.
La ¨dominica potestas¨, en cuya virtud el amo tenia estos derechos, estaba limitado, sin embargo, en la practica por la acción de los senscres y la opinión publica Empero, esta limitación resulto insuficiente para impedir los abusos en directo perjuicio de los siervos. Esta situación origino una reacción que se concretó en la sanción de algunas leyes mediante las cuales se puso un freno al ejercicio ilimitado del poder reconocido al amo.
El esclavo era considerado por el derecho romano como un objeto susceptible de dominio por el amo, como una ¨res mancipi¨. Sin embargo, este principio no se aplica con todo rigor toda vez que la legislación romana no pudo dejar de reconocer que el esclavo era un ser humano, capaz de generar relaciones jurídicas. En este sentido, cabe puntualizar que el esclavo podía realizar válidamente algunos actos, para hacer adquirir alguna cosa para el amo, por ejm., o para ser instituido heredero por extraños. Otra prueba de que la legislación romana considerada al esclavo mas como persona que como cosa se encuentra en el hecho de haber declarado religioso el lugar en que era sepultado.
Es en las relaciones de índole patrimonial donde el principio indicado no tenia vigencia efectiva, porque el derecho romano establecio que la incapacidad patrimonial del ¨servus¨, fuera corregida por el peculio. Es cierto que los bienes que integraban el peculio del esclavo no le pertenecían en propiedad, seguían siendo del amo, jurídicamente, pero como le era permitido realizar toda clase de actos que tendieran a acrecentar el peculio, se tiene que su primitiva incapacidad sufrio una modificación importante, sustancial. De todo lo dicho resulta que la condición jurídica del esclavo no era muy clara y encerraba varias contradicciones que se justificaban por el afán de mejorar su situación personal.
Fuentes De La Esclavitud
Las causas que podían hacer esclavo de una persona libre fueron diversas y reconocidas expresamente. Entre tales causas, en primer lugar, el nacimiento y otras posteriores establecidas por la ley.
La esclava no podía contraer justas nupcias, sus nociones eran irregulares, servil habida cuenta que los hijos fuera de justas nupcias, seguían la condición de la madre en el momento del parto. Este principio, sin embargo; se atenuo mas tarde al establecerse que el hijo de un esclava nacia libre a condición de que la madre hubiese gozado de libertad en algún momento durante el tiempo que mediaba entre la concepción y el alumbramiento.
Las causas posteriores al nacimiento que podían reducir a una persona libre a la esclavitud estaban previstas por el derecho de gentes y también por el civil.
Las reglas del ¨ius gentium¨ determinaban que eran esclavos los hombres libres que caian en cautividad por causa de guerra. Todos los pueblos de la antigüedad, incluso el romano, admitieron que si sus ciudadanos caian prisioneros, debían ser reducidos a la esclavitud, y no cabe duda que de esta situación provino el mayor contingente de esclavos, pudiendo decirse que, cronológicamente, la cautividad apareció como la causa que dio origen a la institución que examinamos.
El derecho romano debio reconocer también que sus ciudadanos perdieran la libertad cuando caian prisioneros, pero los legisladores se vieron obligados a arbitrar algunas medidas tendientes a atenuar el rigorismo de la máxima universalmente admitida entonces. En tal sentido, cabe hacer mención del ¨ius postiliminium¨ y la ¨¨fictio legis Conerilae¨, que consagraron principios útiles para
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