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DERECHO ROMANO I


Enviado por   •  23 de Enero de 2013  •  2.462 Palabras (10 Páginas)  •  324 Visitas

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INTRODUCCION

La Ley de las XII Tablas es el código más antiguo de Derecho romano, escrito entre los años 451 y 450 a.C. que se basaba en el derecho de los quirites: rudo, formal y riguroso y que tomó como fuente el Derecho oral existente de aquel momento.

Las XII Tablas es un hito en la historia del Derecho Romano ya que cierran un periodo de inestabilidad política fruto de las luchas entre patricios y plebeyos; pero no colmaron todas las peticiones de los plebeyos. Es la fuente de todo el Derecho Público y Privado.

En la elaboración de dicha Ley participó una comisión de diez miembros (decenvirato legislativo), a la cabeza de los cuales estaba Apio Claudio Craso El Gordo, hijo o nieto del Apio Claudio que había provocado la secesión de los plebeyos medio siglo antes, además hubo una segunda comisión de 3 miembros (triunvirato).

Dichas comisiones visitaron la ciudad griega de Atenas para informar sobre las ideas jurídicas que fueran aprovechables y redactadas en 450 a. de C. (se redactan las 10 primeras tablas y en 448 a. de C. fue completada con 2 tablas más). Estas leyes se basaron sobretodo en el trabajo de uno de los Siete Sabios de Grecia, Solón de Atenas, cuya legislación se inspiraba en el principio de igualdad ante la ley.

La Ley de las XII Tablas surgió a partir de las constantes luchas entre patricios y plebeyos en especial la negativa de estos últimos a servir en el ejército o a colaborar económicamente con el mismo hasta que se tomaran en consideración sus demandas.

Ley de las XII Tablas

La Ley de las XII Tablas o Ley de igualdad romana fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de ley decemviral. Por su contenido se dice que pertenece más al derecho privado que al derecho público. Fue el primer código de la Antigüedad que contuvo reglamentación sobre censura (pena de muerte por poemas satíricos). La ley se publicó al principio en doce tablas de madera y, posteriormente, en doce planchas de bronce que se expusieron en el foro. Debido a que no queda indicio alguno de su existencia, algún autor ha llegado a sugerir que no existieron.

Su desaparición puede explicarse por el saqueo que sufrió Roma hacia el año 390 a. C. por parte de los galos. Se cree que se destruyeron y, por algún motivo, no se reprodujeron con posterioridad. Esta última teoría parece estar apoyada por las abundantes referencias que de ellas hacen los autores antiguos.

Al estar estas leyes expuestas públicamente, estaban libres de malas interpretaciones de sus custodios. Pues parece que anteriormente los pocos que conocían las Leyes, las interpretaban manipulándolas a su favor. Estas Leyes para todos (los ciudadanos) fueron las bases del Imperio Romano pues todos estaban bajo las mismas en cualquier rincón del Imperio.

Antecedentes

Durante los tres primeros siglos de Roma, el derecho privado tenía su fuente única en usos vigentes entre los fundadores de la ciudad, que han pasado, por tradición, de las poblaciones primitivas a la nación nueva. A estas costumbres se les conoce como mores majorum. Se puede decir que en este periodo, el derecho privado solo tiene una fuente cierta, la costumbre. La falta de precisión y esclarecimiento de sus reglas favoreció al arbitrio de los magistrados patricios encargados de la administración de la justicia, y no solamente en el derecho privado, sino también en la represión de crímenes y delitos. Los tribunos fueron los intérpretes de las reclamaciones de la plebe, pidieron la redacción de una ley que rigiera igualmente para todos los ciudadanos. Después de diez años de resistencia, los patricios cedieron, el senado y los tribunos acordaron redactar una ley aplicable a los dos órdenes. Esta ley fue la de las XII Tablas.

Elaboración

La elaboración de la Ley de las XII Tablas, o ley de igualdad romana se produjo a mediados del siglo V a. C., a partir de la insistencia de un tribuno de la plebe llamado Terentilo Arsa en el 462 a. C. cuando el Senado republicano decidió enviar una comisión de diez magistrados a Atenas para conocer la legislación del gobernante griego Solón, inspirada por el principio de igualdad ante la ley. A la vuelta de esta comisión, el Senado decidió constituir otra comisión integrada por diez magistrados patricios(decenvirato) y presidida por un cónsul para la elaboración de la ley. La comisión trabajó durante un año para redactar las diez primeras tablas, terminadas el 451 a. C.

Influencias

En ellas se recogen por escrito, de manera más o menos ordenada, una serie de normas jurídicas que hasta entonces eran costumbres, algunas de las leyes del regnum y normas redactadas ex novo por las comisiones que elaboraron las tablas.

Contenido

Aunque no se sabe con certeza el contenido exacto que tuvieron las XII Tablas, gracias a las referencias que hay de ellas en la historiografía romana se puede decir que contendrían lo siguiente:

Tablas I, II, III

Contendrían derecho procesal privado.

El procedimiento que regulan es el de las acciones de la ley, acciones judiciales en que en virtud de la Ley de las XII Tablas podrían ejercer los ciudadanos romanos para la defensa de sus derechos. El proceso se caracterizaba por su excesivo formalismo, las partes debían pronunciar determinadas palabras, a veces muy complicadas, obligatoriamente si querían tener posibilidades de ganar el litigio o debían realizar ritos. Detrás de este formulismo estaba el sentimiento religioso.

Las acciones de la ley a saber eran cinco: tres declarativas y dos ejecutivas. Las primeras: acción por apuesta (sacramentum), acción por petición de un juez o de un árbitro (postulatio iudicis) y la acción por requerimiento (condictio). Estas se caracterizaban por contemplar el mismo proceso, iniciado antes los pontífices (quienes indicaban la fórmula solemne) más tarde ante un magistrado (quien se encargaba de mediar la contienda entre las partes ayudando a determinar un juez privado) y por último ante un juez (quien recibe la fórmula solemne y las pruebas preparadas). Las dos restantes o ejecutivas: acción por aprehensión corporal (manus iniectio) y la acción de toma de prenda o embargo (pignoris capio). Ambas guardaban resagos pertenecientes a la venganza privada, ya que en ellas podíase aplicar la fuerza o violencia para recuperar lo debido.

La intervención del poder público era escasa. El pretor era el magistrado que presidía el proceso, encauzándolo y fijando la controversia, pero el juez que dictaba

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