EVOLUCION DEL DERECHO ELECTORAL
Enviado por VR Dstefy • 30 de Noviembre de 2017 • Resumen • 808 Palabras (4 Páginas) • 252 Visitas
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EVOLUCION DEL DERECHO ELECTORAL |
PERIODO INICIO DE LA REPUBLICA | LIMITACIONES EN CUANTO A LA CALIDAD DE SUFRAGANTE. - Ser casado o mayor a 22 años.
- Tener propiedad raíz de 300 pesos.
- Ejercer profesión o industria (no ser empleado).
- Saber leer y escribir.
REQUISITOS PARA SER ELEGIDO - Tener bienes raíces o rentas de mayor valor.
- Para ser presidente tener un valor raíz de treinta mil pesos.
- Renta anual de 200 pesos (ingresos)
REPRESENTACIÒN PARITARIA - Quito, Guayaquil y Azuay antiguas departamentos.
- Igualdad de la representación.
- Constitución de 1845; 18 senadores, 6 por cada antiguo departamento y la cámara de representantes de 30 diputados, 10 por cada antiguo departamento.
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PERIODO GARCIANO | ELIMINACIÓN DE REQUISITO ECONÓMICO PARA ELECTORES - El requisito de ser católico.
- Voto directo para senadores.
- Elecciones directas para senadores, diputados y presidentes.
- Sistema bicameral en el legislativo.
- Representación parietaria proporcional a la población (Un diputado por provincia y uno más por el excesos de quince mil habitantes).
- Incorporación del plebiscito.
- Registro electoral por cantón.
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PERIODO LIBERAL | - Primeras bases de voto a la mujer
- Método de seguridad. Asegura votación a las FFAA.
- Se declara ciudadano todo ecuatoriano mayor a 21 años que sepa leer y escribir.
IMPEDIMENTOS PARA SER ELEGIDO - Legisladores quienes desempeñaban empleo público.
- Separación de iglesia y estado.
- No podía ser elegido presidente ningún pariente de cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del presidente en funciones.
REPRESENTACION DE LAS MINORIAS - Elecciones de diputados y concejales por sistema de lista incompleta.
MECAINSMOS ELECTORALES - La convocatoria a las elecciones la realizaba el ejecutivo.
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1979 – 2007 | REGIMEN DE PARTIDOS - Los reconocidos legalmente pueden presentar candidatos para elección popular.
FIEBRE DE LA NO REELECCION - Alcaldes municipales y prefectos provinciales.
- Consulta popular, propaganda electoral.
REQUISITOS E IMPEDIMENTOS - Deben ser ecuatorianos por nacimiento.
- Deben estar en goce de los derechos de ciudadanía.
- Deben tener una edad mínima de treinta y cinco años para presidente y vicepresidente, treinta años para diputado nacional, alcalde y prefecto y veinticinco años para diputado provincial, consejero y concejal).
- Deben ser afiliados a un partido político y presentados por tal partido.
- No deben ser miembros activos de la Fuerza pública.
- No deben ser ministros religiosos de cualquier culto.
- No deben ser representantes legales de compañías extranjeras.
- No deben tener contratos con el estado o con la entidad seccional correspondiente.
- Los candidatos a diputados no deben ser funcionarios ni empleados públicos ni en general recibir sueldos del estado; ni haberlo sido en los seis meses anteriores, salvo el caso de los profesores universitarios.
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ACTUALIDAD 2008 | Creación de la cuarta función del Estado, función electoral y se divide en CNE (Consejo nacional electoral) y TCE (Tribunal contencioso electoral), los cuales se encargan de la designación de vocales y jueces mediante concurso de méritos y oposición esto realiza el consejo de participación ciudadana y control social la cual viene a formar parte como la quinta función del estado.
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