FASES HISTORICAS DEL SISTEMA PROCESAL ROMANO
Enviado por Carlos Casillas • 21 de Noviembre de 2017 • Resumen • 5.149 Palabras (21 Páginas) • 2.662 Visitas
FASES HISTORICAS DEL SISTEMA PROCESAL ROMANO
E
l Derecho Romano puede definirse como un Sistema de Acciones; entendiéndose por Acción: como el poder jurídico de perseguir en juicio lo que es debido. El Sistema del Derecho procesal Romano ha pasado por tres fases históricas:
1) Legis Actiones (acciones de Ley)
2) Proceso Formulario y,
3) Proceso Extra Ordinem.
Las dos primeras fases: La legis actiones o acciones de Ley y ² Proceso Formulario, estaban unidas bajo un mismo régimen conocido como: “Ordo Iudiciorum Privatium” ó “el orden de los Juicios privados”. Donde prevalecía la acción de las partes y la sentencia se deriva de la Litis. (Litigio, enfrentamiento, disputa, discusión)
[pic 1]
- Legis Actiones o Acciones de Ley.[pic 2]
El procediemiento de las legis actiones fue el mas primitivo en Roma, era un acto jurídico formal consistente en una solemnidad verbal y ritos simbólicos. Este procedimiento constencioso tendia a dirimir un litigio judicial o la ejecución de un derecho vulnerado. Existieron cinco Legis Actiones principales: 1.- legis actio sacramentum, 2.- legis actio per iudicis postulationem, 3.- legis actio per condictionem, 4.- legis actio per manus iniectinem y la 5.-legis actio per pignoris capionem.
El procedimiento de legis actiones únicamente era aplicable a los Ciudadanos Romanos. Una de las grandes influencias de la legis acciones estaba basada en la legislación de las XII tablas en las que los Romanos veían el fundamento de toda su vida Jurídica, una de las grandes influencias sobre la legislación de las XII tablas fue el Derecho Griego. En conclusión, La Legis Actiones son el primer sistema procesal Romano y se remontan al origen mismo de Roma y quedaron en vigor durante los seis primeros siglos. Era bifásico (tenia 2 etapas):
- IN IURE. Ante un magistrado competente de Roma
- IN IUDICIO o APUD IUDICEM. Ante un juez privado elegido por las partes o seleccionado de una lista. Solo podían oponerse aquellas acciones consagradas en las XII tablas (ius).Por ser un proceso excesivamente solemne cualquier diferencia en la expresión o pronunciación de las formulas verbales o ritos hacia perder el litigio.
- La del proceso (sistema) formulario (per formulam).
Cuando las relaciones con extranjeros se hacen más frecuentes en Roma, los juicios se vuelven inevitables y nace una nueva magistratura: EL PRETOR PEREGRINO que se encarga de resolver las controversias entre ciudadanos y extranjeros a través del procedimiento formulario. El proceso en mención caracterizó la segunda fase procesal en Roma, se caracteriza por ser un procedimiento escrito o documental, dichos escritos (formulas) los realizaban los magistrados los cuales contenían los antecedentes y pretensiones de las partes y servía para que el juez tuviese una visión completa del problema existente, el magistrado fue creando formulas (escritos) para casos concretos con el paso del tiempo. Se regulaba por dos Leyes a) LEX AEBUTIA , mediante la cual se permitía a las partes en litigio elegir entre el antiguo procedimiento de la Legis actiones y el Procedimiento Per Formulas o formulario pero esta posibilidad quedo suprimida mediante la promulgación de la Lex Julia Iodiciorum Privatorum en la época del Emperador Augusto en el siglo 17 a.c. imponiendo la utilización obligatoria del proceso Per Formulas, estando vigente durante toda la época clásica. b) LEX IULIA IUDICIORUM PRIVATORUM. Augusto promulgo dos leyes IULIAS DE JUICIOS PUBLICOS Y PRIVADOS. La Lex Iulia indiciorum privatorum reconoció la legalidad del procedimiento formulario para toda clase de reclamaciones y las Legis Actiones quedaron abolidas y confiere al juicio formulario el carácter de IUDICIUM LEGITIMUM, pero cuando faltaba alguna condición, el juicio no es “iudicium legitium” sino “iudicium quod imperio continents”, es decir que no se funda en la ley sino en el imperio del magistrado. Entonces el procedimiento formulario se dividió en dos fases 1) Fase in iure y 2) Fase apud iudicem. El Procedimiento Formulario se desarrolla ante un juez y en gran parte se mantuvo como en la etapa de la legis actiones; pero aquí el juez se basa primero en la formula; en las pruebas y alegatos de las partes.[pic 3][pic 4][pic 5]
- La del proceso extra ordinem o Cognitio extra ordinem
Es el procedimiento que cambia la estructura procesal romana, asemejándolo a nuestro procedimiento actual, el nombre de “cognitio extraordinem o fuera del proceso ordinario, se debió a que en plena vigencia del proceso formulario ordinario, fueron instalándose otros en los que no se respetaba la división en dos instancias (la in iure instruida por el magistrado y la la apud iuducium, que se daba ante el juez) sino que el mismo magistrado que conocía en la primera parte, la resolvía directamente sin dar paso a la etapa ante el Juez, para agilizar los procedimientos, sobre todo en cuestiones de alimentos o de Estado. Coexiste con el proceso Formulario hasta que Constancio en el 342 D.C. emite una constitución que lo deja firme. Es público, formal, escrito, en lugares cerrados (etapa post Clasica). Participaba un Juez público, no es más bifásico, ahora tiene una sola etapa, la Litis contestatio no cierra ninguna etapa sino que pasa a ser una parte más del proceso.
LEGIS ACTIONES DECLARATIVAS Y EJECUTIVAS
D[pic 6][pic 7]
e las 5 acciones de ley ( legis actiones) 3 son declarativas y 2 son ejecutivas
Las acciones declarativas son:
1.- Legis Acti Sacramentum (acción de ley por apuesta)
Servia para que el propietario puediera reclamar una cosa suya a quien la tuviera, el Actor (quien pide que se le reconozca un derecho), tenia que declarar formalmente (originalmente parece haber sido mediante un juramento) que una cosa era suya y depositar una cantidad de dinero como apuesta de que su declaración era verídica; el demandado hacia lo mismo.
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