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Historia Institucional De Chile


Enviado por   •  11 de Junio de 2014  •  1.746 Palabras (7 Páginas)  •  423 Visitas

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A Fernando III lo sucede Alfonso X el sabio (su hijo y de Beatriz de Suabia).

Recibe el nombre de sabio por sus dotes intelectuales. Tiene estudios de historia, música, astronomía, geometría, cetrería (caza con aves de caza), ajedrez, poesía, etc.

En su corte recibía con agrado a las personas que sabían sin importarle la religión que profesaban.

Cometió algunos errores políticos que hicieron que su reinado fuera un desastre (políticamente)

- Fecho del Imperio: Alfonso tenía ambición por ser Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico (se era Emperador por elección, pero las elecciones no eran gratuitas, se aprovechaban y le cobraban a los candidatos por su voto).

Alfonso buscó como pagarles a sus electores y en vez de acuñar moneda con la cantidad de oro y plata correspondiente, disminuye éstos y se desvalora la moneda castellana. Produce un malestar popular muy grande por el alza de precios.

El gato fue inútil porque aunque salió elegido el Papa no lo quiso coronar, coronó a Fernando Corazón de León.

- Murió su heredero al trono y se planteó la duda de quién debía ser Rey. Por derecho de representación debía ser su nieto mayor Fernando de la Cerda o se acababa el derecho de sucesión del hijo primogénito al 2° hijo = Sancho.

El derecho castellano no reconocía el derecho de representación porque es propio del derecho común (romano).

Alfonso X no se pronunció en cuál de las 2 opciones se utilizaría.

Sancho se indignó y destronó a su padre aunque después se lo devolvió, lo sucedió después de su muerte.

Alfonso X es un rey brillante. Reunifica el derecho por la vía local al igual que su padre.

Cada ciudad tenía su propio fuero, la gente se adhiere al fuero porque es derecho común. No era fácil cambiarles el fuero.

Creó el “fuero real o fuero de las leyes” que estaba basado en gran medida en el derecho tradicional castellano pero introducía soluciones del derecho común, recogía soluciones del fuero justo.

El fuero real se divide en 4 libros que contiene el derecho más usual que pudiera necesitarse, aspectos de derechos reales, obligaciones (contratos), sucesión por causa de muerte, derecho procesal, derecho penal, derecho comercial.

Alfonso tenía la idea de cambiar los fueros de las ciudades por el fuero real. Se encontró con una gran resistencia, los burgos lo aceptaron pero las ciudades lo rechazaron de forma violenta. El Rey tuvo que restituirles el fuero antiguo.

El fuero real quedó como el texto legal mediante el cual el Rey solucionaría los conflictos que se llevaran al Tribunal del Rey (él que más tarde se convertiría en la Real Audiencia) sea en única o primera instancia o en grado de apelación.

El Rey Alfonso X determinó que ciertas materias debían conocerse por el Tribunal del Rey, se llamaron “casos de corte” y son aquellos que se referían a delitos particulares graves: delitos de incendio, falsificación de moneda, de muerte sobre seguro (el asesino está seguro que lo va a matar), la violación de mujer forzada.

“Las personas miserables” deben ser ayudadas por el Rey: viudas, huérfanos, los pobres, etc. También tenía que ayudar a los rústicos (personas del campo).

El conocimiento de estos casos se hace de acuerdo al fuero real. El fuero se utiliza como derecho local donde fue reconocido y como derecho territorial tratándose de los asuntos de única o primera instancia y de apelación al Rey (casos de corte).

- Pleitos foreros: juicios que se estilaban de acuerdo a los fueros que habían quedado vigentes.

- Pleitos del Rey: son todos los demás juicios.

El fuero real es un texto que se aplicó en Chile durante la dominación española. De este fuero sacó Andrés Bello la regulación económica entre cónyuges (sociedad conyugal: lo que el marido y la mujer adquieren y producen durante el matrimonio se divide entre los cónyuges, y si vive uno y muere otro se divide entre los herederos de éste).

Del fuero real se dividen 2 textos legales:

1. Leyes nuevas: son ciertas disposiciones aclaratorias del fuero real. Los alcaldes o jueces le plantearon al rey sus dudas sobre sus alcances.

2. Leyes de estilo (de fallar del Tribunal): son disposiciones legales basadas en sentencias del Tribunal del Rey que hacía aplicación sobre el fuero real. El Rey lo interpretaba (el fuero) y en base a esas sentencias se dictaron éstas leyes).

Unifica el derecho mediante la vía territorial: disposiciones para todo el reino. Textos de Alfonso X:

1. El septenario: Fernando III había dejado planteada la idea de redactar un texto legal inspirado en el derecho común que estaría dividido en 7 partes. Alfonso X trató de arreglarlo pero se dio cuenta que estaba mal planteado desde el principio, así que lo abandonó.

2. Los opúsculos legales: opus=obra. Está constituido por una serie de textos legales de pequeña relevancia.

a. Leyes nuevas: disposiciones que interpreta el fuero legal.

b. El ordenamiento de las tafurerías: taur=aficionado al juego. Casos de juegos que estaban permitidos en Castilla que recibieron una regulación de parte del Rey. Esta ley la escribió el maestro Roldan (jurista).

c. Ordenamiento de los adelantados mayores de Castilla: cuando se reconquistaban territorios a los musulmanes lo hacía una autoridad.

Adelantado mayor: autoridades que se les ordenaba gobernar los territorios que se le quitaban a los musulmanes. Tenían atribuciones militares, políticas y civiles.

d. La ley de la mesta: mesta

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