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Instituciones De Gobierno Y De Justicia


Enviado por   •  13 de Enero de 2014  •  4.334 Palabras (18 Páginas)  •  1.159 Visitas

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Instituciones de Gobierno y Justicia.

Nacimiento del amparo.

Como antecedentes del juicio de amparo, a nivel externo, están las instituciones angloamericanas del habeas corpus y la judicial review, la casación francesa y la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. A nivel interior, en la época novohispana, el recurso de fuerza, las apelaciones ante a Real Audiencia, el amparo colonial y el juicio sumarísimo de amparo creado por la Real Audiencia de México en 1744.

El juicio de amparo es un mecanismo para la protección y defensa de las garantías individuales, el cual evolucionó durante los primeros años de la época independiente, alcanzó una forma clara y sistemática en la Constitución Yucateca de 1841 elaborada por Manuel Crescencio Rejón, hasta cristalizar como medio de control constitucional y protección de los derechos humanos.

En la Constitución de 1824 se introdujeron dos instituciones para la tutela de las normas constitucionales, una atribuida al Congreso Federal con la facultad de reprimir las violaciones constitucionales, y la competencia, por parte de la Suprema Corte Federal para decidir sobre las infracciones a la Constitución y leyes federales.

En las Siete Leyes Constitucionales se creó el Supremo Poder Conservador como órgano protector de la Constitución, de carácter político; posteriormente, la legislación intentó sustituir dicho poder por un instrumento procesal denominado “reclamo” ejercido por los tribunales federales y la Suprema Corte de Justicia, su fin era proteger las normas constitucionales y las garantías individuales.

Como se ha mencionado, el nacimiento propiamente del amparo se ubica en la Constitución de Yucatán, que en su párrafo primero del artículo 62, menciona:

Corresponde a este tribunal (SCJ): 1º amparar en el goce de sus derechos a los que le pidan su protección contra las leyes y decretos de la Legislatura que sean contrarias al texto literal de la Constitución, o contra las providencias del gobernador, cuando en ellas se hubiese infringido el código fundamental en los términos expresados, limitándose en ambos casos, a reparar el agravio en la parte en que Constitución hubiese sido violada.

Posteriormente, en el acta de reforma de 1847, en su artículo 25 establece:

“Los tribunales de la Federación ampararán a cualquiera habitante de la República, en el ejercicio y conservación de los derechos que le concedan esta Constitución y las leyes constitucionales, contra todo ataque de los poderes legislativo y ejecutivo, ya de la Federación, ya de los Estados, limitándose dichos tribunales a impartir su protección en el caso particular sobre que verse el proceso, sin hacer ninguna declaración general respecto de la ley o del acto que lo motivare.”

Relación entre el Estado y la Iglesia.

Durante la época Colonial en México, la iglesia tuvo fuerte influencia en varios ámbitos de la vida social, económica y política, por lo que adquirieron poder ante las decisiones de gobierno; es innegable la presencia que la institución ha tenido en nuestra cultura. Ciertos espacios de socialización, de formas de asumir la vida, hasta la misma disposición espacial de las ciudades y pueblos, tienen que ver con la influencia desde los tiempos de la Nueva España, a pesar de los embates de la secularización de los siglos XVIII y XIX, y de la radicalización de los gobiernos revolucionarios de los generales Plutarco Elías Calles y Lázaro Cárdenas. Las relaciones entre el Estado y la Iglesia han sido complicadas, pero al mismo tiempo ambas instancias han aprendido a negociar y buscar espacios para la conciliación.

En el año de 1859 fueron nacionalizados los bienes eclesiásticos, se redujeron los fueros y privilegios a la Iglesia; de igual manera, les fue prohibido intervenir en los asuntos civiles como el matrimonio, defunciones, etc. ya que éstos pasaron a al enjuiciamiento civil. Lo anterior se estableció en las Leyes de Reforma, que fueron incorporadas a la Constitución de 1857 el 25 de septiembre de 1873 y, con ello, la separación Iglesia-Estado, por lo que las cuestiones eclesiásticas se redujeron a procesiones y festividades religiosas.

Sin embargo, durante el régimen de Porfirio Díaz y como estrategia política, éste estableció nuevas relaciones con la Iglesia, lo que trajo como consecuencia que la Iglesia se reorganizara y adquiriera fortaleza.

LEYES DE REFORMA

Las Leyes de Reforma son un cuerpo normativo que en su contenido desarrollaba algunos de los principios del liberalismo mexicano: separación de la Iglesia – Estado, secularización del estado de las personas, libertad de cultos y nacionalización de los bienes del clero. Asimismo, el conflicto entre liberales y conservadores llegó al grado en que las posiciones llegaron a ser irreductibles. La interrogante es, ¿cuál habría de ser el papel de la iglesia en el Estado mexicano naciente? El cambio se inicia con la Revolución de Ayutla y se recoge en la Constitución de 1857 y alcanza su cúspide en las llamadas Leyes de Reforma.

El contenido de este cuerpo normativo es producto del desarrollo de las ideas de la ilustración y el liberalismo que se habían asentado en la mentalidad de la mayoría de la población mexicana, quienes consideraban a esta Constitución y a las Leyes de Reforma (fueron elevadas a rango constitucional en 1873) como el símbolo del proyecto que trataban de insertar en este país.

Durante el siglo XIX la Iglesia era vista como el obstáculo para el desarrollo político, económico y cultural del naciente estado (modernización, libre comercio, etc.). Los hombres de la reforma eran abogados, periodistas, burócratas, comerciantes y militares; estando ausentes los terratenientes, el clero y los grandes comerciantes quienes habían participado en la soluciones políticas del país. Básicamente se buscaba el sometimiento de la Iglesia al Estado.

La Iglesia se opuso radicalmente al jurarse la Constitución del 57, negó la suministración de los sacramentos a quienes no se retractaran públicamente de su juramento; en respuesta, el Estado requirió a los funcionarios, autoridades y empleados tanto civiles como militares jurasen la Constitución. Con ello se originaron una serie de acontecimientos que llevaron al país a lo que se conoce como la Guerra de tres años o al Guerra de Reforma, durante este tiempo gobernaron en la capital Félix Zuloaga y Miguel Miramón, y Benito Juárez desde distintos puntos del país. El exterior también respondió con amenazas para el gobierno mexicano, dando origen a la intervención militar francesa en 1862. Inglaterra y España lograron poner soluciones pacificas con la nación mexicana.

Las Leyes de Reforma fueron expedidas

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