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Intereses De Condominio


Enviado por   •  17 de Junio de 2012  •  1.070 Palabras (5 Páginas)  •  596 Visitas

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LOS CONDOMINIOS

Publicado por Spineda en 17/2/2011 (5150 Lecturas)

Desde hace algún tiempo hemos venido leyendo en la prensa nacional, la problemática existente con relación a los llamados créditos indexados y a otras prácticas crediticias llamadas cuota balón, o crédito mexicano en las compras a plazos relativos a la compra de inmuebles y vehículos, etc. y quehabía venido advirtiendo la corrienteo criterio judicial que se aplicaría con los créditos en general.

Primeramente, considero necesario aclarar algunos conceptos:

1-Intereses-

En términos jurídicosson considerados un provecho, beneficio, utilidad o ganancia. Para ser mas exactos, la doctrina y la misma ley (Art. 1.277 Código Civil) los tipifica como los daños y perjuicios que causa una persona, llamada deudor, por el beneficio que obtiene mientras realiza la devolución de un capital a otra persona, llamadaacreedor o, por el atraso en el pago de ese capital.

Los intereses tienen varias divisiones, pero la que mas interesa en la presente nota es la siguiente:

Intereses compensatorios: Los generados durante el pago de una deuda contraída a plazos yque no se encuentre vencida.

Intereses moratorios.Los que se generan inmediatamente después del vencimiento del plazo de pago de una deuda. Es decir, son los intereses que se causan cuando el deudor norespeta el plazo convenido con el acreedor para pagar su deuda, es decir, cuando incurre en mora.

Los dos tipos de intereses antes señalados pueden a su vez dividirse en dos tipos:

Intereses legales: Los que establece la ley en caso de que las partes no hayan pactado nada. Este tipo de interés puede variar de acuerdo al tipo de deuda. Si es de carácter Mercantil, la rata o porcentajeserá del 5% anual (Arts. 108 y 414 Código de Comercio). Si es de carácter civil, la rata o porcentaje será del 3% anual (Art. 1.746 Código Civil).

Una deuda es de carácter mercantil cuando una de las partes al menos, es comerciante o ejerce el comercio como su actividad primordial y civil, cuando ninguna de las partes involucradas es un comerciante o la actividad que genera el crédito o negocio carece de fines de lucro o comerciales.

En consecuencia la deuda generada por gastos de condominio es de carácter civil (los generados entre un propietario y la comunidad a la cual pertenece, con respecto a la deuda de gastos de condominio), ya que el dinero en principio no se le adeuda a la administradora sino a la misma comunidad de la cual forma parte y estas comunidades no tienen fines de lucro. Con base a lo expuesto podemos llegar a la primera conclusión:

“Los intereses moratorios posibles de cobrar a un propietario de un apartamento o local que se atrase en los gastos de condominio, si no se ha pactado nada en contrario, no pueden exceder del 3% anual.”

Seguimos con los conceptos:

Intereses convencionales: Son aquellos que han sido pactados previamente entre las partes. Aquí la Ley distingue si el crédito es otorgado por una institución financiera o bancaria o si el crédito es otorgado por una persona que no esa este tipo de instituciones, ya que si el crédito es otorgado por algún banco o institución financiera los intereses estarán supeditados a la rata dictada por el banco Central de Venezuela y este tema no es el analizado en nuestro caso. De ser particulares los involucrados, la

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