LA ABOGACIA
Enviado por ULIRAM • 16 de Octubre de 2012 • 7.333 Palabras (30 Páginas) • 5.317 Visitas
ENSAYO: LA ABOGACÍA
AUTOR: JESUS G. SOTOMAYOR GARZA
La abogacía constituye una excelente aportación para conocer las características e historia en la licenciatura de derecho como lo es la terminología, la simbología, la deontología los valores y los decálogos.
En los orígenes de la abogacía en las culturas la figura del profesional del Derecho no aparece con las funciones y actividades que actualmente desempeña, ni con el nombre que hoy se le distingue, pero sus acciones públicas o privadas lo sitúan como verdadero Abogado.
La civilización sumaria fue uno de los asentamientos humanos más antiguos en Mesopotamia en un principio la relación entre estos se dio a través de usos y costumbres que conformaban el derecho no escrito después de la invasión y desarrollo de la escritura surgieron las primeras legislaciones escritas y fueron las leyes sumerias que en esta etapa surge la creación de la abogacía no como una profesión formal sino como una actividad para la defensa de las personas, en el código sumerio surge un personaje denominado “Escriba Publico” el cual debería ser experto en leyes y perito en la escritura cuneiforme
En la india El Abogado según el estudio de la leyes d Manú hace alusión a 4 personajes El rey, El Bracmán, El consejero experimentado y el Asesor, lo que el léxico moderno señala como la administración de justicia estaba encomendada al rey para juzgar, el abogado no actuaba como profesional del derecho hace su aparición como consejero y asesor del rey o del Bracmán.
En la Biblia se le ve como gran legislador de los judíos a Moisés intercediendo a favor del pueblo cuando expresa por escrito varias leyes como los Diez Mandamientos, en el pentateuco surge la famosa Ley de Talión que prescribe un castigo igual para el delito cometido ojo por ojo diente por diente, mano por mano, pie por pie, quemadura por quemadura, herida por herida. En el mismo libro habla de “leyes sobre la recta administración de justicia” que habla de no torcer la justicia para condenar al pobre “no recibirás regalos por que deslumbran aun a los prudentes y pervierten la sentencia de los justos” en esta época existieron personas conocedoras y expertas en leyes.
En el capítulo 9 ya hay un personaje al que se le llama mediador o intercesor el cual se refiere como persona que trataba de conciliar a otras inmiscuidas en algún conflicto y la función era similar a la del intercesor.
En Grecia a los griegos se les atribuye haber profesionalizado a la abogacía los tratadistas coinciden en señalar a Pericles aquel gran estadista y militar ateniense como el primer abogado profesional.
En Gracia a quien acompañaba a la parte demandada en una causa judicial se le dio el nombre de “Sinagor” más tarde hizo su aparición en los tribunales griego el “Lológrafo” este ofrecía defensas ya preparadas con antelación a la causa Antifon fue el primer lológrafo desde luego este tenía un costo, con posterioridad cada vez fue más frecuente permitir la intervención de un orador judicial así este se convirtió en Abogado.
Los más sobresalientes Abogados de la Grecia Clásica podemos citar a Femides Demóstenes, Anestófones Iseo, Fesias e Isocrates.
Las leyes de Solón dispusieron una serie de reglas para quienes ejercían la Abogacía. Así, su condición debía ser de ciudadano libre; no se admitían a los infames y las mujeres por razón de su sexo no podían ejercer como Abogados.
En Roma la abogacía era considerada como un verdadero sacerdocio además de noble y augusta profesión.
Se dio el inicio propiamente de lo que conocemos como abogacía a la actividad de quien se dedica a interceder por otro ante el foro romano y recibía el nombre de Patrono esta función era exclusiva de los pontífices y nobles por ser los únicos que conocían y entendían las formulas sacramentales para accionar la ley, durante la época del Imperio Romano el calificativo que se utilizaba para quienes intercedían por otro en el estaban impedidos para ejercerla los plebeyos, las personas infamadas la edad autorizada era a partir de los 17 años, deberían de realizar estudios de derecho por lo menos 5 años, quien la ejercía era objeto de privilegios y honores, como sucedió con el jurista Marco Tulio Cicerón quien fue nombrado cónsul por ser abogado.
Desde un principio se le permitió a la mujer el ejercicio de la abogacía, Don Joaquín Escriche en el foro destacaron 2 femeninas de nombre Amasia y Hortensia, quienes se distinguieron por sus brillantes y acertadas intervenciones oratorias jurídicas, sin embargo Afrania o Calfurnia, tuvo pésimas intervenciones, de tal modo que su colegas varones tacharon a sus piezas oratorias de necedades y aberraciones y desde entonces se le prohibió a las mujeres el ejercicio de esta profesión, solo por sí mismas si los hombres cometían falta en el desempeño se les suspendía del ejercicio las casa de los abogados se distinguían por tener una palamera.
Principios más importantes:
“No creemos que militan solamente los que los que se esfuerzan con la espada si no también los abogados”
“No sea nadie Abogado y juez en el mismo asunto por que conviene que alguna diferencia exista entre arbitro y defensores”
“Los Abogados han de abstenerse de injuriar”
“Sin prestar caución nadie es considerado defensor idóneo en litigio ajeno”
México Época Precolonial existió el derecho no escrito pero reconocido y aceptado en los tribunales establecidos entre los mexicas se trataban juicios relacionados con el derecho público delitos como aborto, adulterio, alcahuetería, asalto, calumnia, daño en propiedad ajena, estupro, hechicería, homicidio, pederastia, riña robo y traición en el privado delitos como matrimonio, patria potestad, divorcio las sucesiones, la propiedad, la compraventa, las obligaciones, y el contrato de prenda.
El rey era el señor omnipotente por consecuencia le correspondía designar a sus subalternos en quienes delegaría la aplicación del derecho consuetudinario.
En la época colonial se ha afirmado que antes de que se formalizará la profesión del abogado, lo que sucedió en 1553, cuando Fray Bartolomé Frías y Albornoz dice la primera cátedra de Derecho en la Real y Pontificia Universidad de México, quienes ejercieron, no como profesionales del Derecho si no como una función abogadil, fueron los primeros catequizadores llegados a una nueva posición de la colonia española, la primera Real Audiencia y Chancillería de México se erigió en el mes de noviembre 1527, la disposición legal para las mujeres, los ciegos de ambos ojos, el que hubiera sido sentenciado por adulterio, traición, alevosía, falsedad, homicidio, u otro delito fue
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