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La Abogacia


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2014  •  21.191 Palabras (85 Páginas)  •  233 Visitas

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2 ¿ QUIEN ES ABOGADO ?

Ossorio considera que la abogacía no es una consagración académica, sino una concreción profesional. Y dice que nuestro titulo universitario no es de “abogado”, sino de “licenciado en derecho”. Y que para poder ejercer la profesión de “abogado”. Debe dedicar su vida a dar consejos jurídicos y pedir justicia en los tribunales. Y quien no haga esto será todo lo licenciado que quiera pero abogado no.

En su conclusión, el abogado es, el que ejerce permanentemente la Abogacía. Los demás serán solamente licenciados en derecho, pero nada más.

LA FUERZA INTERIOR

Su afirmación es que: en el hombre cualquiera que sea su oficio, debe creer principalmente en sí. La fuerza que en sí mismo no halle no la encontrará en ninguna otra parte.

Da una recomendación para las agresiones y criticas de la gente: fiar en sí. Vivir la propia vida. Seguir los dictados que uno mismo se imponga y desatender lo demás.

En nuestro Ser, hallase la fuerza de las convenciones, la definición de la justicia, el aliento para sostenerla, el noble estimulo para anteponerla al interés propio.

Además menciona que el abogado tiene que comprobar a cada minuto si se encuentra asistido de aquella fuerza interior que ha de hacerle superior al medio ambiente; y en cuanto le asalten dudas en éste punto debe cambiar de oficio.

LA SENSACION DE LA JUSTICIA

Ser abogado no es saber el Derecho, sino conocer la vida. El derecho positivo está en los libros, pero lo que la vida reclama no está escrito en ninguna parte. Quien tenga previsión, serenidad, amplitud de miras y de sentimientos para advertirlo, será Abogado; quien no tenga más inspiración ni más guía que las leyes, será un desventurado mandadero.

La justicia no es fruto del estudio, sino de una sensación.

Ángel cita al ilustre novelista Henry Bordeaux. Henry refiere que cuando visito al escritor Daudet y le manifestó que era estudiante de Derecho, éste le dijo: “ las leyes, los códigos no deben ofrecer ningún interés. Se aprende a leer con imágenes y se aprende la vida con hechos. Procure ver y observar. Estudie la importancia de los intereses en la vida humana.

En resumen lo que quiere decir con las palabras “la sensación dela justicia” es que procuremos no actuar tan apegados a las leyes, que usemos lo que nosotros tenemos conceptualizado como bueno, equitativo, prudente, cordial y sobre todo justo.

LA MORAL DEL ABOGADO

En la moral del abogado de lo que Ossorio nos habla es del criterio que debe tener un abogado. Y comienza: La abogacía no se cimienta en la lucidez del ingenio, sino en la rectitud de la conciencia. Malo será que erremos y defendamos como moral lo que no es; pero si nos hemos equivocado de buena fe, podemos estar tranquilos. Cita las palabras del novelista Collete Iver. “Nuestro oficio ¿ es hacer triunfar a la justicia o a nuestro cliente? ¿iluminamos al Tribunal o procuramos cegarle?

Cuando un abogado acepta una defensa, es porque estima - aunque sea equivocadamente- que la pretensión de su tutelado es justa, y en tal caso al triunfar el cliente triunfa la justicia, y nuestra obra no va encaminada a cegar sino a iluminar.

También da unos consejos a los abogados. Hay que ser refractario al alboroto. Soportar la amargura de una censura caprichosa e injusta, es carga añeja a los honores profesionales. Debajo de la toga hay que llevar la coraza.

Abogado que sucumba al que dirán debe tener su hoja de servicios manchada con la nota de cobardía. No digo que el juicio publico no sea digno de atención. Lo que quiero decir es que después de adoptada una resolución, vacilar ni retroceder por miedo a la critica, que es un mounstruo de cien cabezas irresponsables y faltas de sindéresis.

Cuando se ha marcado la línea del deber hay que cumplirla a todo trance. El transeute que se detenga a escuchar los ladridos de los perros, difícilmente llegará al término de su jornada.

6 LA SENSIBILIDAD

El abogado no puede ser ni frío de alma ni emocionable.

El abogado actúa sobre las pasiones, las ansias, los apetitos en que se consume la humanidad. Si su corazón es ajeno a todo ello ¿ cómo lo entenderá su cerebro? Quien no sepa del dolor, ni comprenda el entusiasmo, ni ambicione la felicidad, ¿cómo acompañará a los combatientes?

Y sin embargo, ¿ es lícito siquiera que tomemos los bienes y males ajenos como si fueran propios, y obremos como comanditarios del interés que defendemos? De ningún modo. La sabiduría popular ha dicho acertadamente que “pasión quita conocimiento” y “ que nadie es juez en causa propia”.

De la conveniencia nos dice: El letrado que ha de obtener la misma remuneración legitima, cualquiera que sea el resultado del negocio, aconseja con templanza, procede con mesura, hace lo que la moral y la ley consienten. El que sabe que ganará más o menos según la solución que obtenga, tiene ya nublada la vista por la codicia, pierde su serena austeridad, participa de la ofuscación de su defendido, lejos de ser un canal es un torrente.

7 EL DESDOBLAMIENTO PSIQUICO

El profesor Ángel Majorana denomina desdoblamiento psíquico al fenómeno con el cual “ el abogado se compenetra con el cliente de tal manera, que pierde toda su postura personal”. Ossorio piensa que el desdoblamiento psíquico no ha de interpretarse en el sentido que lo hace Majorana, diciendo: “el abogado no soy yo, sino mi cliente”, sino en el de la duplicidad de personalidades, “hasta tal punto soy mi cliente, practicando un doble renunciamiento, y desde tal punto soy yo mismo. Usando facultades irrenunciables”.

Ossorio encuentra plausible y santo renunciar a los intereses, al bienestar, al goce, para entregarse al bien del otro; matar el sensualismo en servicio del deber o el ideal. Eso es sustancial en la abogacía. Defender sin cobrar, defender a quien nos ofendió, defender a costa de perder amigos y protectores, defender afrontando la injuria y la impopularidad.

En esta disposición del ánimo está la esencia misma de la abogacía, que sin tales prendas perdería su razón de existir.

8 LA INDEPENDENCIA

Hablando de independencia en el sentido de libertad creo que se define claramente el concepto de este subtema con las palabras de Mr. Raymond Poincaré: “en ninguna parte es más completa la libertad que en el foro. La disciplina profesional es leve para los ciudadanos de su dignidad y apenas añade nada a los deberes que una conciencia poco delicada se traza a sí misma. Desde que se crea por su trabajo una situación regular, el Abogado no depende más que de sí mismo. Es el hombre libre,

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