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LAPERMUTA EN EL DERECHO ROMANO


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  Ensayo  •  1.643 Palabras (7 Páginas)  •  764 Visitas

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LAPERMUTA EN EL DERECHO ROMANO

Es uno de los principales contratos innominados, apareció durante la época clásica con convenciones, pues no estaban en las listas tradicionales de los contratos, pues son contratos que se aíslan de los contratos típicos del derecho clásico propuesta a principios del imperio y aun en el derecho de Justiniano, estos consisten que cuando dos personas han convenido hacerse prestaciones reciprocas que pueden ser en datio o también en un bien se parecían a los contratos reales, porque tenían la eficacia procesal por la prestación de una de las partes, pero al mismo tiempo se separaban de esos contratos por sus distintas consecuencias procésales. estos se enfocan en la prestación y la contraprestación, se agrupan en cuatro clases que son las siguientes:

a) Do ut des (permuta). Doy para que des.

b) Do ut facias (aestimatium). Doy para que hagas.

c) Facio ut des (precario). Hago para que des.

d) Facio ut facias (transacción). Hago para que hagas

En este contrato las partes acuerdan que una parte debe de realizar un datio, ósea dar una cosa al otro y este a su vez esta obligado a dar un datio de otra cosa.

En algunas culturas como en la Sabina, pensaban que la permuta era un antecedente histórico de la compraventa ya que las primeras transacciones del hombre fueron el trueque en ese entonces no se denominaba ni existía el precio precio de la mercancía. El trueque es el intercambio de objetos o servicios por otros objetos o servicios y se diferencia de la compraventa habitual en que no intermedia el dinero en la transacción. Francisco José Huber Olea

Diccionario de Derecho Romano Editorial Porrúa México, 2000 Primera edición 532-533

Marta Morineau Iduarte Derecho Romano Editorial HARLA México 1993Tercera edición193

Los proculeyanos eran quienes sostienen que hay enormes diferencias entere la compraventa y la permuta, por la forma del contrato, ya que la compraventa se perfecciona con la expresión de voluntad, en cuanto la permuta tiene valides cuando una de las partes ejecutan la prestación de dar y también en la compraventa en la antigua roma solo se transmite la posesión del objeto vendido, mientras que en el cambio o permuta se transfiere el dominio del objeto, la venta no es un contrato traslativo de la propiedad mientras que en la permuta sí lo es.

La obligación del vendedor es diferente a las del comprador, pues el comprado debía transmitir la propiedad del precio, mientras que el vendedor no tiene que transmitir necesariamente la propiedad del objeto vendido.

La compraventa se perfeccionaba por la aprobación y en el convenio de voluntades que estaba respectivo con la permuta no producía acción ante la prestación de una de las partes.

El primero que cumpliera en entregar la cosa en el caso de la permuta, podía reclamar la que le entreguen la prestación prometida, un término que también ocurre en el caso de la compraventa pero también la devolución de su prestación si así lo quisiera.

Las partes que ejecutan lo prometido están civilmente obligadas a cumplir su promesa, cada quien permutaba las cosas que les eran inútiles por otras útiles según la necesidad de cada persona y el tiempo en el que se desembullaba, No siempre sucedía que las personas tuvieren lo que uno quería y que a su vez la otra persona quisiera exactamente lo que uno tenia, por lo tanto se eligió un material que tuviera un valor fijo y de igual cantidad

Eugene PetitDerecho Romano Editorial Porrúa México 1989Quinta edición421-427

Guillermo F. Margadant S.Derecho Romano Editorial EsfingeVigésima sexta edición Estado de México, 2005426-430

Lucia Bernard, Gabriel Bigues Lecciones de derecho romano EEES Valencia 2011211-212

LA PERMUTA EN EL DERECHO CIVIL CONTEMPORANEO

La definición de permuta en el derecho actual es la siguiente:

La permuta es un contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa por otra. Art. 2327.

Es uno de los contratos más antiguos anterior a la moneda también se le conoce como trueque, la permuta es el antecedente de la compraventa, sin en cabio esta se ha reducido en la sociedad actual. Es más usado en las épocas en las que hay cadencia, pobreza o dificultades económicas.

La comparación que existen entre la compraventa y la permutan son las siguientes:

Según el art. 2331, Salvo la normas del precio, se aplican todas las normas de la compraventa.

El art. 2250 dice que el precio pagado en parte dinero y en parte en especie, será permuta si el valor de la especie es superior al del efectivo. Las partes pueden asignar el valor. Si hay conflicto tendrá que resolver el juez con base en el peritaje. La distensión jurídica entre la permuta y la compraventa reside en el precio, en una se paga con dinero y en la otra se intercambia el dominio de una cosa.

Es muy difícil poder encontrar y asignar el valor idéntico de cada uno de los bienes que se intercambian entre sí pues entre ellos puede haber una diferencia y de este modo los contratantes convengan la compensación en el pago

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