ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La Concesión Minera


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  Ensayo  •  1.663 Palabras (7 Páginas)  •  391 Visitas

Página 1 de 7

LA CONCESIÓN MINERA

1.- DERECHOS DEL TITULAR DE CONCESIONES MINERAS:

 El concesionario de exploración y explotación no tiene un derecho de propiedad sobre el yacimiento, el subsuelo y la superficie. Por lo tanto, quien obtiene una concesión posee un derecho a explorar y explotar minerales de su concesión minera para convertirse en propietario de los minerales extraídos.

2.- SÓLIDO DE PROFUNDIDAD INDEFINIDO:

La concesión minera, es calificada físicamente como un sólido de profundidad indefinido (largo, ancho y profundidad).

 La cara superior de la concesión minera está constituida por la superficie que tomará la forma de un:

• Cuadrado,

• Rectángulo, o

• Poligonal cerrada (cuadrícula o conjunto de cuadrículas).

3.- EL SISTEMA DE CUADRÍCULAS: LA CUADRÍCULA COMO UNIDAD DE

MEDIDA:

 El sistema de cuadrículas, divide el territorio nacional en una red de cuadrículas de un Kilómetro por lado equivalente a 100 hectáreas.

 El sistema de cuadrículas tiene como objeto: “Tener un catastro minero ordenado”.

 Las concesiones se otorgan en cuadrículas o conjunto de cuadrículas, colindantes por un lado.

4.- FORMAS DE ADQUISIÓN DE LAS CONCESIONES:

 Las concesiones mineras pueden adquirirse de diversas maneras:

 Bajo la forma de un petitorio minero (Procedimiento ordinario minero).

 Bajo alguna modalidad contractual (transferencia, cesión, opción, donación, aporte etc).

 Por remate como consecuencia de una deuda hipotecaría o de un embargo.

 Por remate, producto de la formulación de dos o más petitorios mineros a la misma hora (día, hora y minutos)

 sobre una misma área.

 Por herencia

5.- CARACTERÍSTICAS Y NOTAS DISTINTIVAS DE LAS CONCESIONES

MINERAS, DE BENEFICIO, DE LABOR GENERAL Y DE TRANSPORTE

MINERO:

 La concesión minera origina una ficción, ya que eleva el depósito o yacimiento minero escondido en la tierra o sub suelo a la categoría jurídica de inmueble, distinto y separado de la superficie.

 La concesión minera es un bien jurídico registrable.

PERSONAS INHÁBILES PARA EJERCER ACTIVIDADES MINERAS

1.- INHABILITACIÓN ABSOLUTA (Art. 31 del TUO):

 No pueden ejercer actividades mineras en todo el territorio

 nacional por razón de cargo o función, las siguientes personas:

 • El Presidente de la República.

 • Miembros del Poder Legislativo.

 • Miembros del Poder Judicial.

 • Ministros de Estado.

 • Funcionarios que tengan rango de ministros.

 • El Contralor General de la República.

 • Procuradores Generales de la República.

2.- INHABILITACIÓN RELATIVA (Art. 32 del TUO):

 En el territorio de su jurisdicción, no podrán ejercer actividades mineras:

 • Las autoridades políticas (Gobernadores, Tenientes Gobernadores)

 • Los miembros de la Policía Nacional del Perú.

 • Los miembros de las FF.AA.

3.- EXTENSIÓN DE LA INHABILITACIÓN (Arts. 33 del TUO):

 Están prohibidos de ejercer actividades mineras en forma

 absoluta o relativa, según sea el caso, el cónyuge y los parientes

 que dependan económicamente de la persona impedida sea cual fuere

 el grado de consanguinidad o afinidad.

4.- EXCEPCIONES (Art. 34 del TUO):

 a) Que la persona inhábil haya adquirido derechos mineros con anterioridad a la elección o nombramiento, en este caso la adquisición es lícita.

 b) Que durante el ejercicio del cargo o función el inhábil adquiera derechos mineros por herencia o legado.

 c) Que el cónyuge de la persona impedida agregue a la sociedad conyugal derechos mineros.

5.- SANCIONES (Art. 35 del TUO):

 La persona inhábil que adquiere, violando la Ley, concesiones mineras, dará lugar a que la autoridad declare la nulidad de la adquisición y el área de la concesión revertirá al dominio del Estado.

 Si la adquisición es sólo de una participación en el derecho minero, la nulidad afectará tan sólo ese porcentaje.

6.- OTROS CASOS DE INHABILITACIÓN RELATIVA (Art. 36 del TUO):

 La Ley Minera, considera personas inhábiles a los socios, directores, representantes, trabajadores y contratistas de personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad minera, las mismas que no podrán adquirir para sí derechos mineros.

 Esta prohibición comprende a los parientes que dependan económicamente del impedido.

 La persona afectada por este impedimento tiene el derecho a sustituirse en el expediente respectivo, dentro de un plazo de noventa días de efectuada la última publicación del aviso de petitorio; si la persona afectada no hace uso de este derecho dentro del plazo indicado, desaparecerá el impedimento relativo.

 • Excepción. En los casos de inhabilitación o incapacidad relativa regulada en el Art.361 del TUO, los incapaces relativos podrán ejercer actividad minera sólo con el consentimiento previo y expreso del titular del derecho minero.

 Otros Impedimentos: Están impedidos de formular petitorios mineros, el concesionario y sus parientes hasta el segundo grado de afinidad o de consanguinidad, cuyo derecho ha devenido en caduco, abandono, nulo y/o renunciado hasta dos años después de haber sido publicado como denunciable, conforme el Art. 682 del TUO.

EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERO

TITULACIÓN DE CONCESIONES MINERAS

1.- EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO MINERO

 Es el procedimiento técnico y legal que tiene por objeto obtener del Estado, representado por el Instituto Nacional de

 Concesiones y Catastro Minero - INACC, una concesión minera que nos permitirá desarrollar las a

2.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO MINERO:

 A. Los petitorios mineros se presentarán en cualquiera de las Oficinas Regionales del Registro Público de Minería que actuarán, para estos efectos, únicamente como oficinas de trámite documentario. Dichas oficinas estarán interconectadas con la sede central del Registro Público de Minería.

 B.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (12 Kb)
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com