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CONCESION MINERA


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2012  •  1.256 Palabras (6 Páginas)  •  1.507 Visitas

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CONCESIÓN MINERA

La concesión en derecho público se refiere a permiso, autorización del Ejecutivo Nacional a particulares o Empresas privadas determinados derechos o privilegios para realizar una obra pública, un servicio público y por último utilizan la expresión Concesión para autorizar a particulares en la explotación de un dominio público ( aguas, minas, etc.); previa una oferta privada o por ofrecimiento público para su otorgamiento o el pago de un canon por parte del concesionario, esta opinión es ratificada por González Berti al expresar que la palabra Concesión es " Tomada del derecho administrativo por la legislación de minas para denominar el otorgamiento que realiza el Ejecutivo Nacional a los particulares. "

Se entiende por concesión minera como un acto administrativo dictado por el ejecutivo nacional o estadal y a través del cual, se otorgan determinados derechos a los particulares para que de manera exclusiva, en nombre y representación del estado pero bajo su propio riesgo y responsabilidad ejerzan la actividad minera con la obligación de pagar los impuestos que señale la ley de mina y el derecho a obtener los provechos económicos derivados de su ejercicio.

La concesión minera en el Territorio Nacional genera obligaciones para el particular que le concedan dicha concesión, el cual también tiene beneficios exclusivos los cuales son el derecho a la exploración y explotación de la sustancias minerales que se encuentren dentro del ámbito espacial concedido por el Ejecutivo Nacional.

La ley de 1920 contemplaba la situación en su doble aspecto: el permiso de exploración que conlleva el derecho de celebrar contratos de explotación, y el contrato de explotación propiamente dicho “El derecho de explorar en el subsuelo la sustancias a que se contrae esta ley”

Actualmente se denomina concesión de exploración y subsiguiente explotación.

Las concesiones de exploración y explotación previstas en la ley de minas no confieren la propiedad de los yacimientos, sino el derecho real inmueble de explorar el área concedida y de explotar por tiempo determinado los yacimientos que se encuentran en ella de acuerdo con esta ley y con el título de la concesión este Derecho puede ser objeto de hipoteca.

Es importancia de la concesión minera es que gracias a este otorgamiento se puede desarrollar la actividad minera dentro del país, el artículo 7 de la Ley de Minas establece: la exploración, explotación y aprovechamiento de los recursos mineros solo podrá hacerse mediante las siguientes modalidades:

a) Directamente por el Ejecutivo nacional.

b) Concesiones de exploración y subsiguiente explotación.

c) Autorización de Exploración para el ejercicio de la pequeña minería

d) Mancomunidades Mineras y,

e) Minería Artesanal.

Según la ley de minas las concesiones otorgadas serán de exploración y subsiguiente explotación, tendrá como tiempo máximo de duración 20 años, contados a partir de la fecha de publicación del Certificado de exploración en la Gaceta Oficial de la Republica de Venezuela. El concesionario pudiendo obtener un prorroga de 10 años, siempre que la solicite 3 años antes al vencimiento de la concesión. Si el Ministerio lo considera pertinente otorgara la prorroga establecida que no será mayor de los 10 años.

El espacio determinado para realizar la exploración y sub siguiente explotación se mantiene la forma rectangular, como expresión horizontal de las llamadas Unidades Parcelarias, las cuales tendrán una extensión individual entre 493 y 513 hectáreas, cada una de ellas, teniéndose estipulado que un conjunto de doce de ellas, formen un lote a los efectos de la Ley; todo ello, para que las dimensiones de cada lote se ajuste a las dimensiones reales del globo terráqueo, en cuanto a su curvatura; para ordenar con la confianza de siempre el otorgamiento, fiscalización y control sobre las concesiones se mantiene el sistema de proyección Universal Transversal Mecator (UTM.); es menester aclarar, que al establecer la Ley, que se constituirán

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