Leyes Canónicas Y Costumbres De Los Visigodos
Enviado por tavoooo • 4 de Noviembre de 2012 • 1.144 Palabras (5 Páginas) • 3.959 Visitas
LA LEY CANÓNICA DE LOS VISIGODOS
Se concreta, como ya se adelantó en la parte romana, fundamentalmente a través de dos vías: Las Epístolas Pontificias (dictadas por el Papa) y los Cánones Conciliares.
En la España de la Temprana Edad Media, los Concilios tienen gran trascendencia en la vida nacional a partir de la conversión del Rey Visigodo Recaredo al Catolicismo, ocurrido en el concilio de Toledo en el año 589.
Para apreciar como la ley canónica se convierte en una fuente del Derecho Visigodo, debemos verla desde un punto de vista histórico. ¿Qué son los Concilios Toledanos o los Concilios de la Iglesia Española?. Es indudable que la influencia de los concilios en el sistema de las leyes Hispano Visigodas deriva del ascendiente moral del Episcopado, que tiene una gran gravitación, porque en esta época sobresalen figuras extraordinarias en el campo de la Iglesia. La mayoría de ellos han sido elevados a la calidad de Santos, como San Isidoro de Sevilla, su hermano San Leandro, San Braulio y San Juliano. Por lo dicho es que las decisiones que se tomaban en estos concilios tenían una gran importancia.
Por otra parte, la Iglesia, a través de los concilios, hace grandes esfuerzos para moderar, por una parte, el poder de sus reyes y por otra, para afianzar la obediencia de sus súbditos, porque con los primeros se evita la tiranía y con lo segundo se evitan los sublevamientos.
En suma, la actividad conciliar de la iglesia visigoda fue intensa y fecunda. Precisamente donde más se nota esto es a través de los Concilios celebrados en la capital del Reino, Toledo. En estos eventos de la Iglesia Católica, en su mayor expresión, se fue generando una gran cantidad de Cánones Conciliares, cuyo manejo y conocimiento ofrecía grandes dificultades, lo que hizo necesaria su recopilación. Fue así como en el año 630 se promulga la obra Colección de Cánones de la Iglesia Hispana, conocida también con el nombre de Collection Hispanae. Esta fue una de las obras cumbres del Derecho canónico y que sirve para su obra máxima que es el Corpus Iuris Canonici.
LAS COSTUMBRES DE LOS VISIGODOS
Entre los visigodos, como en varios pueblos antiguos, se dieron también Las Ordalías o maneras de justificarse inventadas por las supersticiones del pueblo. La canónica, en el juramento prescrito en los cánones, a la que se llamó Juicio de Dios. También de origen franco, existió también la ordalía del hierro candente que apareció después en el siglo XI.
Entre los germanos, la costumbre era la madre del Derecho, por lo tanto la fuente madre del Derecho Visigodo, pero encontró su limitación en España cuando los visigodos encontraron su asiento en la península Ibérica. Las costumbres se encontraban contenidas en las llamadas “fórmulas visigóticas”, o conjunto de fórmulas jurídicas que se utilizaban en práctica judicial de la España visigoda y que han llegado hasta nuestros días. Se piensa que reflejaban el Derecho realmente aplicado en aquella época, que frecuentemente no era el de los códigos oficiales. Fueron reunidos en el siglo XVI, razón por la cual se duda de su pertenencia a la temprana edad media del derecho español.
Pero ¿cuáles son estas costumbres?. Veamos algunas:
Los tribunales colectivos, el Riepto o duelo judicial, la prenda extrajudicial, la venganza de la sangre (institución de carácter germánico por antonomasia), la mancomunidad penal, activa y pasiva, la destrucción de la casa
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