“PROCESO DE CRISTO”
Enviado por Andres Rodrigo Sanchez Molina • 18 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 4.793 Palabras (20 Páginas) • 292 Visitas
CAPÍTULO PRIMERO
DERECHO PENAL ROMANO
I.- OBSERVACIÓN INICIAL
El llamado “PROCESO DE CRISTO” se desenvolvió en dos juicio, a saber el “el religioso” o judío ante el sanhedrín, y el político ante Poncio Pilato, gobernador de Judea. Por consiguiente primero debió regirse por la ley Judía y el segundo por la “ley romana”. Esta diversificación nos obliga a estudiar separadamente una y otra con el objeto de determinar si dichos juicios acataron o no el principio de juridicidad que exige imperativamente que todos los actos de autoridad se sometan al Derecho.
Cristo nació en el año 748 de la fundación de Roma bajo el gobierno de OCTAVIO AUGUSTO que fue el primer soberano del imperio que sustituyó al régimen republicano; habiéndolo sucedido TIBERIO, quien a su vez falleció el año 37. Por consiguiente la vida de Jesús, que abarcó treinta y tres años; la pasión y muerte del Salvador acontecieron el año 29 de nuestra era. El país de la natividad de Jesús fue PALESTINA, provincia de Judea, en un lugar llamado BELEN. La mayor parte de su vida la paso en NAZARETH DE GALILEA, perteneciente a dicha provincia, que estaba sometida a la dominación romana.
Los datos anteriores son de suma importancia para constatar, por factores de tiempo y espacio, que en los procesos aludidos con antelación concurren separadamente las leyes romana y judía, JUDEA cuando Cristo fue a tales procesos, era una provincia imperial romana.
II.- LA MONARQUIA
(Desde La Fundación De Roma En 753 Hasta El Año 224 A.C.)
En este régimen el Derecho Penal no estaba regulado por leyes positivas sino por la costumbre. Cuando se cometía un atentado contra la cosa pública (res pública), el delito era de carácter político, cuya persecución correspondía a dos ciudadanos. El pueblo (coram populo) que tenía la facultad de juzgarlo. A los “duoviri” se les denominaba también inquisidores (quaestores). En algunos casos graves estos funcionarios tenían la atribución consuetudinaria de emitir la sentencia respectiva. El procesado tenía el derecho de apelar ante el pueblo, todo atentado contra la res pública era castigado con la pena de muerte, cuya ejecución se confería a los lictores.
III.- LA REPUBLICA
(Desde 244 Hasta El Año 27 A.C)
Este régimen se fundó al ser derrotado violentamente el último rey romano Tarquino el Antiguo, depositándose el gobierno en dos cónsules investidos con el jus imperii compartido por ambos. Las funciones del pretor consistían en ejercer esta facultad, sobre todo tratándose de los delitos que se castigaban con la pena capital, como los de carácter político. La Ley de las doce tablas (Lex duodecim Tabularum) atribuyó a los comicios por centurias el conocimiento de todos los crímenes sancionables con dicha pena.
La cuestión más relevante por la que atañe al tema monográfico de este opúsculo, concierne a la materia penal en las provincias romanas, ya que Judea era una de ellas. Cuando los romanos conquistaban una región habitada por los pueblos que llamaban “barbaros” (barbari) los jefes militares (duces) establecían guarniciones en los lugares en los lugares ocupados, encomendándose a un pretor la tarea administrativa. Cada provincia se regía por leyes especiales que este funcionario podía expedir en virtud de una “supuesta delegación” que había recibido del pueblo. El gobernador de cada provincia, que era el mismo pretor, velaba por la administración de justicia en cuanto a la jurisdicción penal primordialmente. Tenia el “derecho de vida y muerte” sobre los habitantes de la provincia respectiva, pudiendo sus resoluciones impugnarse ante los “tribunos de la plebe” que representaban a la clase popular. Los pueblos conquistados no estaba incorporados a l pueblo romano, estos pueblos, como el hebreo, conservaron sus leyes y costumbres. Sin embargo las ordenanzas de los pretores o gobernadores provinciales y los edictos provenientes de Roma, tenían hegemonía normativa sobre las disposiciones legales y las costumbres de cada provincia.
IV. EL IMPERIO
Este régimen, coetáneo a la vida de Cristo, la administración de Justicia experimento importantes cambio. La ley de las Doce Tablas convirtió a los comicios por centurias, comitiatus maximus, en tribunales penales para todos. Las quaestiones perpetuae tenían competencia respecto de crímenes de importancia, bajola Republica. Las acusaciones de lesa majestad y de traición, así como de malversación de fondos públicos, se presentaban ante el Senado. El conocimiento de diversos delitos fue atribuido a los diversos prefectos con sede en Roma. El emperador Septimio Severo otorgo a estos prefectos jurisdicción ordinaria para todos los graves crímenes que se cometieran en Roma. El emperador mismo tenía la facultad de conocer de los negocios penales o someterlos a jurisdicción del senado. Bajo el gobierno de Augusto subsistieron los derechos de las provincias; sin embargo las leyes, los senatus consulta, las constituciones imperiales y los edictos de los gobernadores, hicieron prevalecer la legislación romana con influencia de los derechos de los pueblos conquistados por Roma, cuyas normas formaron el jus gentium. Los gobernadores conservaron la facultad de administrar justicia como en épocas anteriores al régimen imperial y su sede llamada conventus.
En esta última hipótesis, las partes interesadas en el proceso respectivo tenían el derecho de apelar ante el gobernador; tratándose de las provincias sus gobernadores nombrados por el emperador o por el senado, estaban investidos con la potestad de homologar las sentencias que pronunciaran los tribunales locales cuando en ellas se impusiese la pena de muerte, misma que se negaba cuando de dicha revisión resultaran graves anomalías procesales.
CAPITULO SEGUNDO
DERECHO PENAL HEBREO
I.- CONSIDERACIONES PREVIAS
En el año63 a.C. Pompeyo toma la ciudad de Jerusalén en nombre de Roma. Sin embargo la monarquía judía no se destruyó, bajo el poder romano siguieron gobernando Hircono II, Antígono y Herodes el grande. Desde el año6 a. de C Judea fue regida por los procuradores romanos entre quienes destaca Poncio Pilato.
Ya hemos afirmado que como provincia imperial Judea gozó de autonomía frente a Roma. Conservó su organización político-religiosa, sus leyes, sus costumbres y sus tribunales el cual solo se ejercía en los casos de las sentencias de muerte que pronunciaran sus jueces individuales o colegiados, pues estas resoluciones debían ser homologadas. Esta dualidad de competencia ocurrió en el caso de Jesús, ya que fue acusado según hemos dicho por “delitos religiosos” y “delitos políticos”. De esta circunstancia se deduce claramente que el proceso contra el Salvador se bifurca en dos juicios autónomos que se desarrollaron respectivamente ante el SANHEDRIN y el procurador o gobernador PONCIO PILATO.
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