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Principios Fiscal Mayo2015


Enviado por   •  8 de Junio de 2015  •  456 Palabras (2 Páginas)  •  232 Visitas

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PRINCIPIOS APLICABLES A LA MATERIA FISCAL

LIMITE CONSTITUCIONAL

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUYENTES

PRINCIPIOS DEREIVADOS DE LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES QUE GARANTIZAN DETERMINADOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEL INDIVIDUO

PRINCIPIOS APLICABLES

DE LA MATERAI FISCAL

CONSISTE SE CREAN

PRINCIPIO DE IGUALDAL CPEUM ARTICULO 13 NADIE PUEDE SER JUZGADO POR LEYES PRIVATIVAS “ UNA PROHIBICION PARA EL PODER LEGISLATIVO DE (DICTAR LEYES QUE CAREZCAN DE GENERALIDA IMPERSONALIDAD Y ABSTRACCIÓN)

PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES TRIBUTARIAS CPEUM ARTICULO 14

“A NINGUNA LEY SE DARÁ EFECTO RETROACTIVO EN PERJUICIO DE PERSONA ALGUNA” LAS LEYES IMPOSITIVAS SOLO SON APLICABLES A SITUACIONES QUE LA MISMA LEY SEÑALA COMO HECHO GENERADOR DEL CRÉDITO FISCAL, QUE SE REALICEN CON POSTERIORIDAD A SU VIGENCIA

PRINCIPIO DE RECAUDACION AL GASTO PUBLICO

GASTOS PUBLICOS:- SOLO CUANDO LAS CONTRIBUCIONES TENGAN TAL FIN SERÁN CONSTITUCIONALES.

OBLIGACION QUE TENEMOS LOS MEXICANOS, DE CONTRIBUIR TIENE UN DESTINO DE CUBRIR LOS GASTOS PUBLICOS Y SOLO CUANDO LOS CONTRIBUYENTES TENGAN TAL FIN SERAN CONSTITUCIONALES. SCJN LO DELIMITAR Y CONSIDERARA QUE TIENE UN SENTIDO SOCIAL Y COLECTIVO POR CUANTO EL IMPORTE DE LAS CONTRIBUCIONES RECAUDADAS SE DESTINA A LA SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES COLECTIVAS O SOCIALES O A LOS SERVICIOS PÚBLICOS

PRINCIPIO DE GARANTIA DE AUDIENCIA CPEUM ARTICULO 14 “NADIE PODRA SER PRIVADO DE LA LIVERTAD O DE SUS PROPIEDADES POSESIONES O DERECHOS, SI NO MEDIANTE JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS EN EL QUE SE CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y CONFORME A LAS LEYES EXPEDIDAS CON ANTERIORIDAD AL HECHO” SCJN DERECHO QUE TIENEN LOS GOBERNADOS NO SOLO FRENTE A LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES SI NO TAMBIEN FRENTE AL ÓRGANO LEGISLATIVO

DERECHO DE PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD

ES PATENTE QUE TODAS LAS LEYES REALIZAN DIFERENCIACIONES ENTRE LOS MIEMBROS DE LA SOCIEDAD, SIN EMBARGO DEBEN RESPONDER A PARAMETROS FIJADOS POR LOS ORGANOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL.

EXAMINARSE SI EL TRATO DESIGUAL RESULTA ADECUADO AL FIN QUE SE PERSIGUE SI ES NECESARIO (QUE NO PUEDA SUSTITUIRSE POR OTRA MEDIDA QUE LESIONE MENOS LA IGUALDAD) Y SI EL BIEN PRODUCIDO RESULTA PROPORCIONAL. SCJN PRINCIPIO DE EQUIDAD IGUALDAD ANTE LA MISMA LEY TRIBUTARIA DE TODOS LOS SUJETOS PASIVOS DE UN MISMO TRIBUTO.

PRINCIPIO DE NO CONFISCACIÓN DE BIENES CPEUM ARTICULO 22 “QUEDAN PROHIBIDAS LAS PENAS DE MUERTE, DE MUTILACIÓN, DE INFAMIA, LA MARCA, LOS AZOTES, LOS PALOS EL TORMENTO DE CUALQUIER ESPECIE, LA MULTA EXCESIVA, LA CONFISCACIÓN DE BIENES Y CUALESQUIERA OTRAS PENAS INUSITADAS Y TRACEDENTALES”

LO ANTERIOR NO IMPLICA QUE EL CONSTITUYENTE HAYA PERMITIDO EL ESTABLECIMIENTO

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