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Tesis de Giorgio del Vecchio


Enviado por   •  9 de Octubre de 2014  •  Ensayo  •  672 Palabras (3 Páginas)  •  3.867 Visitas

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Tesis de Giorgio del Vecchio

Las normas creadoras de las obligaciones morales son siempre unilaterales, las de carácter jurídico poseen estructura bilateral. Lógicamente, no existen reglas de conducta que no pertenezcan a la categoría imperativa o imperativo-atributiva. En el mundo real encontramos, sin embargo, una larga serie de preceptos de aspecto indefinido, a los cuales resulta difícil la determinación de su naturaleza. Tales preceptos se parecen a veces a la moral y a veces al derecho, por lo cual se ha dicho que están a igual distancia a las normas de una y de otra. Pero examinando con atención vemos que, o bien imponen deberes solamente, caso en el cual son imperativos morales, o conceden además facultades, y entonces poseen carácter jurídico.

Estas reglas de perfil equívoco pueden ser normas impero.atributivas que han perdido su estructura bilateral o, por el contrario, preceptos morales que aspiran a convertirse en reglas de derecho.

Los convencionalismos no constituyen una clase especial de normas, en cuanto no facultan a nadie para exigir la observancia de las obligaciones que postulan.

Tesis de Gustavo Radrbuch:

El profesor alemán niega la posibilidad de distinguir conceptualmente las normas jurídicas y las reglas de trato social.

Todos los productos de la cultura se caracterizan ,según el maestro germano, por construir una congerie de obras orientadas hacia la consecución de lo valioso.

El derecho. la moral, la religión en una palabra, todas las formas de la cultura, poseen orientación análoga y tienden siempre al logro de valores: justícia, bondad, santidad, etc. Pero si inquirimos cuales sirven de meta a los convencionalismos sociales no lograremos descubrirlos, porque no existen.

La conexión entre derecho y convencionalismos no es en realidad de orden lógico sino histórico. Esto quiere decir que los usos pueden ser una etapa embrionaria de los preceptos del derecho, o bien, por el contrario, una degeneración de los mismos. Esta circunstancia explica que dichas reglas no difieren de manera substancial.

Ahora veamos las doctrinas que sostienen una distinción entre estas normas.

Tesis de Rodolfo Stammler:

Las normas del derecho y los convencionalismos sociales deben ser distinguidos atendiendo a su diverso grado de pretensión de validez. Las primeras pretenden valer de manera incondicional y absoluta, independientemente de la voluntad de los particulares; los segundos son invitaciones que la colectividad dirige al individuo, incitándolo a que se comporte en determinada forma.

Tesis de Rodolfo Jhering:

Sostiene que la diferencia entre los convencionalismos sociales y el derecho

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