CC PARA EL DF
Enviado por fher3588 • 11 de Febrero de 2013 • 1.737 Palabras (7 Páginas) • 250 Visitas
CAPÍTULO VI
PROCEDIMIENTO DEL ARBITRAJE
SUMARIO.
6.1 Introducción.
6.2
Procedimiento Arbitral.
6.2.1 Notificación. 6.2.2 Contestación. 6.2.3 Pruebas. 6.2.4 Audiencias.
6.2.5 Peritos. 6.2.6 Laudo y Ejecución.
6.1 Introducción
En este capitulo analizaré el procedimiento arbitral, para así dar a conocer
los principios específicos a tratar para llevar acabo un arbitraje con eficacia,
igualdad y veracidad.
Uno de los principios que rige en el procedimiento arbitral, es el trato
igualitario para las partes, este principio implica que durante todo el
procedimiento arbitral, y no importando el paso o etapa de que se trate, las
partes deben enfrentarse el uno ante el otro, que no presente situaciones que
beneficie a una de las partes u obstaculice a la otra. El tribunal no puede dar
ventajas a una sola parte, esto supondría inequidad procesal, que no solo
desprestigiaría la institución arbitral sino que viciaría el procedimiento al grado
de poder llegar a la nulidad o no reconocimiento ni ejecución del laudo.1
1
FRANSISCO GONZÁLEZ DE COSSIO, Arbitraje, Porrúa, México, 2001, Pág. 216
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6.2 Procedimiento Arbitral
Una de las ventajas del arbitraje dentro del procedimiento arbitral, es que
las partes tienen la posibilidad de aplicar el procedimiento que a ellos mas les
convenga, de otra manera serian aplicables en litigios ante tribunales
nacionales.
El procedimiento arbitral no esta sujeto a las reglas que se aplican a los
litigios (civiles o mercantiles) ante los tribunales nacionales; se rige por
normas específicas que dan amplia cabida a la autonomía de la voluntad.
Esta cualidad es una de las circunstancias que han motivado el gran impulso
y aceptación del arbitraje.2
Las partes pueden establecer las reglas que ellos desean para regir el
procedimiento arbitral. Las partes pueden hacer aplicables un conjunto de
normas preexistentes o redactarlas ellos mismos.
A falta de acuerdo de las partes le corresponde al tribunal arbitral regular
el procedimiento arbitral. El poder de los árbitros de regular el procedimiento
arbitral es más estrecho que el de las partes. En muchos reglamentos
arbítrales establecen las reglas de procedimiento que se imponen a los
árbitros, a menos que sean aceptadas por las partes.
2
Cfr. Ibidem, Pág. 209
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En la practica es raro que las partes realicen un código completo de cómo
se regirá el procedimiento arbitral. Por lo tanto existen muchos reglamentos
de arbitrajes que pueden ser utilizados y pueden diferenciarse entre
Institucionales y Ad hoc.
Cuando se trata de un arbitraje ad hoc el lugar donde se llevara el arbitraje
viene señalado por las partes o establecido por la naturaleza misma de la
relación jurídica. En el arbitraje institucional la sede se fija de acuerdo a las
reglas del organismo arbitral respectivo.3
La fracción II del artículo 1052 del Código de Comercio señala que las
partes indispensables del proceso son la demanda, la contestación, las
pruebas y los alegatos.
6.2.1 Notificación
La notificación del arbitraje, la parte que inicialmente recurra al arbitraje (el
demandante) deberá notificarlo a la comisión en donde quiera que se celebre
el arbitraje, la que procederá comunicarlo a la otra parte u partes.
3
Cfr. HUMBERTO BRICEÑO CIERRA, sobre arbitraje, primera edic., Ed. Cárdenas, México
DF, 1997, Pág. 67.
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Se considera que el procedimiento arbitral se inicia en la fecha en la que
el escrito de notificación de arbitraje es recibido por la comisión.
La notificación de arbitraje contendrá:
- La mención expresa de que el litigio se someta a arbitraje
- El nombre y la dirección de las partes
- Una referencia a la cláusula de arbitraje que se invoca
- Una referencia al contrato o a la relación jurídica de la que resulte la
controversia o con el cual la controversia este relacionada
- La naturaleza general de la demanda
- La materia u objeto que se demanda
- Una propuesta sobre el número de árbitros que pueden ser uno o tres
cuando las partes no lo hayan convenido previamente.4
6.2.2 Contestación
La contestación a la demanda debe seguir las mismas formalidades que la
demanda, y por lógica el demandado deberá referirse a los hechos en que se
funda al demandante y podrá rebatir sus consideraciones jurídicas u oponer
sus excepciones.
No es indispensable que se opongan excepciones y defensas, pero puede
hacerse por cuestión de método. Cuando haya cuestiones que sean
necesariamente materia de excepciones, debe hacerlo valer el demandado,
4
Art. 31 , “Reglamento de arbitraje de la canaco”
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pues en el derecho mexicano, si la prescripción no la invoca la parte a cuyo
favor esta establecida, ni los jueces ni los árbitros pueden hacerla valer de
propia iniciativa. 5
Es importante que si el demandado pretende cuestionar la competencia del
tribunal arbitral lo manifieste en la contestación; de no hacerlo, se entenderá
que ha consentido al arbitraje.6
6.2.3 Pruebas
Las pruebas tienen como principal propósito, permitirle al tribunal realizar
las determinaciones sobre hecho u opiniones controvertidos por las partes, y
que constituirán las premisas para anclar las determinaciones jurídicas, a
efecto de resolver la controversia, objeto de la misión del tribunal.
Las pruebas en el arbitraje, tiene un tratamiento distinto al que se les da
en procedimientos judiciales. El formalismo judicial no existe, ni debe existir
en el arbitraje. No hay un periodo determinado para ofrecer pruebas. Le
corresponde al tribunal arbitral decidir sobre el momento y forma en que se
presentaran y,
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