CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO SEGÚN EL CODIGO
Enviado por andysixx • 29 de Abril de 2014 • 2.670 Palabras (11 Páginas) • 393 Visitas
Clasificación de los contratos de trabajo
Según el Código Sustantivo de Trabajo: “contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera empleador y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario”.
Clases de contrato de trabajo
De acuerdo con la Legislación Laboral Colombiana, los contratosde trabajo se
pueden clasificar de la siguiente forma:
Accidental o transitorio.
De obra o labor.
A terminación fijo.
A término indefinido.
Terminación del contrato de trabajo
El contrato de trabajo termina:
Por muerte del trabajador.
Por mutuo consentimiento.
Por expiración del plazo fijo pactado.
Por terminación de la obra o labor contratada
Por liquidación o clausura definitiva de la empres o establecimiento.
Por suspensión de actividades por parte del empleador durante mas de 120 días.
Por sentencia ejecutoriada.
Elementos del contrato
Para que halla contrato de trabajo se requieren tres elementos esenciales:
-Actividad personal del trabajador.
-Subordinación del trabajador hacia el empleador.
-Salario como retribución del servicio.
CLASIFICACION DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO
CONTRATO VERBAL DE TRABAJO:
Como su nombre lo dice, es un acuerdo de palabra entre el empleador y el trabajador donde acuerdan qué labor se va a desarrollar, el lugar y la remuneración por el trabajo realizado. Éste tipo de contratos, por no ser escritos, se asumen como indefinidos. Para darle fin al contrato, la parte interesada debe enviarle la otra un preaviso no inferior a 30 días calendario informándole la terminación de dicho contrato, la cual debe ir por escrito para efectos de constancia o pruebas ante un proceso judicial.
ELEMENTOS ESENCIALES
Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
a. La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
b. La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto delempleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, encualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, eimponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechosmínimos del trabajador en concordancia con los tratados o conveniosinternacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y c. Un salario como retribución del servicio.
2. Una vez reunidos los tres elementos de que trata este artículo, se entiende que existe contrato de trabajo y no deja de serlo por razón del nombre que se le dé mide otras condiciones o modalidades que se le agreguen.
CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO
Debe constar en un documento firmado por las partes, y contener cuando menos cláusulas sobre estos puntos: identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración, lugar donde se vaya a prestar el servicio, naturaleza del trabajo, cuantía de la remuneración, formas y periodos de pago, estimación del valor en caso de que haya suministro de habitación o alimentación como parte del salario, duración del contrato y terminación.
Los contratos verbales tienen el mismo valor que los contratos escritos.
Los siguientes “ACUERDOS” deben pactarse siempre por escrito:
o El periodo de prueba.
o El salario integral.
o Los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen salario, dentro de lo permitido por la ley.
Los siguientes “CONTRATOS” siempre se deben de celebrar por escrito:
o El contrato de aprendizaje.
o El contrato a término fijo, sus prórrogas y el preaviso.
o El que se celebre con extranjeros no residentes en el país.
o El enganche de trabajadores para el exterior.
Contrato a Término Indefinido (Art. 47 del Código Sustantivo de Trabajo)
El contrato a término indefinido es aquel que no tiene estipulada una fecha de terminación de la obligación entre el empleado y el empleador, cuya duración no está determinada por la de la obra o la naturaleza de la labor contratada, o no se refiera de manera explícita a un trabajo ocasional o transitorio. Puede hacerse por escrito o de forma verbal.
Características
Si se quieren establecer cláusulas específicas para el contrato es necesario formalizar el contrato a través de un contrato escrito.
El empleador se compromete a pagar prestaciones sociales, prima de servicios, descansos remunerados y aportes parafiscales.
En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
Contrato a término fijo (Art. 46 del Código Sustantivo de Trabajo y Art. 28 de la Ley 789 de 2002)
Es un contrato laboral que tiene un límite temporal especificado de manera clara en el contrato. Puede ser prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado sea inferior a un año.
Los contratos a término fijo se pueden clasificar en dos modalidades de contratación: contratos con un vencimiento igual o superior a un año y los contratos con un vencimiento menor a un año.
Modalidad 1: Igual o superior a un (1) año
Debe constar siempre por escrito.
El término de su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser prorrogable de forma indefinida.
Si hay periodo de prueba debe constar por escrito al inicio del contrato.
Para su terminación no se requiere aviso previo.
En caso de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
Modalidad 2: Inferior a un (1) año
Este tipo de contratos únicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación no podrá ser inferior a un
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