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Legislacion Laboral Clasificacion De Los Contratos De Trabajos


Enviado por   •  1 de Septiembre de 2014  •  1.370 Palabras (6 Páginas)  •  349 Visitas

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El código sustantivo del trabajo, específicamente prohíbe a las partes contratantes la realización de las siguientes conductas.

Prohibiciones de las partes

Prohibiciones al trabajador Prohibiciones al empleador

1. sustraer de la fábrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajos y las materias primas o productos elaborados. Sin permiso del empleador.

2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes.

3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo, a excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores.

4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador, excepto en los casos de huelgas, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.

5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo o excitar a su declaración o mantenimiento, sea que participe o no en ellas.

6. Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo.

7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o pertenecer en el o retirarse.

8. Usar los útiles o herramientas suministradas por el empleador en objetos distintos del trabajo contratado.

1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores, sin autorización previa escrita de estos para cada caso sin mandamiento judicial, con excepción de los siguientes: A) las retenciones o deducciones de salarios por multas, sanciones, cuotas de seguridad social, préstamos para vivienda y cuotas sindicales. B) las cooperativas pueden ordenar retenciones hasta de un 50% de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos, en la forma y en los casos es que la ley los autorice.

2. Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes o proveedurías que establezca el empleador.

3. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se le admita en el trabajo o por otro motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de este.

4. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su derecho de asociación.

5. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho del sufragio.

6. Hacer, autorizar o tolerar propaganda política en los sitios de trabajo.

7. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios.

8. Emplear en las certificaciones de que trata el ordinal 7º. Del articulo 57 signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados, adoptar el sistema de “lista negra”, cualquiera que sea la modalidad que utilicen , para que no se ocupen en otras empresas a los trabajadores que se separen o sean separados del servicio.

9. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad.

Clasificación de los contratos de trabajo

Existen diferentes tipos de contratos de trabajo de acuerdo a las necesidades de los empleadores y de los trabajadores, y también, de acuerdo al objeto del contrato, el tipo de actividad que se desarrolla, la duración etc.; por esta razón el C.S.T, establece diferentes clases de contrato, las cuales se pueden clasificar de la siguiente manera: a) por la forma del contrato: puede ser 1) verbal o 2) escrito; b) por la duración del contrato: puede ser 1) ocasional, transitorio o de corta duración, 2) por obra o labor contratada, 3) a término fijo y, 4) a termino indefinido.

En todo caso, sin importar cuál sea el tipo de contrato laboral, el empleador está obligado a pagarle al trabajador los salarios, las prestaciones sociales y demás derechos reconocidos por la ley.

Por la forma del contrato

 Contrato verbal: existe la idea errónea de que el contrato necesariamente es un documento escrito, y si no hay tal escrito, entonces no hay contrato. Esta idea es falsa, porque el contrato también surge del acuerdo verbal entre las partes. En materia laboral, para que haya contrato laboral se requiere que el empleador y el trabajador por lo menos acuerden tres aspectos:

1. La índole del trabajo y el sitio en donde ha de realizarse; 2. La cuantía y forma de la remuneración, ya sea por unidad de tiempo, por obra ejecutada, por tarea, a destajo u otra cualquiera, y los periodos que regulen su pago; 3. La duración del contrato.

 Contrato escrito: el contrato verbal y el contrato escrito tienen el mismo valor,

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