DERECHO CIVIL - Actividad
Enviado por IvanSegura1996 • 22 de Agosto de 2015 • Ensayo • 1.156 Palabras (5 Páginas) • 282 Visitas
DERECHO CIVIL
El derecho nace del hecho. El hecho simple es indiferente para su ordenamiento jurídico, hechos de la naturaleza producen las consecuencias jurídicas, transmite, modifica o extingue obligaciones o derechos. Respecto a los derechos naturales relacionados con el hombre podemos dar como ejemplo: el nacimiento y la defunción o fallecimiento de una persona. Hay también hechos en que interviene el hombre con su voluntad, a este se le da el nombre de acto jurídico.
El derecho positivo protege al autor del acto afectado para que no se produzcan consecuencias que no deseo en entera libertad y consecuencia. En los hechos de la naturaleza, la voluntad no se presenta con vida propia, si no por medio de la voluntad política o en los hechos jurídicos del hombre, su presencia o ausencia dan lugar a la siguiente clasificación:
- Hecho voluntario lícitos o ilícitos
- Hecho involuntario
- Hechos ejecutados contra voluntad
Este tercer elemento aparece con diferentes matices, lo que da como resultado, sancionar las consecuencias deseadas por el individuo. A pesar de que la ciencia jurídica reconoce la importancia que tiene la voluntad, existen algunos aspectos contradictorios que hacen difícil la clasificación doctrinal y legislativa de los hechos jurídicos. Se llama hecho involuntario al evento o conducta del hombre que se da sin la intención consiente de producir ciertas consecuencias de derecho. Bien por su incapacidad física o mental para discernir o por el estado en que se encuentra su mentalidad, así como los enfermos y deficientes mentales, los amnésicos y los menores de edad son inimputables y sus hechos son considerados involuntarios.
Se puede concluir pues que los Hechos simples carecen de idoneidad para producir consecuencias jurídicas. Hechos materiales (de naturaleza o accidentales) son ajenos a la voluntad de la persona, y los Hechos jurídicos son en los que interviene la voluntad.
CLASIFICACIÓN DE LOS ACTOS JURÍDICOS ATENDIENDO LA RAMA DEL DERECHO.
De acuerdo a la rama del derecho, los actos jurídicos se clasifican en civiles, mercantiles, penales, procesales, administrativos. Agrarios, laborales etc.
CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS Y CIVILES.
Unilaterales: son aquellos cuya existencia se determina por la declaración de una sola voluntad.
Bilaterales: son aquellos que resultan de la conjunción de dos voluntades: la compraventa, la permuta, el mutuo, el arrendamiento, en general cualquier contrato.
Plurilaterales: son aquellos que son creados por la conjunción de más de dos voluntades
ELEMENTOS DE LOS ACTOS JURIDICOS
1° Las cosas que son de la esencia de contrato son aquellas sin las cuales el contrato no puede subsistir.
2° las cosas que solo son de naturaleza del contrato son aquellas que, sin ser la esencia del contrato forman parte del mismo, bien que las partes contratantes no se hayan convenido sobre dichas cosas.
3° Las cosas que son accidentales al contrato son aquellas que, no siendo de la naturaleza del contrato, solo mediante una clausula especial viene contenida en el mismo.
[pic 1]
- ¿Qué es un hecho jurídico?
-Aquellos acontecimientos o aquellas situaciones (o estados) que produzcan una modificación de la realidad jurídica, o sea, un efecto jurídico, y que por eso son jurídicamente relevantes.
- ¿En qué consiste un hecho jurídico?
-En que interviene la voluntad (acciones humanas) y a los que el derecho atribuye determinadas consecuencias (creación transmisión, modificación, o extinción de obligaciones o derechos) que la doctrina los designa actos jurídicos (ejemplos: un contrato, un testamento, una oferta pública de venta) o como expresa el maestro Bonnecase en su definición ¨manifestación exterior de voluntad, bilateral o unilateral¨.
- Haga una comparación entre hecho y acto jurídico.
-la comparación que se hace entre hecho y acto jurídico es que un hecho jurídico es de la voluntad del humano, que eso lo hace el humano se podría decir así y prácticamente es exacto un acto jurídico que la persona lo así por sí.
- ¿Cuáles son los actos civiles unilaterales y cuales los bilaterales?
-Unilaterales son aquellos que los forma la voluntad de una sola parte es decir, aquellos cuya existencia se determina por la declaración de una sola voluntad
-Bilaterales son aquellos que resultan de la conjunción de dos voluntades: la compraventa, la permuta, el mutuo, el arrendamiento, en general cualquier contrato.
...