Deben nuestros jueces ser filósofos?
Enviado por luisdel17 • 12 de Enero de 2022 • Reseña • 2.834 Palabras (12 Páginas) • 147 Visitas
I. ÁREA PROBLEMÁTICA:
¿Es necesario que los jueces adopten una postura filosófica o hagan uso de la
hermenéutica filosófica a fin de dictar o emitir sentencias justas y sin arbitrariedades?
FUNDAMENTACIÓN:
La interpretación de la norma jurídica por el juez es un delicado, fundamental y
transcendental problema. Lo calificamos de delicado problema, ya que es una actividad que
requiere de buenas dosis de prudencia, pues, no en vano, del acierto con que se lleve a cabo
dicho acto interpretativo, dependerá la decisión justa del caso planteado. Por eso es que se dice
que, la adecuada interpretación jurídica no sólo hace posible la aplicación del derecho, sino que
también, permite la realización de la justicia en la vida social. Al momento de interpretar la
norma jurídica debemos de tener en cuenta que la norma no es vista en un solo sentido, sino
que tiene diversos significados posibles, lo que implica, un margen de libertad en la aplicación
del derecho por parte del juez.
Es necesario que los jueces adopten, de cierta manera, una actitud filosófica y la
apliquen en casos complejos, esta aplicación debe estar fundamentalmente basada en acciones
coherentes con el plano normativo, de la misma forma necesariamente ligada a la justicia social,
con el fin de no contribuir al precario funcionamiento del sistema judicial.
Ante la visible existencia de un sistema judicial deshonesto, corrupto, incompetente e
ineficaz; el evidente problema de vulneración y afectación de los derechos de la persona, así
como ante la falta de acceso a la defensa de los mismos. Viendo así a la filosofía como un
posible instrumento para la mejora de toma de decisiones y adecuada resolución de casos por
parte de los jueces.
El ser humano está hecho para una convivencia comunitaria en la cual pueda integrarse
y desarrollarse libremente. Como en todo grupo se producen conflictos, estos van
evolucionando junto con la sociedad, lo que causa un descontrol en el entorno armónico social.
Es en estas situaciones, donde nace la necesidad del derecho, la cual claramente ha tenido
concepciones distintas sobre su uso, y el respetar los valores como la justicia, entonces, aquí es
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cuando nos embargamos en nuestra pregunta usando la “Filosofía de la Existencia” como punto
de partida, tal como ya lo expondría Jasper: “La filosofía sorprende a la realidad desde su
surgimiento originario” por lo cual, hablamos de una coexistencia entre realidad y filosofía, la
cual está unida por un lazo problemático, es decir, por los conflictos que acechan naturalmente
a la sociedad. En definitiva, la filosofía está conectada con el derecho, porque se tiene que este
se tiene que adecuar, no pude existir un problema que sea rígido, pragmático cuando el
problema, los problemas del hombre son variables, volubles y evolutivos.
II. DELIMITACIÓN DE IMPACTOS
Impacto social:
“Una cosa no es justa por el hecho de ser ley. Debe ser ley porque es justa” -
Montesquieu.
En las sociedades contemporáneas, los jueces son actores centrales no solo para
salvaguardar la existencia de un Estado de Derecho, sino que también para promover sus
virtudes y defender sus garantías. Un Estado de Derecho requiere de una serie de principios
básicos, sin los cuales ninguna sociedad puede convivir en civilidad. Uno de ellos es el imperio
de ley, es decir, la preeminencia de la ley como expresión de la voluntad popular. Por ello, la
existencia de un Estado de Derecho implica la protección efectiva de los derechos humanos, la
legalidad de los actos de gobierno y un sistema real de división de Poderes con mutuos
contrapesos.
Existe una característica fundamental para erigir con éxito un Estado de Derecho: la
creencia cultural en el imperio de la ley. De nada sirven constituciones y leyes bien planeadas
si la ciudadanía de un país no respeta sus disposiciones, no cree en sus tribunales y no confía
en las ventajas de vivir en civilidad. Además, la cultura de respeto a la ley requiere un proceso
complejo donde los juzgadores poseen un rol decisivo. Solo con sentencias apegadas al
Derecho y dotadas de consistencia jurídica los jueces pueden promover la certidumbre, la
estabilidad social y la legitimidad de las instituciones.
Impacto ético:
“La ética es la práctica de reflexionar sobre lo que vamos a hacer y los motivos por los
que vamos a hacerlo” - Fernando Savater.
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Los ciudadanos depositan su confianza en el hecho de que el juez actuará,
exclusivamente, sometido a la ley, pues bien, además de un sometimiento exclusivo a la ley, el
juez ha de mostrarse independiente e imparcial, independencia que tiene como necesaria
contrapartida la responsabilidad, esto es, la rendición de cuentas de su actuación, con los
efectos que puedan derivarse en los distintos ámbitos, incluso el de carácter disciplinario.
Sin embargo, la responsabilidad de los jueces, dada su esencial función en un estado
democrático y de derecho, debe ir más allá de la que se deriva de una sanción disciplinaria ante
un comportamiento irregular previamente tipificado en un listado de faltas; debemos aspirar a
que los jueces tengan interiorizado un comportamiento ético que guíe sus actuaciones de
manera esencial y completa frente a los justiciables y los ciudadanos. En general, nos volvemos
seres difíciles de manipular, tanto por las circunstancias de la vida como por el de una tercera
persona.
Impacto moral:
“…El secreto de la justicia no es encontrar la ley adecuada sino al juez adecuado…” -
Alejandro Nieto.
La “buena conducta” que exige nuestra Carta Magna, a los magistrados, abarca la entera
y respetuosa actuación de los magistrados, dentro y fuera del tribunal. En tal sentido, resulta
oportuno contraponer las dos posturas antagónicas que existen: por un lado, hay quienes
estiman que la deontología específica de la función judicial es parte fundamental del ejercicio
de la magistratura, por otro, lado están quienes estiman que el Juez solo debe limitarse a aplicar
el derecho, relativizando los valores morales, es decir, se trata de definir si la ética judicial se
agota en el plano de las normas; si el concepto de “buen juez” se deja definir exclusivamente
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