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Ensayo Ministerio De Defensa


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  753 Palabras (4 Páginas)  •  261 Visitas

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DIRECTIVA NÚMERO 009 DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

DESPACHO

Bogotá, D. C., 8 de julio de 2003

DIRECTIVA

No. 09 MDDHH-725

ASUNTO: Políticas del Ministerio de Defensa Nacional en materia de protección de los derechos humanos de sindicalistas y Defensores de Derechos Humanos

AL: Señores Comandante General de las Fuerzas Militares. Director General de la Policía Nacional Gn.-

1. Objetivo

Fortalecer la política de promoción y protección de los derechos humanos de los trabajadores, sindicalistas y Defensores de Derechos Humanos.

2. Aplicación

Las políticas contenidas en la presente Directiva deben ser difundidas y aplicadas por todos los niveles del mando en las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

3. Vigencia

Permanente a partir de la fecha de expedición.

4. Consideraciones generales

En desarrollo de los postulados constitucionales que reconocen los derechos fundamentales de los colombianos y contemplan diversos mecanismos para su protección, el actual Gobierno fundamenta su política de derechos humanos en el cumplimiento irrestricto por parte de la Fuerza Pública de las disposiciones que regulan el ejercicio de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, si admitir tolerancia alguna frente a su incumplimiento. De igual forma, y teniendo en cuenta que el escalonamiento del conflicto propicia la vulnerabilidad de algunos sectores de la sociedad, cuyas actuaciones legítimas sufren el reproche inescrupuloso de los grupos armados ilegales, el Ministerio de Defensa considera necesario definir un marco referencial en materia de protección de algunos sectores sociales, tales como sindicalistas y defensores de derechos humanos, con el fin de maximizar los esfuerzos de la Fuerza Pública en torno a la garantía y el disfrute de sus derechos y libertades fundamentales.

5. Marco normativo de protección

En el marco de protección internacional de los derechos humanos, la libertad sindical y la labor de los defensores de derechos humanos han sido objeto de varios instrumentos normativos.

La Conferencia Internacional del Trabajo adoptó el 17 de junio de 1948 el Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicalización, que entró en vigor para Colombia el 16 de noviembre de 1970 en virtud de la Ley 26 de 1976. A través de este Convenio, los miembros de la Organización Internacional del Trabajo se obligaron a respetar el derecho que tienen los trabajadores y empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes y afiliarse a las mismas, así como a adoptar todas las medidas necesarias y apropiadas para garantizar a los trabajadores y a los empleadores el libre ejercicio del derecho de sindicación.

De igual forma, el 1º de julio de 1949 el mismo

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