ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

FUNCIÓN PREVENTIVA DEL DERECHO


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2013  •  2.130 Palabras (9 Páginas)  •  1.051 Visitas

Página 1 de 9

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo analizaremos la función que cumple el estado a través de la aplicación del derecho, realizando una labor de prevención hacia la comisión de conductas que vayan en contra de nuestras normas jurídicas, evitando de esta forma consecuencias que lleven a la pérdida de libertad e incluso de la vida.

Las reglas de comportamiento que crea la sociedad pueden ser de diversa índole: morales, religiosas, convencionalismos sociales, de derecho. Estas diferentes normas coinciden y conviven en la realidad social y tienen un lenguaje común, el lenguaje normativo, pero difieren por sus características específicas, atendiendo a los fines particulares que persiguen. De entre todas ellas, es el Derecho el que tiene como función original regular el comportamiento social de los hombres para facilitar una convivencia que asegure sus intereses. Además, se ocupa de regular otros intereses individuales o colectivos considerados relevantes en función del momento y lugar histórico determinados. Las normas de Derecho se encuentran respaldadas con la fuerza legítima de un poder soberano.

Así las cosas, el Derecho es un producto social, cultural, histórico y político que asegura los bienes o valores que toda sociedad requiere: el orden, la seguridad y la igualdad jurídica. El Derecho trata de regular de modo pacífico la convivencia humana y satisfacer, de modo justo, las necesidades humanas, materiales, culturales y espirituales.

El derecho cumple con las diversas funciones tendientes al control social, entre las cuales podemos encontrar a la función orientativa y persuasiva: misma que consiste en la posibilidad de guiar la conducta del ser humano en un sentido determinado. Lo que el Derecho mande o prohíba son indicaciones que dirigen a la sociedad hacia un cierto modo de actuar o de pensar.

FUNCIÓN PREVENTIVA

La función preventiva, entendida como la acción de promover e impulsar un conjunto de políticas, planes, programas y actividades dirigidas a evitar la ocurrencia de hechos, actos u omisiones contrarios a la Constitución o a la Ley, así como de vigilar y evitar la realización de conductas que afecten el interés general y la violación de los derechos fundamentales y colectivos, se proyecta como la función de mayor incidencia social al poder anticipar la realización de tales faltas y generar una actitud preventiva, lo que se constituye en una gestión de menor costo para el país y de mayor contribución en el marco de un proceso de desarrollo social.

Elementos de la Función Preventiva:

•Carácter universal que compete sobre todos los componentes de esa sociedad.

•Derecho como norma de obligado cumplimiento.

•Tratan de evitar un daño o consecuencia negativa.

Esta función debe analizarse en el contexto social concreto, ya que depende de la actitud de los sujetos ante los modelos o tipos que ofrecen las normas, de quienes colaboran en la aplicación de dichas normas, los operadores jurídicos, jueces, abogados, policía, etc., y de quienes son destinatarios de las mismas.

Tenemos que el derecho es una de las formas de control social como las demás formas culturales, religión, literatura, economía, arte, etc. Entendemos como control social el conjunto de límites y actos realizados por el grupo social para mantener la conducta de los individuos que lo conforman dentro de los límites socialmente establecidos. Así, el Derecho es un medio para lograr la cohesión social.

Lo que caracteriza al Derecho frente a otras formas de control es la especial vinculación que sus normas provocan en el común de sus destinatarios, vinculo derivado de la coactividad institucionalizada, característica a la que nos referimos anteriormente. Los medios en que el Derecho ejerce el control social son variados, a través de técnicas protectoras y represivas, mediante las cuales impone deberes jurídicos positivos o negativos a los individuos, mediante la amenaza de una pena o sanción; mediante técnicas organizativas que buscan organizar la estructura social y económica, distribuyendo las funciones o roles; y mediante técnicas promocionales, motivando a los individuos a realizar comportamientos socialmente necesarios.

La función de control y determinación del comportamiento, que establece el Derecho tiene una justificación y un límite:

• La justificación está en la naturaleza de los derechos y bienes protegidos; la esencialidad de los mismos justifica su protección por normas coactivas, pues de lo contrario, dejados a la voluntariedad de las personas, se facilitaría su probable vulneración.

• El límite está en la adecuación de la protección coactiva a la valoración social de derechos y bienes, correspondencia de la materia jurídica y la axiología social, evitando que queden fuera del derecho actos y comportamientos que deben estar protegidos por él, o que permanezcan dentro de su control otros cuya regulación debe dejarse a la regla social o ética.

JOSEPH RAZ: señala que cuando hablamos del derecho, teniéndolo en cuenta como un mecanismo de regulación de la vida en comunidad, podemos advertir que cumple ese papel a través de varias funciones:

Divide las funciones sociales del derecho en directas e indirectas.

Indirectas: son aquellas cuya realización consiste en actitudes, sentimientos opiniones y formas de comportamiento; no constituyen obediencia o aplicación de disposiciones jurídicas, sino que resultan del conocimiento de la existencia de las disposiciones jurídicas o de la conformidad a ellas o de su aplicación. Las funciones indirectas son muy frecuentemente realizadas no sólo como resultado de la existencia y aplicación de las disposiciones jurídicas, sino, también como resultado de si interacción con otros factores tales como las actitudes de las gentes hacia el derecho y la existencia, en la sociedad respectiva, de otras normas e instituciones sociales. Inculcar valores morales en la población es una función indirecta puesto que su logro consiste en algo más que mera conformidad del derecho.

Directas: son aquellas cuya realización se encuentra asegurada al obedecer y aplicar el derecho.

Una persona puede conformarse a las disposiciones jurídicas que imponen obligaciones sin conocer que existen. Pueden ejercer facultades jurídicas sin darse cuenta que su acción tiene algún efecto jurídico. Aunque tales casos son efectivamente raros, es muy común que las personas cumplan sus deberes y ejerciten sus facultades por razones que nada tienen que ver con el derecho, cuando así lo hacen contribuyen a la realización de las funciones sociales

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (15 Kb)
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com