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Glosario Agrario


Enviado por   •  13 de Marzo de 2013  •  4.140 Palabras (17 Páginas)  •  922 Visitas

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GLOSARIO AGRARIO

ABREVIATURAS

Art. 27

Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

C

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

CCF

Código Civil Federal

CFPC

Código Federal de Procedimientos Civiles

CORETT

Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra

CPF

Código Penal Federal

DOF

Diario Oficial de la Federación

DRA 27

Decreto que reforma el Art. 27 del DOF del 6 de enero de 1992

FIFONAFE

Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal

INDAABIN

Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales

INEGI

Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática

LA

Ley Agraria

LAN

Ley de Aguas Nacionales

LDA

Ley de Amparo

LDRS

Ley de Desarrollo Rural Sustentable

LFPA

Ley Federal de Procedimientos Administrativos

LFRA

Ley Federal de Reforma Agraria

LGAH

Ley General de Asentamientos Humanos

LGBN

Ley General de Bienes Nacionales

LGDFS

Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

LGEEPA

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

LGSM

Ley General de Sociedades Mercantiles

LGTOC L

ey General de Títulos y Operaciones de Crédito

LOAPF

Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

LOFR

Ley Orgánica de la Financiera Rural

LOPJF

Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

LOTA

Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios

LP

Ley de Planeación

PA

Procuraduría Agraria

PROCEDE

Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares

RAN

Registro Agrario Nacional

RIPA

Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria

RIRAN

Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional

RISRA

Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria

RITA

Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios

RLA

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales

y Titulación de Solares

RLAMOPR

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural

RPP

Registro Público de la Propiedad

SRA

Secretaría de la Reforma Agraria

TSA

Tribunal Superior Agrario

SIMBOLOGÍA

Acciones Agrarias

AA

Acciones Institucionales

AI

Contratos y Convenios

CC

Delitos e Infracciones

DI

Derechos Colectivos de los Núcleos

DCN

Derechos Individuales de Ejidatarios y Comuneros

DIEC

Documentos

D

Facultades de Asamblea

FA

Instituciones Agrarias

IA

Instituciones Gubernamentales

IG

Juicio Agrario

JAG

Juicio de Amparo

JAM

Leyes y Reglamentos

LR

Procuraduría Agraria

PA

Registro Agrario Nacional

RAN

Tribunales Agrarios

TA

Otros Conceptos

OC

Abigeato.

(Del latín abigeatus, derivado de ab y agere, arrear echar por delante.) Se entiende al abigeato en derecho penal, como el robo de ganado, de animales que requieren de arreo o de acarreo. Es una especie del delito de robo que algunas legislaciones estatales, por sus características, lo tipifican de manera específica y en su caso, tomando en cuenta su recurrencia, lo sancionan con mayor severidad. En la materia, los sujetos agrarios propietarios de ganado mayor o menor, en ocasiones pueden verse afectados por la comisión de este delito y en este supuesto, deben presentar la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público del fuero común.

Abogado agrario.

Licenciado en derecho que desarrolla su actividad principalmente en el ámbito agrario y ante los tribunales en esta materia. Para el ejercicio de sus atribuciones, la PA cuenta, entre otros servidores públicos, con abogados agrarios. Se denomina así al servidor público de la Institución que tiene una formación profesional como licenciado en derecho y que ha sido seleccionado, capacitado y evaluado por el organismo, con el fin de proporcionar los servicios que la LA y el RIPA le confieren; pertenece y es evaluado en el servicio profesional de carrera. Está acreditado para representar a los sujetos agrarios ante los Tribunales Agrarios y coadyuvar a la presentación por escrito de sus demandas, contestaciones y contrademandas. Otra función principal es la de orientar y asesorar a dichos sujetos. La estructura orgánica de la PA prevé la presencia de abogados agrarios en sus Delegaciones y Residencias, con el fin de contar con los profesionistas necesarios para el buen desempeño de las actividades de la Institución, en la procuración de justicia. (Véase LA arts. 136, fraccs. I, II, IX, 170, 178; RIPA arts. 5º, fraccs. I, IV, VIII, X, 30, fracc. II, 34; “Procuraduría Agraria” y “Estatuto del Servicio Profesional Agrario”.)

Abrogación.

(Del latín abrogatio.) Es la supresión total de la vigencia y, por lo tanto, de la obligatoriedad de una ley. En el lenguaje técnico jurídico se distingue entre derogación y abrogación, refiriendo, en el primer caso, el que deja de surtir parcialmente efectos una ley u ordenamiento y, en el segundo, es la cesación total de estos. La LA derogó a la LFRA, así como diversa normatividad, la cual continúa aplicándose respecto de los asuntos que actualmente se encuentran en trámite —denominado rezago agrario—, así como de otros en los que no se han emitido las disposiciones correspondientes. (Véase LA, arts. 2º, 3º transitorios, y “Acción agraria”.)

Absolución de posiciones.

Acto procesal en el que una de las partes contesta las preguntas contenidas en el pliego de posiciones, formulado por su contraparte durante el desahogo de la prueba confesional. En el juicio agrario, se ofrece y desahoga esta prueba, calificando el magistrado del Tribunal Unitario Agrario quelas preguntas contenidas en el pliego correspondiente tengan relación con la litis planteada y que no sean contrarias a la ley. (Véase LA arts. 185, 186; CFPC arts. 343-344, y “Prueba”.)

Acaparamiento de tierras ejidales.

Se presenta cuando un ejidatario es titular de derechos parcelarios sobre una extensión mayor

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