Derecho Agrario
Enviado por carmenurban • 16 de Marzo de 2012 • 8.113 Palabras (33 Páginas) • 3.337 Visitas
UNIDAD I
INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO AGRARIO
1.-Elaboración de un análisis escrito de la importancia del derecho agrario
La importancia del derecho agrario es una garantía social que nos establece la constitución política de los estados unidos mexicanos estipulada en su articulo 27 constitucional, permitiendo con esto mayor cercanía con el medio rural así como con los productores siendo estos un factor muy importante que eleva el interés del derecho agrario siendo este el que regula los ejidos y comunidades pero también regula la propiedad privada así como los recursos agrícolas , ganadería y forestales, estos elementos son fundamentales para el avance o estancamiento de una nación.
El derecho agrario se divide en tres etapas
Derecho agrario.
Derecho revolucionario.
El nuevo derecho agrario.
Al encontrarnos dentro de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos las garantías Sociales en donde sobresale la importancia laboral y agraria, por medio de la cual se intenta resolver con sus preceptos el problema de la explotación; tenencia y dominio de la tierra.
Si bien es cierto que en la actualidad existe dentro del territorio nacional muy poca tierra por repartir; también lo es que existe la relación entre el poder ejecutivo y los núcleos ejidales, así como entre particulares (ejidatarios), de donde surge la relevancia de su estudio y actualización con la intención de dirimir las controversias que surjan, exigiendo a imparcialidad de las autoridades encargadas de conocer de los problemas de los ejidos de acuerdo a lo señalado en su propia Ley.
INTRODUCCIÓN
Resulta interesante el estudio de esta rama jurídica, gracias a la ubicación y clasificación que recibe y que abarco como tema principal en el desarrollo de este trabajo.
Sin duda, el facto de que el Derecho Agrario se sitúe dentro del Derecho Social, ha sido quid de criterios polémicos de diversos autores, quienes crearon teorías que establecen que el derecho público se ocupa de las cosas que interesan al estado, y el privado de las que interesan a los particulares.
Sin embargo, no fue suficiente dicha explicación, lo que provocó que se creara una tercera división del derecho encaminada a describir el ámbito social.
Lucio Mendieta y Núñez, como otros autores, se han referido al derecho social, en el sentido de que a éste, pertenecen las leyes del trabajo, de asistencia, las de seguridad social, las de economía dirigidas, las que simplemente regulan la intervención del estado en materia económica, los convenios internacionales de carácter social, y el tema que nos ocupa, el derecho agrario.
Martha Chávez Padrón explica que el derecho agrario mexicano es un conjunto de normas que se dirigen a un determinado grupo social, protegiéndolo al traducir la suma de sus patrimonios, económicamente negativos por lo pobre, en una fuerza jurídica capaz de oponerse a las de un interés patrimonialmente positivo; por ende, estas normas rigen todas las relaciones jurídicas que surgen a consecuencia de la organización y explotación de la propiedad ejidal, de la pequeña propiedad y de las comunidades agrarias.
El derecho social es una rama fundamental del derecho que impone a la realidad y que comprende subramas jurídicas nacidas de revoluciones sociales; en consecuencia, demuestran su existencia sociológica y jurídica .
LA EVOLUCIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD DE LA TIERRA
Desde las primeras formas de organización humana la posesión y dominio de la tierra ha sido causa de diversas pugnas, en principio porque a partir de esta se obtienen los recursos naturales se obtienen los satisfactores que cubren las necesidades básicas del hombre, y en 2ª. Instancia depende del poder económico de cada grupo social.
México no se ha podido extraer de este problema y ha sido causa de dos grandes movimientos armados como lo fueron a Independencia y la Revolución Mexicana.
A efecto de realizar un adecuado estudio de la evolución que en nuestro país ha sufrido el derecho a ser propietario de la tierra, analizaremos tres grandes momentos de nuestra historia, a decir.
• Época Prehispánica
Está caracterizada porque el esquema de propiedad de la tierra se encuentra íntimamente relacionada con la organización social y considerando a los mexicanos como el grupo étnico más importante, el esquema de propiedad podemos dividirlo en 3 grandes grupos.
• Tierras Comunales (Capulli)
• Tierras Administradas por el Estado (Altepetlalli)
• Tierras de Propiedad Privada (Pillalli)
Comunales (Capulli)
A este tipo de tierras corresponde las características de ser cultivada por los miembros de un determinado barrio o capulli, con la condición única de permanecer en él, asegurando de esta forma el beneficio directo de los miembros de la comunidad.
Tierras Administradas por el Estado (Altepetlalli)
Este tipo de tierras se caracteriza por no ser trabajadas por aquellos a quienes beneficiarán los productos que de ella se obtenían ya que las mismas mediante arrendamiento fueron dadas a trabajar a quienes carecían de tierras, quienes recibían parte de lo cosechado y lo demás se entregaba para el provecho y beneficio de sacerdotes, militares y funcionarios públicos.
Propiedad Privada (Pillalli)
Aun y cuando continua la controversia el sentido de sí existió o no la propiedad privada de las tierras a este tipo de propiedad podemos identificarla como aquel grupo de tierras que mediante herencia eran transmitidas entre la clase noble.
• Época Colonial
A la llegada de los españoles a nuestro país existieron modificaciones substanciales al derecho de propiedad de la tierra, en principio y como consecuencia de la existencia de la encomienda se crearon grandes latifundios en donde mestizos e indígenas fueran sometidos a un régimen de explotación laboral.
Así las cosas, la situación de los grupos sociales menos favorecidos no se modificó y ello sería por la causa de constantes luchas por lograr un reparto equitativo de las tierras laborables. De esta forma los cultivos que se realizaron en esta época se caracterizaron por ser extensivos (por el alto número de mano de obra empleada), pero de forma no intensiva es decir la cantidad total de productos logrados no era mucha.
• Época Independiente
Las diferencias existentes entre las personas propietarias de la tierra y aquellas que la trabajaban en la época colonial hacia el año 1800 se hicieron insostenibles, fundamentalmente porque el reparto de las tierras entre los propios españoles fue in equitativa.
Así mismo se
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