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DERECHO AGRARIO


Enviado por   •  30 de Marzo de 2012  •  950 Palabras (4 Páginas)  •  625 Visitas

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Derecho agrario

• Definición

La palabra agrario se deriva del latín Ager, Agrarium, campo, aplicándose a todo lo relativo al campo. Se ha definido el Derecho Agrario "como el conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola".

El Derecho Agrario trata de regular todas aquellas relaciones jurídicas derivadas del campo.

Antecedentes

Desde las primeras formas de organización humana la posesión y dominio de la tierra ha sido causa de diversas pugnas, en principio porque a partir de esta se obtienen los recursos naturales se obtienen los satisfactores que cubren las necesidades básicas del hombre, y en 2ª. Instancia depende del poder económico de cada grupo social.

• Época prehispánica

• La época prehispánica. Está caracterizada porque el esquema de propiedad de la tierra se encuentra íntimamente relacionado con la organización social y considerando a los mexicanos como el grupo étnico más importante, el esquema de propiedad podemos dividirlo en 3 grandes grupos.

• Época precolonial

Los más antiguos datos del Derecho Agrario en México se encuentran en a época precolonial. Desde entonces se ha buscado la mejor forma de hacer productiva la tierra, y es también desde entonces que se distinguen las instituciones agrarias, por ejemplo las de los aztecas; por medio de tales instituciones se puede apreciar claramente la proyección de su estructura social, ésta se formaba de nobles, sacerdotes, el ejército, del pueblo en el que había agricultores, comerciantes, artesanos y esclavos.

Las guerras fueron fuente de ingreso territorial para los aztecas; así es como se apoderaban de las tierras, y las repartía entre los más altos rangos.

La denominación que se le dio a la propiedad agraria entre los aztecas fue la siguiente:

Tlatocalli. Ésta era la propiedad del monarca

Pillali. Tierras de los principales nobles.

Altepetlalli. Tierras propiedad del barrio.

Calpulli. Tierras que se les repartieron a cada jefe de familia, para que las cultivaran y sostuvieran.

Miltchimalli. Con éstas tierras se sostenían al ejército.

Teotlalpan. Eran las tierras de los dioses, el producto se destinaba al mantenimiento de los gastos que originaba el culto.

Tierras Comunales (Calpulli) A este tipo de tierras corresponde las características de ser cultivada por los miembros de un determinado barrio o calpulli, con la condición única de permanecer en él, asegurando de esta forma el beneficio directo de los miembros de la comunidad.

Tierras Administradas por el Estado (Altepetlalli) Este tipo de tierras se caracteriza por no ser trabajadas por aquellos a quienes beneficiarán los productos que de ella se obtenían ya que las mismas mediante arrendamiento fueron dadas a trabajar a quienes carecían de tierras, quienes recibían parte de lo cosechado

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