LA EVOLUCION RECIENTE.
Enviado por Lissanny Rojas • 22 de Marzo de 2017 • Documentos de Investigación • 1.480 Palabras (6 Páginas) • 183 Visitas
2.3 LA EVOLUCIÓN RECIENTE
Como hemos visto, los primeros cursos sistemáticos de postgrado en Venezuela
se establecen en la UCV y en el área de medicina; pero en la mayoría de las
demás instituciones lo hacen en campos muy ajenos a este sector (ver Tabla T.1
en anexos). Fuera del sector salud, los principales factores de crecimiento de los
postgrados en los primeros años fueron la necesidad de ascender en el escalafón
por parte de los profesores universitarios y, en segundo lugar, las necesidades de
los institutos de educación superior de mejorar su personal académico. La alta
dependencia económica del país (lo que implica la existencia de un sector
industrial que demanda poca o nula ciencia y tecnología criollas) explica la poca
demanda de títulos académicos elevados por parte del sistema económico.
La mayoría de los cursos de postgrado creados antes de 1983 (cuando se crea el
Consejo Consultivo Nacional de Estudios para Graduados) no surgen, pues, como
producto de necesidades o demandas sociales externas ni de políticas nacionales,
sino por iniciativas de grupos o personalidades que habían realizado estudios en
el exterior o por presiones del profesorado universitario. Por esto último es que
para mediados del siglo pasado, cuando se quería mencionar un programa de
postgrado existente, lo normal era que se hablara, no el postgrado en tal disciplina
sino del postgrado del “Doctor fulano” o del “Profesor tal”. Y el postgrado moría
con la muerte o ausencia del creador. Con la aparición de en 1983 de las Normas
de Acreditación, y la realización frecuente de talleres nacionales de coordinadores
de postgrado, esta situación fue y ha ido cambiando, por lo cual la mayoría de los
cursos justifica mejor su existencia, tienen mayor estabilidad y son coordinados
por comités académicos designados por las autoridades institucionales y por
períodos definidos.
Las primeras estadísticas nacionales sobre estudios de postgrado en Venezuela
se producen en 1973 cuando la Comisión Interinstitucional de Estudios de
Postgrado, antes mencionada (1), organizada por el Departamento de Educación
del CONICIT realiza la primera encuesta nacional sobre la materia (Morles y
Otros, 1974; 1975) y, mediante ella, se descubre que más de 20 instituciones del
país ejecutan unos 135 programas o cursos llamados “de postgrado” (unos 110
conducentes a títulos académicos), entre los cuales se incluían especializaciones,
maestrías, doctorados y algunos cursos cortos llamados de ampliación o extensión
profesional.
En ese estudio de 1973 se logran hallazgos como los siguientes: (a) que el único
requisito común a los llamados “cursos de postgrado” era la exigencia de posesión
previa de un título universitarios por parte de los participantes ; (b) la inexistencia
de lo que pudiera llamarse un sistema nacional de postgrados; (c) el número
extremadamente bajo de cursos y cursantes; (d) gran discordancia entre las
necesidades del país y las especialidades de postgrado ofrecidas; y, (e) una alta
concentración de los cursos en términos geográficos, institucionales y
disciplinarios; o sea, que 33% de los cursos funcionaban en Caracas, en la
Universidad Central, en Medicina.
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En lo que sigue describiremos casi textualmente lo contenido en la Normativa
General de los Estudios de Postgrado vigente desde el 20 de noviembre de 2001,
la cual es una reforma de la aprobada por el Consejo Nacional de Universidades
en 1996, la cual, a su vez sustituyó a la “Normativa para la Acreditación de los
Estudios para Graduados” de 1983. Un tanto como las anteriores, la presente
contiene numerosos defectos evidentes, tanto formales como conceptuales, pero
ella resuelve algunos problemas complejos que anteriormente eran motivo de
muchas confrontaciones académicas.
Según esta normativa, se reconocen como estudios de postgrado aquellos que
están dirigidos a “elevar el nivel académico, el desempeño profesional y la calidad
humana de aquellos egresados de la educación superior que posean título de
Licenciado o grado equivalente”.
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Más concretamente, expresa el artículo cuarto que los estudios de postgrado
tienen como finalidad fundamental:
a) Formar recursos humanos altamente especializados que puedan contribuir al
desarrollo social, económico, político cultural del país;
b) Estimular la creación y producción intelectual de los cursantes; y,
c) Contribuir con las labores de difusión cultural propia de las instituciones de
educación superior.
Por cuanto se han producido largas discusiones con respecto al derecho que
puedan tener los profesionales con títulos de Técnico Superior Universitario (TSU),
cuyos estudios duran solamente tres años (dos menos que la Licenciatura
universitaria), la normativa establece que las instituciones de educación superior
podrán desarrollar programas de postgrado de Especialización Técnica, dirigidos a
esos profesionales.
En lo que se refiere a la estructura organizativa nacional, el Cuadro 3-A que se
presenta posteriormente, permite tener una idea de la complejidad organizativa y
burocrática de los estudios de postgrado en Venezuela. Las líneas continuas
representan relaciones verticales de dependencia (o sea, que las unidades de
abajo obedecen a las de arriba), mientas las punteadas reflejan dependencias
suaves, de asesoría
...