LA PERSONA O SUJETO DE DERECHO
Enviado por yohely • 23 de Mayo de 2014 • 610 Palabras (3 Páginas) • 329 Visitas
LA PERSONA O SUJETO DE DERECHO
Concepto de persona
Existen innumerables definiciones de persona en derecho, sin embargo se citaran las siguientes:
1. Persona es todo ente susceptible capaz de tener derechos o deberes jurídicos.
2. Persona en todo ente susceptible de figurar como termino subjetivo en una relación jurídica.
3. Persona es todo ente susceptible de ser sujeto activo o pasivo en una relación jurídica.
Clases de las personas
Según el artículo 15 del CC, las personas se clasifican en naturales y jurídicas, son personas naturales todos los individuos de la especie humana (CC, Art. 16). Son personas jurídicas todos aquellos entes que sin tener existencia física, les es concedida personalidad jurídica, es decir aptitud o cualidad para ser sujetos de derechos.
PERSONAS JURIDICAS
Concepto: Jurídicamente es persona todo ser al que el Derecho considera como miembro de la comunidad, atribuyéndole aptitud para ser titular de relaciones jurídicas (capacidad jurídica). Y como quiera que esta capacidad no solo le es reconocida al hombre, sino también atribuida a determinadas organizaciones humanas, que se crean para conseguir los fines más variados, junto a aquel (persona física) están también, como personas, dichas organizaciones que, por no ser hombres, se denominan personas jurídicas.
En consecuencia, la persona jurídica puede ser definida como organización humana encaminada a la consecución de un fin, a la que el Derecho reconoce como miembro de la comunidad, otorgándole capacidad jurídica.
Clases de personas jurídicas
Públicas y Privadas.
Por su origen y función. De derecho público y de derecho privado.
1. Las de derecho público tienen por finalidad la prestación de los servicios públicos administrativos, emanan del mismo estado y pueden ser políticas (nación, departamentos, municipios) o entidades descentralizadas que, como lo anota el tratadista Álvaro Tafur Galvis solo los establecimientos públicos y las empresas comerciales e industriales del Estado pueden catalogarse acertadamente como entidades descentralizadas pues solo ellas son adecuados medios de descentralización administrativa y están efectivamente encuadradas en la administración del Estado. La sociedad en economía mixta, por su parte, no se halla encuadrada en la organización administrativa del Estado; la relación que existe entre ella y éste, puede afirmarse, es la de un accionista en cuanto la sociedad de economía mixta se integra por participación económica estatal y de particulares.
La creación de estos organismos de derecho público compete al Congreso Nacional, a iniciativa del gobierno, o sea, que, la ley reconoce personería jurídica a estos sujetos de derecho por el mismo estatuto que los crea.
2) De derecho privado: la que nace de la iniciativa
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