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Personas y sujetos de derecho


Enviado por   •  16 de Marzo de 2023  •  Apuntes  •  1.882 Palabras (8 Páginas)  •  56 Visitas

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PERSONAS Y SUJETOS DE DERECHO

La personalidad se basa en un conjunto de características o patrones que

definen a una persona, es decir, los pensamientos, sentimientos, actitudes,

hábitos y la conducta de cada individuo, que de manera muy particular, hacen

que las personas sean diferentes a las demás; Todo ser humano, tiene

derecho de reconocimiento de la personalidad jurídica, es decir, la capacidad

para contraer obligaciones y realizar actividades con responsabilidad,

buscando el bien común. No obstante, el tema que daremos a conocer habla

sobre la persona y sujetos de derecho, hay que tener en cuenta que La

persona, jurídicamente hablando, es el sujeto de derechos y obligaciones, es

decir, todo ser capaz de tener derechos y contraer obligaciones; por otro lado,

tendremos como objetivo principal examinar la personalidad del ser humano y

el principio de personalidad para clasificar a las personas con la finalidad de

reconocer las teorías que la regulan y que sirven de sustento.

Dicho esto veremos los principios que rigen a la persona jurídica, que

podemos caracterizar como uno de ellos, El requisito para la creación de una

persona jurídica , que surja como una entidad independiente y distinta de los

miembros individuales que la forman y que a esta entidad le sean reconocidos

por el Estado sus derechos y obligaciones. También la clasificación de

personas jurídicas, estás se clasifican mediante corporaciones y fundaciones

de beneficencia pública; La doctrina clasifica a las corporaciones en

asociaciones en sentido estricto, también denominadas personas jurídicas

civiles, donde se incluyen las fundaciones de beneficencia pública, las

cooperativas, y las sociedades comerciales o personas jurídicas mercantiles.

También la personalidad del ser humano identidad de personas, La identidad

se correspondería a quién es, como se ve esa persona como diferente del

resto; la personalidad se correspondería a cómo se comporta. Y por último

conoceremos la teoría general de la persona jurídica, ya que las personas

jurídicas no son entes artificiales creados por el Estado sino, por el contrario,

realidades vivas; Lo que veremos a continuación..

Primeramente, La historia de cómo surgió el sujeto de derecho, comenzó a

penetrar en la Legislación del último tercio del siglo XX. Al principio la cualidad

de persona no era Suficiente para otorgar capacidad, es decir, sujeto de

derecho, era considerado en Parte familias, quien cumplían tres condiciones,

libertad, ciudadanía y el no Sometimiento a una autoridad familiar. Centrada la

capacidad jurídica en el Paterfamilias, poco a poco fue afirmándose una

tendencia favorable a coincidir con La cualidad de hombre, por lo tanto se llega

a sustituir al sujeto de derecho por el Hombre. Dicho así, Las personas y los

sujetos de derecho tienen capacidad jurídica, que Consiste en la aptitud para

acceder a derechos y adquirir obligaciones o deberes por si mismo, está

capacidad jurídica tiene dos aspectos, que son, capacidad de goce, está se

refiere a la capacidad para adquirir sus derechos, y también tenemos la

Capacidad de obrar o de ejercicio , ya que se refiere a la facultad para ejercer

Personalmente esos derechos.

Fernández sessarego (1926-2019) , manifiesta, respecto del sujeto de

derecho, que en la Explicación jurídica, en la dinámica existencial, este ente o

centro de referencia Normativo no es otro que el ser humano antes de nacer o

después de haberse Producido este evento, ya sea que se le considera

individual o como organización de personas.

Debemos saber que el sujeto de derecho, Es todo ser humano que es

considerado Como tal desde su concepción hasta el punto de llegar a su

muerte, En el campo Jurídico la palabra “persona”, expresa el sujeto de las

relaciones jurídicas, por lo tanto, Es el sujeto de los derechos jurídicos y

subjetivos. Es importante resaltar que sin Derechos y obligaciones no hay

personas; Desde un punto de vista jurídico el ser humano, Es el centro de

imputación de derechos y deberes , se identifica como ello a aquél ente, que

tenga posibilidad de Ser titular de derechos y contraer Obligaciones. De esta

manera, Los sujetos de derecho se dividen en dos partes muy importantes, los

sujetos de derecho individuales, que constituye la persona natural, dicho de

mejor manera, es el individuo de Especie humana que es capaz de adquirir

derechos y obligaciones; En cambio los Sujetos de derecho colectivos, se

constituyen como personas jurídicas, ya que es una persona moral con

derechos y obligaciones, pero no es un ciudadano, sino una Institución, una

organización o una empresa con algún fin social, o con sin fines de Lucro. Para

ser titular de derechos, obligaciones y relaciones jurídicas en general, es un

Requisito imprescindible tener lo que se denomina “personalidad jurídica”. En

el Derecho actual, la personalidad se reconoce, no sólo a las personas físicas

o humanas, Sino también a determinadas entidades a las que se denomina

“personas jurídicas”, y Que pueden ser también titulares de derechos y

relaciones jurídicas, siempre que cumplan los requisitos que en cada caso

exige la ley.

La Teoría de Ferrara, Posteriormente el civilista italiano Francisco Ferrara

(1877-1942) ha valorado los distintos puntos de vista sobre las Personas

jurídicas, con propósito de darles coherencia, en una interesante

Recapitulación. Para este tratadista las personas jurídicas, son: “entes Ideales

que sirven como forma jurídica de unificación y concentración de derechos,

obligaciones y potestades, para el perseguimiento potenciado de Intereses

humanos encaminado a la consecución de determinados fines” .

Se puede señalar, que las personas jurídicas nacen como conciencia de un

acto de constitución según un sistema de mera existencia, o bien por el

reconocimiento que aquella hace a una autoridad u órgano administrativo o

por concesión. En ambos casos puede existir un requisito de publicidad, como

la inscripción de un registro público. Los principios que rigen la existencia de

las personas jurídicas privadas, nacen desde su constitución, cómo ya lo

habíamos mencionado; está no necesita autorización legal para funcionar,

...

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