LABORATORIO DE LÓGICA JURÍDICA SEGUNDO PARCIAL
Enviado por campollo13 • 8 de Marzo de 2018 • Trabajo • 2.897 Palabras (12 Páginas) • 273 Visitas
LABORATORIO DE LÓGICA JURÍDICA SEGUNDO PARCIAL
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR CONTRARIEDAD:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS CON CARÁCTER DE OBLIGACIÓN QUE DIFIEREN POR SU CONTENIDO.
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR CONTRADICCIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS QUE DIFIEREN POR SU CARÁCTER Y CONTENIDO.
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR SUBCONTRARIEDAD:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS CON CARÁCTER PERMISIVO QUE DIFIEREN POR SU CONTENIDO.
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE SUBALTERNACIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DEL MISMO CONTENIDO QUE DIFIEREN POR SU CARÁCTER.
- SEGÚN GARCÍA MAYNES CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR CONTRARIEDAD:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DE DERECHO GENÉRICAS QUE DIFIEREN POR SU CUALIDAD.
- SEGÚN GARCÍA MAYNES CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR CONTRADICCIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DE DERECHO QUE DIFIEREN EN CUALIDAD Y CANTIDAD.
- SEGÚN GARCÍA MAYNES CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE OPOSICIÓN POR SUBCONTRARIEDAD:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DE DERECHO INDIVIDUALIZADAS QUE DIFIEREN DE CUALIDAD.
- SEGÚN GARCÍA MAYNES CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE SUBALTERNACIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DE DERECHO QUE TIENEN LA MISMA CUALIDAD PERO DIFIEREN EN LA CANTIDAD.
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE EQUIVALENCIA POR CONTRARIEDAD:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DE OBLIGACIÓN POSITIVA Y NEGATIVA O PROHIBICIÓN POSITIVA, O PROHIBICION POSITIVA
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE EQUIVALENCIA POR CONTRADICCIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS QUE DIFIEREN POR SU CARÁCTER Y CONTENIDO
- CUANDO SE DA LA RELACIÓN DE EQUIVALENCIA POR SUBALTERNACIÓN:
R// SE DA ENTRE LAS NORMAS DEL MISMO CONTENIDO, QUE DIFIEREN POR SU CARÁCTER.
- SEGÚN GODFRIERD WILHEM LEIBNIZ ¿SE PODRÁ DAR LA CONVERSIÓN ENTRE LAS NORMAS JURÍDICAS?:
R// SI ES POSIBLE ESTE TIPO DE RELACIONES O INFERENCIAS INMEDIATAS.
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ ¿SE PODRÁ DAR LA CONVERSIÓN ENTRE LAS NORMAS JURÍDICAS?:
R// NO PUEDE INVERTIRSE, PORQUE NO ES UNA RELACION DE DOS TERMINOS INDEPENDIENTES
- SEGÚN HANZ KELSEN COMO SE CLASIFICAN LAS NORMAS JURÍDICAS:
R//
- CONDICIONALES E HIPOTÉTICOS
- INCONDICIONALES O CATEGÓRICAS
- SEGÚN VONG WRIGHT COMO SE CLASIFICAN LAS NORMAS JURÍDICAS:
R// ATENDIENDO A LOS ELEMENTOS QUE LA INTEGRAN; SEGÚN EL CARÁCTER, EL CONTENIDO, LA CONDICION DE APLICACIÓN, LA AUTORIDAD, EL SUJETO Y LA OCASIÓN
- DEFINA CONCEPTO:
R// SE TRATA DE UN PENSAMIENTO QUE ES EXPRESADO MEDIANTE PALABRA.
CUESTIONARIO NO. 2
- DEFINA CONCEPTO JURÍDICO:
R// SE TRATA DE UN PENSAMIENTO QUE ES EXPRESADO MEDIANTE PALABRAS INSPIRADO EN POSTULADOS DE JUSTICIA.
- CUÁLES SON LAS 4 CARACTERÍSTICAS QUE POSEEN LOS CONCEPTOS JURÍDICOS:
R//
- DETERMINACIÓN
- CONEXIÓN CON OTROS CONCEPTOS
- FUNDAMENTO NORMATIVO
- REFERENCIA AXIOLÓGICA
- QUE SEÑALA GARCÍA MAYNEZ CON RESPETO A LA DETERMINACIÓN DEL CONCEPTO JURÍDICO:
R// HACE REFERENCIA A LAS NOTAS DE UN OBJETO FORMAL CON LA ESFERA JURÍDICA.
- A QUÉ SE REFIERE LA CONEXIÓN DE OTROS CONCEPTOS DEL CONCEPTO JURÍDICO:
R// DEL CARÁCTER ELEMENTAL DE ESTAS SIGNIFICACIONES NO JUDICATIVAS
- A QUÉ SE REFIERE EL FUNDAMENTO NORMATIVO DEL CONCEPTO JURÍDICO:
R// A SU CONEXIÓN ESENCIAL DIRECTA O INDIRECTA CON LAS NORMAS DEL DERECHO.
- A QUÉ SE REFIERE LA REFERENCIA AXIOLÓGICA DEL CONCEPTO JURÍDICO:
R// A LA VINCULACIÓN DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS YA SEA DIRECTA O INDIRECTAMENTE A DETERMINADOS VALORES.
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ A QUÉ ESTAN REFERIDOS LOS CONCEPTOS JURÍDICOS:
R// ESTÁN REFERIDOS A VALORES O VALORACIONES, PARA ACUSAR, DEFENDER Y LEGISLAR.
- SEGÚN DUVISLAB CUÁLES SON LAS PRINCIPALES DOCTRINAS SOBRE EL CONCEPTO DE LA DEFINICIÓN JURÍDICA:
R//
- LA DEFINICIÓN CONSISTE, FUNDAMENTALMENTE, EN LA EXPLICACIÓN DE LO QUE UNA COSA ES.
- LA DEFINICIÓN CONSISTE, FUNDAMENTALMENTE, EN ANÁLISIS DE UN CONCEPTO.
- LA DEFINICIÓN CONSISTE, FUNDAMENTALMENTE, EN UNA ACLARACIÓN O EXPOSICIÓN SOBRE EL SENTIDO DE UN SIGNO O SOBRE LA FORMA EN QUE EL MISMO SUELE APLICARSE.
- LA DEFINICIÓN CONSISTE, FUNDAMENTALMENTE, EN UNA DISPOSICIÓN O PRESCRIPCIÓN SOBRE EL SENTIDO DE UN NUEVO SIGNO, O SOBRE LA FORMA EN QUE DEBE SER EMPLEADO.
- A QUÉ SE REFIERE LA PRIMER DOCTRINA DEL CONCEPTO DE LA DEFINICIÓN JURÍDICA:
R// EN DETERMINAR LA ESENCIA DE UN OBJETO.
- A QUÉ SE REFIERE LA SEGUNDA DOCTRINA DEL CONCEPTO DE LA DEFINICIÓN JURÍDICA:
R// A LA CONSTRUCCIÓN CONCEPTUAL O ANÁLISIS DE UN CONCEPTO.
- A QUÉ SE REFIERE LA TERCER DOCTRINA DEL CONCEPTO DE LA DEFINICIÓN JURÍDICA:
R// A UNA ACLARACIÓN O EXPOSICIÓN SOBRE EL SENTIDO DE UN SIGNO.
- A QUÉ SE REFIERE LA CUARTA DOCTRINA DEL CONCEPTO DE LA DEFINICIÓN JURÍDICA:
R// A UNA ACLARACIÓN O PRESCRIPCIÓN SOBRE EL SENTIDO DE UN NUEVO SIGNO.
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ COMO SE CLASIFICA A LOS CONCEPTOS JURÍDICOS:
R//
- DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS OBJETOS A QUE SE REFIEREN.
- DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU EXTENSIÓN.
- DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU CONTENIDO.
- DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SUS RELACIONES RECÍPROCAS.
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ COMO SE CLASIFICAN LOS CONCEPTOS JURÍDICOS DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LOS OBJETOS A QUE SE REFIEREN:
R//
- EN LÓGICOS-JURÍDICOS Y
- ONTOLÓGICOS-JURÍDICOS
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ A QUÉ SE REFIEREN LOS CONCEPTOS LÓGICOS JURÍDICOS:
R// A CONCEPTOS, A JUICIOS O RACIOCINIOS JURÍDICOS.
- CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DE LOS CONCEPTOS LÓGICO-JURÍDICOS:
R//
- SON TODOS OBJETOS LÓGICOS.
- ESTÁN INSCRITOS EN UN PLANO EMINENTEMENTE LÓGICO JURÍDICO.
- ABSTRACTOS
- FENÓMENOS DEL PENSAMIENTO.
- SEGÚN GARCÍA MAYNEZ A QUE SE REFIEREN LOS CONCEPTOS ONTOLÓGICOS-JURÍDICOS:
R// A HECHOS JURÍDICOS, A CONSECUENCIAS DE DERECHOS, A LA CONDUCTA OBJETO DE ESOS DERECHOS Y DEBERES Y A LOS SUJETOS DE LA RELACIÓN JURÍDICA.
...