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LINEAMIENTOS ELEMENTALES DE DERECHO PENAL


Enviado por   •  30 de Octubre de 2012  •  20.599 Palabras (83 Páginas)  •  1.041 Visitas

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INTRODUCCION

Dado que el hombre está dotado de una voluntad libre que le permite desarrollar sus facultades naturales, teniendo como única limitante, a esa libertad, su propia naturaleza; pero, en sociedad, esta libertad está forzosamente limitada por el respeto a la libertad de otros hombres; de aquí deriva la necesidad de normas o reglas que garanticen a cada miembro del cuerpo social, con una medida igual, el ejercicio de su actividad y desarrollo.

La teoría y existencia de este principio constituye el DERECHO, en su acepción más extensa. Por tanto, el derecho como un conjunto de normas de observancia obligatoria para todos los miembros de la sociedad, que han sido establecidas por el Estado de acuerdo a procedimientos previamente establecidos, permiten la convivencia de todos los miembros de la sociedad entre sí, de las instituciones del Estado y la interrelación de éstas y la sociedad. Desde luego, la manifestación del derecho, en su aspecto práctico y real, es por medio o a través de la ley. Ella y a los intereses de la sociedad, para una correcta y legal convivencia entre los miembros de la sociedad y su relación con las instituciones del Estado, que la misma ley denomina delito.

La causa de la infracción o de la no observación de las disposiciones de la ley, el delito, en perjuicio de la sociedad y de la obligatoriedad de la misma ley por los hombres, obedece a muchos y muy diversos factores, los que se mencionan más adelante; sin embargo, por lo pronto, se adelanta que esos factores tienen origen en la propia naturaleza del hombre y la convivencia estrecha a la que, hoy en día, se ve sometido. Pues, el hombre siempre pretenderá tener un mayor número de satisfactores que otros, incluso más de los que necesita, por el sólo hecho de acumular riquezas y el poder, que en la sociedad actual, representan una posición admirada y envidiada por algunos de sus miembros, aun cuando no las puede conseguir de manera honesta y legal.

En este sentido, es que el delito es una consecuencia de la convivencia social, que infringe normas legales, en el afán de llegar a obtener la aprobación- social, desde el punto de vista económico, y la dirigencia de la misma, como patrón de admiración.

En este orden de ideas, es que se desarrolla el tema denominado "EL DELITO", desde el punto de vista del Derecho Penal, analizándose la definición de éste y la ubicación del delito dentro de él. Por su parte, al delito se le define, se estudian los tipos de delito cuya existencia acepta la ley, desde el punto de vista de su realización y su ubicación dentro de la legislación que los prevé, las circunstancias que inciden en su existencia.

DESARROLLO

Los "Lineamientos" abarcan la parte introductiva, la teoría de la ley, del delito y de la pena, observándose en ellos la ausencia de la teoría del delincuente.

El mejor homenaje que se puede hacer a este trabajo, es indicar sus excelencias y la importancia de su posición, franca y sin titubeo alguno, al adoptar el sistema analítico del delito, consecuencia de la enseñanza germánica. Así, comprobamos que la teoría del delito la divide en dos partes: estudio de cada una de las notas esenciales del ilícito penal y de su respectivo aspecto negativo, y el análisis de la vida del delito, participación y concurso de delitos.

El orden seguido en el desarrollo de las fases positiva y negativa del delito, es: la conducta y su ausencia (Capítulo XV); la tipicidad y ausencia de tipicidad (Capítulo XVI); la antijuricidad v su aspecto negativo (Capítulos del XVII al XXI); la imputabilidad e inimputabilidad (Capítulos XXII-XXIII); la culpabilidad e inculpabilidad (Capítulos XXIV-XXV-XXVI) y la punibilidad y su ausencia (Capítulo XXVII); orden o sistema que, como ha subrayado DIAZ PALOS, "se adecua perfectamente al método analítico imperante en la dogmática penal, de tal modo, que cada uno de los atributos del delito podrá ser considerado en esa doble vertiente metódica; positiva y negativa".

Sin olvidar que los partidarios de la teoría analítica o atomizadora se mueven desde una concepción bitómica hasta una heptatómica del delito, CASTELLANOS TENA adopta el criterio tetratómico cuando lo define como una conducta típica, antijurídica y culpable. Consecuentemente se adhiere sin reservas a quienes niegan carácter de elementos esenciales a la imputabilidad, a la punibilidad y a las condiciones objetivas de penalidad.

Realiza una interesante clasificación de los delitos sin dejar de incluir a los insubsistentes, plurisubsistentes, unisubjetivos y plurisubjetivos. Al estudiar la conducta dedica bastantes éneas a la causalidad, la cual, como sabemos, viene a ser un elemento del hecho y solamente se presenta en los delitos en los que se produce un muta miento en el mundo exterior, y se afilia el autor a la teoría de la "causa condicional", al afirmar: "La teoría de la equivalencia... es la acertada, por su carácter general que reconoce a las concausas la naturaleza de condiciones y resuelve satisfactoriamente el problema de la participación. " El capítulo sobre la tipicidad está lleno de observaciones interesantes, destacándose la firme opinión de CASTELLANOS TENA, de que aquélla integra "un verdadero elemento esencial del delito". Señala y define con gran acierto la ausencia de tipo y de tipicidad.

Trata con bastante extensión el aspecto negativo de la antijuricidad, sobresaliendo su pensamiento claro y preciso cuando terminantemente expresa: "No se piense que la enumeración hecha por las leyes de las causas excluyentes de responsabilidad penal tiene carácter limitativo; antes bien, es puramente enunciativo.

Todas aquellas causas que borren o nulifiquen alguno de los elementos del delito, impedirán su configuración. Sólo tratándose de las justificantes no puede hablarse de causas supra legales. “Al desarrollar la imputabilidad, está de acuerdo en que no es elemento esencial del delito, pero se cuida de asentar que debe entenderse como presupuesto o soporte del elemento culpabilidad.

En la inimputabilidad incluye los estados de inconsciencia y el miedo grave, que creemos, puede ocupar éste en ocasiones el sitio de una causa de inculpabilidad por la no exigibilidad de otra conducta.

Es sumamente interesante el estudio de la culpabilidad, al referirse a los temas centrales. Seguidamente alude al caso fortuito, considerado por algunos como "el límite de la culpabilidad"; el autor estima que en el caso fortuito la conducta nada tiene de culpable, tratándose de un problema de meta culpabilidad.

De importancia es el juicio postulado por CASTELLANOS

TENA, respecto a la inculpabilidad. Cree que aún no se ha logrado determinar con precisión la naturaleza jurídica de la no

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