NOM-001_SEMARNAT_1996
Enviado por fer.r • 3 de Octubre de 2015 • Resumen • 1.059 Palabras (5 Páginas) • 405 Visitas
“Norma oficial mexicana NOM-001-SEMARNAT-1996”
Establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales para proteger la calidad y uso, vigilando a los responsables de estas descargas. Esta norma no tiene aplicación en las descargas de aguas provenientes de drenajes separados de aguas pluviales.
3.1 Aguas costeras: Perteneces a los mares territoriales fijados por el derecho internacional, al igual que aguas marinas interiores, lagunas y esteros comunicados con el mar.
3.2 Aguas nacionales: Aguas de propiedad de la nación (Artículo 27).
3.3 Aguas residuales: Aguas de composición variada provenientes de las descargas de uso municipal, industrial, comercial, de servicios, agrícolas, pecuarios, domésticos, así como la mezcla de ellas.
3.4 Aguas pluviales: Provienen de lluvias, nieve y granizo.
3.5 Bienes nacionales: Bienes administrados por la Comisión Nacional del Agua (artículo 133 de la Ley de Aguas Nacionales).
3.6 Carga contaminante: Cantidad de contaminante en masa por unidad de tiempo en las descargas de aguas residuales.
3.7 Condiciones particulares de descarga: Parámetros físicos, químicos y biológicos, sus niveles máximos permitidos en las descargas de agua residual para los responsables de la descarga o para un cuerpo receptor específico con el fin de preservar la calidad del agua.
3.8 Contaminantes básicos: Compuestos que están presentes en aguas residuales y que pueden ser removidos mediante tratamientos convencionales. Grasas y aceites, materia flotante, sólidos sedimentables, sólidos suspendidos totales, demanda bioquímica de oxígeno5, nitrógeno total, fósforo total, temperatura y pH.
3.9 Contaminantes patógenos y parásitos: Microorganismos presentes en aguas residuales que representan un riesgo para la saludo humana, así como para la flora y fauna.
3.10 Cuerpo receptor: Cuerpos de agua que reciben descargas de aguas residuales, incluyendo áreas donde se infiltran o inyectan dichas aguas.
3.11 Descarga: Verter, infiltrar, depositar o inyectar aguas residuales a un cuerpo receptor de forma continua, intermitente o fortuita.
3.12 Embalse artificial: Vaso artificial originado por un bordo y alimentado por uno o varios ríos o agua subterránea o pluvial.
3.13 Embalse natural: Vaso natural alimentado por ríos y agua subterránea o pluvial.
3.14 Estuario: Tramo bajo influencia de mareas que va desde la costa hasta el punto de concentración de cloruros en el agua y es de 250 mg/l.
3.15 Humedales naturales: Zonas de transición en sistemas acuáticos y terrestres que son áreas de inundación influidas por mareas cuyos límites presentan tipo de vegetación hidrófila con suelo permanentemente hídrico.
3.16 Límite máximo permisible: Parámetros que no deben ser excedidos en la descarga de aguas residuales.
3.17 Metales pesados y cianuros: Concentraciones por encima del límite que afectan la salud humana, flora y fauna. Arsénico, cadmio, cobre, cromo, mercurio, níquel, plomo, zinc y cianuros.
3.18 Muestra compuesta: Resulta de mezclar muestras simples cuyo volumen deberá ser proporcional al caudal de descarga.
3.19 Muestra simple: Se toma en el punto de descarga en cualquier día de operación, reflejando las actividades que generan la descarga para permitir su posterior análisis.
3.20 Parámetro: Referencia para determinar la calidad física, biológica y química del agua.
3.21 Promedio diario (P.D.): Análisis de una muestra compuesta para cada parámetro.
3.22 Promedio mensual (P.M.) Valor calculado a partir del promedio ponderado en función al caudal de al menos dos muestras compuestas.
3.23 Riego no restringido: Uso del agua residual para la actividad de siembra, cultivo y cosecha de productos agrícolas: forrajes, granos, frutas, legumbres y verduras.
3.24 Riego restringido: Agua residual utilizada para actividad de siembra, cultivo y cosecha excepto en legumbres y verduras que se consumen crudas.
...