TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, UNIDAD 1.
Enviado por Daniel Hernández • 5 de Septiembre de 2018 • Documentos de Investigación • 7.313 Palabras (30 Páginas) • 157 Visitas
[pic 1] DERECHO PENAL I TRABAJO DE INVESTIGACIÓN, UNIDAD 1. | LICENCIATURA EN DERECHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES PLANTEL ARAGÓN HERNÁNDEZ GONZÁLEZ DANIEL ALEJANDRO GRUPO: 1302 |
INTRODUCCIÓN
Es bien sabido que el Derecho Penal es una de las ramas del Derecho con más interés en las personas que inclusive en su vida diaria no se dedican al estudio de las leyes, ahora bien, si abrimos un Código Penal de cualquier país o época, a simple vista de inmediato percatamos que éstos contienen un catálogo de figuras delictivas, con diferencias notorias entre una y otra. Tan es así, que en la misma sociedad antigua como lo es Roma, el Derecho Penal ya era parte de la vida cotidiana.
Hablar de Derecho Penal puede ir de la mano sobre hablar de delitos y sus sanciones, sin embargo, todo tema para ser estudiado a profundidad, necesita ser desarrollado desde sus principios y esto es el caso del Derecho Penal, esta investigación tiene el objetivo de dar a conocer elementos tan simples pero esenciales para el estudio de una materia tan popular e importante en la vida de todos nosotros, ya que no solo esta rama del Derecho toma vida por sí sola, muchas ocasiones se apoya o tiene relación con diferentes ramas del Ordenamiento, lo cual hace más interesante y diverso el estudio de esta materia. Dicho esto, se entiende que, por regla general, el Derecho Penal persigue y combate los delitos, pero ahora, si miramos o analizamos detenidamente esta parte de la materia, no cabe duda de a quién debe atribuírsele un elemento esencial para dicho combate y persecución de delitos, es meramente a la sociedad.
La sociedad, es lógicamente, una forma de vida natural y necesaria al hombre para realizar sus relaciones interpersonales, en lo cual debemos requerir un ajuste de las funciones y actividades de cada persona en dicha sociedad, para que se haga posible una sana y formal convivencia, de esta manera evitar choques, malos entendidos o roces de cualquier índole, así como resolver conflictos y fomentar un ambiente de armonía y cooperación. En consecuencia, si el hombre debe desarrollarse en sociedad, es claro que en esa misma sociedad pueda tener posibilidades de hacer todo aquello que le sea un medio adecuado para llenar sus propias necesidades y cumplir sus ambiciones, de esta manera el hombre debe estar obligado a respetar el derecho de sus semejantes en poder cumplir y gozar con las mismas facultades, dando lugar a la constitución de un orden jurídico por el conjunto de normas que van a regular y hacer posible, de manera plena, la vida en común. La problemática se desarrolla en el momento en que el hombre, busca por sus propios medios, satisfacer sus necesidades y cumplir con sus ambiciones cayendo en el exceso, o simplemente por no encontrarse una identidad fija dentro de la misma sociedad, dando lugar al claro olvido de la convivencia en común con sus semejantes recurriendo al fin ilícito como medio para el bienestar.
Hasta este punto entonces podemos mencionar, como una opinión general; que el Derecho Penal, que lleva en sí por su misma definición, los roces o ataques más sensibles y profundos en el patrimonio, en la libertad, en el honor, e incluso en la vida de los ciudadanos, caería en un estado insufrible de incertidumbre, ante la falta seguridad como parte de un ordenamiento que rige un supuesto de sociedad en convivencia común. Por ello, resulta imprescindible que el mismo Derecho Penal se procure al adecuado remedio y la claridad indispensable de la resolución del delito de manera precisa e inequívoca.
- CONCEPTO.
Lo que llamamos Derecho penal se refiere ampliamente a las leyes federales y estatales que tipifican determinadas conductas como ilegales y punibles con penas de prisión o multas. Nuestro sistema legal incluye básicamente dos tipos de causas muy distintas: las civiles y las penales. Las causas civiles son conflictos entre particulares respecto de los deberes y responsabilidades legales recíprocos, y también mencionar las causas penales, que son cargos presentados por una autoridad por violaciones de leyes de carácter penal.
Para el profesor Ignacio Villalobos, quien menciona que el Derecho penal es una rama del Derecho Público Interno, cuyas disposiciones acostumbran a mantener el orden político-social de una comunidad, combatiendo por medio de penas y otras medidas que las autoridades consideren adecuadas, aquellas conductas de los individuos de la comunidad que la dañan o ponen en peligro[1].
La Ciencia del Derecho Penal se ocupa del delito, del delincuente, y de la reacción social que ambos van a ocasionar una vez en conjunto. El delito es una conducta humana sobre la que recae una sanción de carácter criminal. El delincuente es una persona natural que reúne las condiciones necesarias para responder ante el poder público. “La Reacción Social lo podemos comprender como el movimiento de la sociedad afectada por el delito que se traduce en una sanción”[2].
El punto de partida de la ley penal mexicana se encuentra sustentada en la Constitución Política que rige al territorio nacional. La parte dogmática incorpora los derechos públicos subjetivos y avanza en la regulación de los órganos de la justicia penal. En la parte orgánica se resuelve la estructura de los poderes y autoridades, además de los elementos esenciales del debido proceso legal y sus formalidades. El sistema penal constitucional abarca los postulados del individualismo jurídico, es decir, la persona física como centro y razón del orden normativo del Estado. De lo dicho hasta este punto se comprende que el Derecho Penal en sentido subjetivo, es el atributo de la soberanía, o bien, las leyes, por el cual a todo el Estado corresponde reprimir los delitos por medio de las penas, por otra parte en sentido objetivo simplemente se comprende por el conjunto de normas o disposiciones jurídicas que reglamentan el ejercicio de este atributo, ya que el Estado tiene como objetivos primarios, la creación y el mantenimiento del orden jurídico en el uso de los medios adecuados para este fin.
A través del tiempo las legislaciones penales han sufrido cambios, reformas y adiciones, porque si bien es cierto, el Código de 1871 para la federación, fue la primera gran obra legislativa en materia Penal y quien se puso al frente de promulgar dicho Código fuera el presidente Juárez el 7 de diciembre del año ya mencionado. Este Código estaba organizado en cuatro libros: el primero se refiere meramente a los delitos, faltas, delincuentes y penas en general, el segundo; a la responsabilidad civil en materia criminal; el tercero, a los delitos en particular; y el cuarto, a las faltas. Con el paso de los años, en 1929 se promulga el Código Almaraz que únicamente expondría su análisis en un tratado de tres libros, en los cuales se hablaría de; principios generales, reglas sobre responsabilidad, sanciones y reparación del daño; así como tipos legales de los delitos.
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