Tenencia Y Alimentos
Enviado por 123456456789 • 3 de Febrero de 2013 • 819 Palabras (4 Páginas) • 492 Visitas
HIJOS MENORES DE PADRES SEPARADOS: ALIMENTOS, TENENCIA, VISITAS
Cuando una pareja con hijos se separa, los niños pasan a vivir con uno de los progenitores. La ley establece que cuando los hijos tienen menos de cinco años quedarán con la madre. Si son mayores de esa edad, la madre y el padre podrán ponerse de acuerdo para que vivan con uno de ellos. Pueden convenir también que se quedarán viviendo unos días con la madre y otros con el padre. Si no se ponen de acuerdo es el juez el que decide. Esto se denomina TENENCIA.
La ley establece también que el progenitor que no vive con sus hijos los puede ver y comunicarse. Así, suelen encontrarse una o varias veces por semana, algún fin de semana entero, hablarse por teléfono, enviarse mensajes por correo electrónico, ir el padre a los actos escolares, etc. También debe participar en las decisiones importantes en la vida de los niños, como su salud, educación, viajes, etc. Esta participación requiere un diálogo con el progenitor con quien viven los niños. Esto se denomina REGIMEN DE VISITAS.
El tercer aspecto que nuestra legislación ordena es el refrido a quién se hace cargo de los gastos de los hijos. En este aspecto nuestra ley dice “incumbe siempre a ambos padres el deber de dar alimentos a sus hijos y educarlos, no obstante que la tenencia sea ejercida por uno de ellos.” Lo habitual es que se fije una cuota en dinero que debe abonar el progenitor que no vive con los niños, para lo cual se tendrá en cuenta, su situación económica y las necesidades de los niños. Este importe no cubre todos los gastos de los hijos, ya que la otra parte, la cubre el progenitor con quien conviven. Esta obligación se denomina ALIMENTOS y dura hasta que cada hijo cumpla los 21 años.
¿Qué ocurre cuando se impide o dificulta que los niños se vean con el progenitor que no vive con ellos? En este caso se está pertubando un derecho del progenitor no conviviente y el de los niños, porque las visitas son en beneficio de ambos. Si se recurre a la justicia, el juez puede ordenar que las visitas sean respetados por el progenitor que vive con los niños y aun puede multarlo si persiste en esta actitud. Si no da resultado se le puede llegar a quitar la tenencia y dársela al otro progenitor y aun sancionarlo con prisión de hasta 3 años, porque impedir u obstruir las visitas es un delito.
¿Qué ocurre cuando el progenitor no conviviente no paga los alimentos para sus hijos? Es un atentado contra la vida de los niños. La ley permite que se le haga juicio reclamando alimentos, pero también establece que es un delito, cuando se trata de hijos menores de 18 años, que tiene prevista prisión de hasta 6 años.
Como vemos, la ley es muy severa ante estos incumplimientos, pero la aplicación de estas duras sanciones no resuelve los incumplimienrtos en el pago de alimentos y en las visitas. Sancionan al que no paga u obstaculiza los encuentros, pero con
...