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Teoría Del Proceso I


Enviado por   •  17 de Febrero de 2014  •  1.953 Palabras (8 Páginas)  •  259 Visitas

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RESUMEN DEL CURSO: TEORÍA DEL PROCESO

1) Diferentes formas de solución de los conflictos de intereses

a) Autodefensa

i) Definición: Consiste en que una de las partes del conflicto (el ofendido) infiere el mismo daño a la otra parte. Ej., la ley del talión o venganza justa. El agraviado toma por su cuenta la solución del conflicto, y en la solución solo interviene una de las partes: el agraviado. Esta forma de solución de un conflicto se da en el cambio de la barbarie a la civilización. Hoy se creía desaparecida, pero aun existe entre las naciones: la retaliación.

ii) Características:

(1) No hay un tercero ajeno a las partes.

(2) Imposición de la decisión se da por una de las partes a la otra.

iii) Clases:

(1) Autodefensa en sentido estricto, como una réplica o respuesta a un ataque, por ejemplo, la legítima defensa, es decir, cuando se actúa en defensa de la propia persona, de su honor o de sus bienes.

(2) Por el ejercicio personal o directo de un derecho subjetivo, sin que su titular haya sufrido previo ataque, como sería el caso del corte de ramas y raíces de árboles del predio vecino que se extienden al contiguo.

(3) Por el ejercicio de facultades atribuidas al mando para hacer frente a situaciones de excepción. Así, se considera dentro de esta categoría al echazón, institución que pertenece al derecho marítimo y que tiene su origen con los fenicios según la Lex Rodex o Ley de la Isla de Rodas. La echazón consiste en el derecho que tienen el capitán de una nave para echar al mar las mercancías que su navío transporta, con el objeto de evitar un naufragio.

(4) Por ejercicio de una potestad e uno de los sujetos en litigio, como sería la facultad sancionadora de la Administración Pública, por la que puede imponer por sí misma sanciones, tanto a los servidores públicos, como a los particulares.

(5) Como coacción sobre la contraparte para lograr imponer los propios intereses, como sería la retención de la obra en el contrato de obra a precio alzado, o bien la retención de equipajes en el contrato de hospedaje.

b) Autocomposición

i) Definición: Consiste en la solución del conflicto por la presencia de las dos partes, ofendido y ofensor. Modernamente se da en materia civil a través de tres formas extraprocesales de solución del conflicto: desistimiento, allanamiento y la transacción. En materia penal solo se da el allanamiento y el desistimiento, casi nunca la transacción.

ii) Características:

(1) Es una forma de solución de conflictos, sea que se haya llevado o no al proceso para su decisión.

(2) Es una forma de solución de conflictos en que las partes en forma directa, sea con la asistencia o no de de terceros, determinan las condiciones en que se debe solucionar el conflicto.

(3) Forma pacífica de solución de conflictos que emana de una decisión voluntaria de las partes.

iii) Clases:

(1) Desistimiento: El agraviado retira su pretensión de castigo de su ofensor.

(2) Allanamiento: El ofensor reconoce la pretensión del ofendido aceptando lo que pida el ofendido.

(3) Transacción: Consiste en ceder ambas partes a sus pretensiones. Se transa en materia civil, nunca en materia penal.

c) Heterocomposición

i) Definición: Las partes acuden a un tercero, ya sea una persona individual o colegiada, quien se compromete o está obligada en razón de su oficio, luego de la tramitación de un proceso, a emitir una decisión para la solución de un conflicto, cuyo cumplimiento deberán acatar las partes.

ii) Características:

(1) Aparece un tercero (el Estado) que pretende la solución del conflicto.

(2) El Estado les quita a los particulares la capacidad de solución de sus conflictos.

(3) Es una forma democrática de solucionar un conflicto entre particulares.

iii) Clases:

(1) Del Mensajero. Persona que lleva mensajes, tiene un poder (mandato) de una de las partes que está en conflicto.

(2) Del conciliador: Es una persona casi ajena al conflicto que trata de unir a las partes para que encuentre una solución al conflicto que tienen. Esta persona puede o no ser nombrado por las partes.

(3) Del árbitro: Las partes concurren al nombramiento de esta persona que ha de solucionar el conflicto. Es necesaria la presencia de las partes en el nombramiento del árbitro.

(4) Del juez: El Estado monopoliza la acción. Las partes en conflicto necesariamente deben acudir a una persona para solucionar su conflicto. A esta persona (juez) ya no lo nombran una o ambas partes, sino el Estado. Nace el proceso.

d) Proceso: es un sentido amplio equivale a juicio, causa o pleito; es la secuencia, el desenvolvimiento, la sucesión de momentos en que se realiza un acto jurídico. En un sentido más restringido, el expediente, autos o legajo en que se registran los actos de un juicio, cualquiera que sea su naturaleza.

Es el “camino que sigue la acción”. Conjunto de actos dirigidos a un fin. El fin es la solución de conflictos a través de la aplicación del Derecho: Demanda o denuncia - periodo de prueba - periodo de conclusiones - sentencia.

Vescovi. “El proceso es el medio adecuado del Estado para resolver conflictos a través del Derecho procesal que establece el orden de los actos (procedimiento) para la correcta prestación de la actividad jurisdiccional.”

Berrios De Angelo, D. “El proceso es una coordinación de actos con la finalidad de administrar justicia.”

i) Razón de ser del proceso: es la erradicación de toda fuerza ilegítima dentro de una sociedad.

ii) Características del proceso:

(1) Conjunto de actos: Jurídicos. Realizados por las partes: el Demandante a través de la demanda y el demandado a través de la respuesta o contestación. Jurisdiccionales. Realizados por el órgano o el juez en cumplimiento de sus obligaciones y deberes.

(2) Conjunto de normas: Determinan derechos y obligaciones de los sujetos procesales y están establecidos en las leyes vigentes.

(3) Conjunto de actos realizados frente a los órganos: Es la aplicación de la norma jurídica al caso concreto.

(4) Conjunto de actos con finalidad: Con finalidad de solución del conflicto o de restaurar el ordenamiento jurídico violado y la búsqueda de una convivencia feliz de los hombres en sociedad.

iii) Fin del proceso: doctrinariamente el proceso penal contiene fines generales y específicos. Los fines generales son los que coinciden con los del Derecho Penal, en cuanto tiende a la defensa social y lucha contra la delincuencia, y además coinciden con la búsqueda de la aplicación de la ley a cada caso concreto, es decir, investigar el hecho que se considera delictuoso

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