ACCIONES Y EXCPECIONES EN LA MATERIA LABORAL
Enviado por jacqueline_12jj • 11 de Enero de 2023 • Apuntes • 593 Palabras (3 Páginas) • 167 Visitas
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ACCIONES Y EXCPECIONES
EN LA MATERIA LABORAL
LAS ACCIONES EN MATERIA LABORAL
Es promover una acción ante la justicia, hacer actuar el poder judicial para hacer valer los derechos.
Las acciones laborales son el punto de partida o inicio de todo procedimiento laboral. La acción es un derecho subjetivo de carácter público concedido por el Estado al individuo para provocar la actividad del órgano jurisdiccional y para poder actuar en el proceso con el fin de obtener una decisión que se traduce generalmente en constitución, declaración o condena sobre relaciones jurídicas.
CLASIFICACION DE LAS ACCIONES
Acciones de Condena: Se obtiene mediante ellas la declaración de la obligación cuyo cumplimiento se exige. Separación justificada, indemnización constitucional o reinstalación y salarios caídos.
De Rescisión: Podrá ser solicitada por ambas partes que conforman la relacion laboral, es decir tanto trabajador como patrón podrán hacer uso siempre y cuando esté debidamente justificado por los alcances de los artículos 47 o 51 de la Ley Federal del Trabajo.
De Modificación: Sin afectar el vínculo laboral de las partes, se realiza para transformar una situación jurídica que ya existía, como generalmente sucede en la revisión salarial o contrato colectivo.
Declarativas: Tienden a obtener con la eficacia de la sentencia firme, la declaración de la existencia de una determinada relacion jurídica o de un derecho nacido de un negocio.
Cautelares: Tiene como fin, lograr una medida de seguridad y certeza para la actora, en el proceso que se ventila en la Junta de Conciliación y arbitraje. Existen diferentes tipos de acción desde el punto de vista material, los cuales son: Individuales: Protegen los derechos un trabajador.
Colectivas: Protegen los derechos de una planta productiva.
De dar: Imponen al sujeto demandado, la obligación de entregar una cosa u objeto a la actora.
De hacer: Imponen al demandado la obligación de llevar a cabo alguna actividad a favor del trabajador.
De no hacer: Ordena al demandado no ejecutar una determinada acción o acto.
Contradictorias: Con el ejercicio de una de ellas, se invalida la otra, es decir, se excluyen mutuamente.
Reconvencionales: Constituyen una contrademanda.
EXCEPCIONES EN MATERIA LABORAL Son los medios defensa que tiene el demandado para mejorar o sanear el procedimiento o para atacar el derecho pretendido. Así como el demandante hace su ataque a través de la acción, el demandado se defiende a través de las excepciones. Las excepciones deben ser declaradas de oficio por el juez, salvo las de PRESCRIPCIÓN, COMPENSACIÓN Y NULIDAD RELATIVA, toda vez que éstas necesariamente deben ser alegadas por el demandado.
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