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Clases de accion en materia laboral


Enviado por   •  8 de Marzo de 2016  •  Apuntes  •  962 Palabras (4 Páginas)  •  381 Visitas

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Clases de acciones en materia laboral

Reinstalación

El trabajador fue despedido injustificadamente y quiere que se le reinstale en su trabajo.

Artículo 48. El trabajador podrá solicitar  ante la Junta de Conciliación  y  Arbitraje, a su elección, que se  le  reinstale  en  el  trabajo  que  desempeñaba,  o  que  se  le  indemnice  con  el  importe  de  tres meses  de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Indemnización constitucional

El trabajador fue despedido injustificadamente por lo que solicita una indemnización.

Artículo 48. El trabajador podrá solicitar  ante la Junta de Conciliación  y  Arbitraje, a su elección, que se  le  reinstale  en  el  trabajo  que  desempeñaba,  o  que  se  le  indemnice  con  el  importe  de  tres meses  de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Cumplimiento de contrato individual.

El trabajador solicita que el patrón cumpla con el contrato individual de trabajo.

Artículo  31.- Los  contratos  y  las  relaciones  de  trabajo  obligan  a  lo  expresamente  pactado  y  a  las consecuencias que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.

Pago de prestaciones devengadas.

El trabajador fue despedido injustificadamente por lo que solicita una indemnización y también los salarios devengados.

Artículo 48. El trabajador podrá solicitar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, a su elección, que se le reinstale en el trabajo que desempeñaba, o que se le indemnice con el importe de tres meses de salario, a razón del que corresponda a la fecha en que se realice el pago.

Si en el juicio correspondiente no comprueba el patrón la causa de la rescisión, el trabajador tendrá derecho, además, cualquiera que hubiese sido la acción intentada, a que se le paguen los salarios vencidos computados desde la fecha del despido hasta por un período máximo de doce meses, en términos de lo preceptuado en la última parte del párrafo anterior.

Reconocimiento de antigüedad.

El trabajador quiere que el patrón le reconozca la antigüedad.

Artículo 158.- Los trabajadores de planta y los mencionados en el artículo 156 tienen derecho en cada empresa o establecimiento a que se determine su antigüedad.

Reconocimiento de derechos escalafonarios.

El trabajador quiere que el patrón le reconozca sus derechos escalafonarios.

Artículo 159. Las vacantes definitivas, las provisionales con duración mayor de treinta días y los puestos de nueva creación, serán cubiertos por el trabajador que tenga la categoría o rango inmediato inferior, así como mayor capacitación, con mayor antigüedad, demuestre mayor aptitud, acredite mayor productividad y sea apto para el puesto.

Prórroga de contrato

El trabajador solicita una prórroga de contrato dado que la materia de trabajo todavía subsiste.

Artículo  39.- Si  vencido  el  término  que  se  hubiese  fijado  subsiste  la  materia  del  trabajo,  la  relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.

Indemnización por riesgo de trabajo. 

El trabajador sufrió un accidente en el trabajo que le produjo una incapacidad por lo que solicita que se le indemnice.

Artículo 483.- Las indemnizaciones por riesgos de trabajo que produzcan incapacidades, se pagarán directamente al trabajador.

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