Administración de Personas
Enviado por andretrivi • 24 de Noviembre de 2020 • Trabajo • 1.550 Palabras (7 Páginas) • 167 Visitas
[pic 1]
[pic 2] | Trabajo Individual |
Identificación del trabajo
| 2 |
| Administración de Personas |
| Aplicar Normativas Vigentes Respecto a la Administración de Personas |
| Cesar Castillo Depallens |
| 27 de septiembre 2020 |
Identificación del/los estudiante/s
Nombre y apellido | Carrera |
Andrea Trivique Morales | Administración de Empresas Mención Finanzas |
Introducción
La Normatividad es un “Conjunto de leyes o reglamentos que rigen conductas y procedimientos según los criterios y lineamientos de una institución u organización privada o estatal”.
Conocer la normativa legal vigente es responsabilidad principal de cada administrador, el cual se encarga de todo lo relacionado con los trabajadores. Las responsabilidades, prohibiciones, deberes y beneficios es lo que regulan las leyes, en este caso Laborales, que queda plasmado en un acuerdo legal que registran ambas partes quedando suscrito en un Contrato de Trabajo.
La administración de personas proporciona las capacidades humanas requeridas y desarrolla las habilidades y aptitudes del individuo, para ser lo más satisfactorio en beneficio de los trabajadores y las empresas.
El elemento esencial que regula las relaciones entre Empleador y trabajador es el Contrato de Trabajo, que se rige por el Código del Trabajo donde se explicitan definiciones, normas y formas de realizarlos.
Cuando una empresa se da a la ardua tarea de contratar a su personal, debe observar invariablemente las normas que establecen las leyes laborales. La normativa legal, que se exige en materia de contratación laboral debe ser cumplida en su totalidad para que la empresa est`s dentro del marco de la ley.
I.- Contrato de Trabajo Formato Libre
CONTRATO DE TRABAJO PLAZO FIJO
En Santiago, a 01 de Abril 2019, entre Manantial S.A., RUT: 79.965.590-4, representada para estos efectos por Don Sebastián Muñoz Yayo C.I. 10.944.997-0, ambos domiciliados en El Roble N°540, comuna de Quilicura; en adelante “El Empleador” y Don Andrés Trivique Morales, C.I. 12.889.755-0, con domicilio en Tobalaba 10681 block C depto 14, comuna de Peñalolén, de nacionalidad chilena, estado civil soltero, fecha de nacimiento 22 de junio de 1975, se conviene el siguiente Contrato de Trabajo, para cuyos efectos las partes convienen denominarse respectivamente, Empleador y Trabajador.
PRIMERO: El trabajador se compromete a ejecutar la labor de Jefe de Marketing, u otro trabajo o cargo similar, que tenga directa relación con el cargo ya indicado. Ubicado en El Roble N°540, Quilicura, pudiendo ser trasladado a otra sucursal del Empleador si las tuviere. Asimismo, alterar la naturaleza de los servicios a condición de que se trate de labores similares y sin que la decisión del Empleador, en uno u otro caso, imponga menoscabo para el trabajador.
SEGUNDO: En el cumplimiento de sus labores el Trabajador deberá poner su mayor dedicación y empeño, como las instrucciones de sus jefes, con prontitud y esmero.
TERCERO: El Trabajador, por la naturaleza de sus funciones cumplirá el siguiente horario de trabajo de 45 horas semanales:
Lunes a Viernes de 09:00 a 19:00 hrs., con 1 hora de colación.
CUARTO: El Empleador se compromete a remunerar los servicios del Trabajador con un sueldo bruto mensual de $450.000.- (Cuatrocientos cincuenta mil pesos). El tiempo extraordinario se pagará con el recargo legal y se cancelará conjuntamente con el respectivo sueldo.
Siendo dicha remuneración aumentada en Anexo de Renovación de Contrato, al cumplirse los 6 meses de este.
El Empleador se compromete a suministrar al Trabajador los siguientes beneficios que aprecian las partes en la forma que se indica: El Trabajador percibirá una Gratificación legal equivalente al Articulo N°50 del código del trabajo, es decir un 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones con un tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales.
También queda establecido que el trabajador percibirá como beneficios adicionales proporcional a los días trabajados:
Asignación Colación: $20.000.- (Veinte mil pesos).
Asignación Movilización: $ 20.000.-(Veinte mil pesos).
QUINTO: Las remuneraciones se liquidarán y pagarán por mensualidades vencidas, realizando El Empleador las deducciones que correspondan de conformidad a la ley. El pago de las remuneraciones se realizará el último día hábil de cada mes y mediante depósitos de cuentas corrientes o cuentas vistas electrónicas. Con todo el trabajador acepta que se pueda efectuar por medio de cheques o en efectivo en el mismo establecimiento.
SEXTO: Este contrato tendrá una duración de 6 meses, hasta el día 01 de octubre de 2019 y solo podrá ponérsele término en conformidad a la legislación vigente. Se entienden incorporadas al presente contrato todas las disposiciones legales que se dicten con posterioridad a la fecha de suscripción y que tengan relación con este.
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