ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apuntos de derecho comercial

kamilo betancourtApuntes21 de Mayo de 2021

6.281 Palabras (26 Páginas)96 Visitas

Página 1 de 26

APUNTES DE COMERCIAL DE 4 AÑO

ORIGEN DE LOS TITULOS VAORES:

  1. Los títulos valores cumplen función económica: Promueve y facilita la producción y comercialización de bienes y servicios.
  2. Promueven la producción: Gracias a ella se beneficia el comprador y el empresario.
  3. Facilita el comercio: Intercambio masivo de mercancías.

IMPORTANTE: LA NATURALEZA DE LOS TITULOS VALORES[pic 1]

                       ES QUE ES UN NEGOCIO JURIDICO.

                                              Economico.                                 PUNTOS DE VISYA              [pic 2][pic 3]

TITULOS VALORES            Relación mercantil[pic 4][pic 5]

  • Letras de cambio.
  • Cheque.
  • Pagare.
  • Bonos.

¿Qué es un contrato de cambio trayectico?: Es una acción cambiaria que garantiza que el dinero actual se recuperará en otro momento y lugar determinado siempre y cuando exista un título valor que lo garantice.

Es el antecedente de los títulos valores, en nada media; lo crearon porque para la compra de mercancía en tres lugares que manejaban diferentes monedas, las se les complicaba comprar entre ellas; Así iban para la casa de cambio y ellos le entregaban el contrato de cambio trayectico Para que fuera comprar la mercancía.

  • Durante el imperio romano ya se hablaba del banco, seguridad bancaria.
  • Nace la economía de autoconsumo (Yo trabajo la tierra para Beneficiarme a mi). Nace el latifundio y con ella los arrendatarios.

                               Plazo[pic 6]

TERMINO              Deuda[pic 7][pic 8][pic 9]

                               Palabra(crédito)

                               Confianza.

CONTRATO DE CAMBIO TRAYECTICIO:      Voluntad[pic 10]

Punto de partida de los títulos valores:              Consentir [pic 11]

¿Por qué se dio?

  1. Necesidad de consumir De las personas (persona se trasladaba para comprar materia prima).
  2. Inseguridad de los caminos.
  3. Diversidad De unidad de materia entre ciudades.
  4. Descubrimiento del crédito: se dio de la exportación comercial.
  5. Promesa de entregar dinero, dicho documento era notariado.
  6. Se empezó hablar del plazo.
  7. Generó recursos financieros en los comerciantes.[pic 12]
  • Ahora se conoce como “ley de circulación de los títulos valores”.[pic 13]

  • También se podía negociar el documento de contrato de cambio Trayecticio.
  • Un título valor puede pasar de persona en persona, ya que es negociable por ejemplo la letra de cambio.[pic 14][pic 15][pic 16][pic 17][pic 18]

Antes Se celebraba un acuerdo con el cambio trayecticio Donde se dejaba constancia de la entrega de dinero.

Formas de hacer el cambio trayectico:

  1. Se hace En forma de carta dirigido al comerciante, con dirección, suma de dinero, etc.
  2. Mercado se entregaba documento en el que se daba suma de dinero para financiar los costos.

Roma: habla del contrato real; entrega de la cosa contrato de mutuo, comodato.

  • La palabra es solemne: Se forma a través de preguntas con la presencia de las partes y juez.
  • O escrito para prevalecer al acreedor por haber presumido, era muy complejo demostrar.
  • Consentimiento (firma y coloca “acepto “) así surge la obligación de pagar en el plazo de tiempo estipulado.

Germanos: 

  • diversidad de contratos.
  • Recepción de la cosa.
  • Promesa de deuda o de la palabra solemne en Roma.
  • Defunción de la deuda=fianza
  • Promesa, el deudor debe cumplir con esta.

Generalidades: [pic 19]

ARTÍCULO 619 DEL CÓDIGO DE COMERCIO: Títulos valores: son documentos necesarios para legitimar el derecho autónomo su contenido puede ser crediticio, de tradición, entre otros.

  • Documentos que constituyen Prueba se incorporan derecho[pic 20][pic 21]

Maneja posiciones:

  • Letra de cambio.
  • Cheque.
  • Pagare.

Relación cambiaria:        Deudor.[pic 22][pic 23]

                                          Acreedor.

Documento: cualquier cosa que sirve por sí misma para ilustrar o para comprobar por vía de representación la existencia de un hecho o exteriorización de un acto humano (voluntad o consentimiento).

Título III Del código de Comercio: habla de los títulos valores.

Características de los títulos valores:

  • Nominativo (identifica dentro de la legislación).
  • Típico (regulado por la norma).
  • Cumple con formalidades (la ley lo establece).
  • Carácter constante, escrito, firmado por el deudor, tiene acreedor.
  • Forma de circulación (cuándo se endosa)” ley de circulación”
  • Forma todos los títulos valores se someten a formalidades.
  • Naturaleza jurídica en términos generales es un negocio jurídico de formación unilateral, consensual, Típico, con plazos establecidos, específico, que contiene unas obligaciones condicionales e indivisibles.

Clasificación de los títulos valores:

  1. Según la doctrina: según el derecho que ni yo se incorpora:
  • Títulos valores de contenido crediticio: voy a entregar dinero ejemplo la letra de cambio y cheques. La naturaleza de las obligaciones es dineraria.
  • Corporativos o de participación: además de contener una obligación dineraria se otorga la adquisición de unos derechos políticos.
  • Títulos valores de tradición o representativos de mercadería: El título valor se incorpora la relación de la mercancía entregada.
  1. Según el origen del título valor:
  • Nacional: decreto 410 de 1971, Se regula con la normativa colombiana.

Subclasificacion 1: 

  • Típicos en Colombia los títulos valores son típicos, es decir la misma ley lo reconoce.
  • Atípicos.

    Subclasificacion 2:

  • Singulares.  
  • Senados: con un consecutivo.
  • Extranjeros: Existe en El exterior y tiene un formalismo.
  1. Según el contenido literal: lo que expresa en el documento.
  • Completo.
  • Incompleto.
  • Incoado o en blanco: artículo 622 del código de Comercio.
  1. Según la ley de circulación:
  • Nominados.

Clasificación de los títulos valores:

No se encuentra en la ley como tal, realmente se trata de una clasificación más bien doctrinaria, extraída de las normas reguladas de este tema.

En relación con el derecho que en ellos se incorpora: Es decir teniendo en cuenta el objeto de la prestación de que trata la obligación contenida en el título valor puede ser:

  1. De contenido crediticio: Son aquellos que incorporan obligaciones dinerarias, es decir donde la obligación principal es el pago de sumas determinadas de dinero doctrinalmente a esta clase de títulos valores se les conoce como títulos valores obligacionales.

Artículo 621: Requisitos comunes de los títulos valores:

Además de lo dispuesto para cada título-valor en particular, los títulos-valores deberán llenar los requisitos siguientes:

1) La mención del derecho que en el título se incorpora, y

2) La firma de quién lo crea.

La firma podrá sustituirse, bajo la responsabilidad del creador del título, por un signo o contraseña que puede ser mecánicamente impuesto.

Si no se menciona el lugar de cumplimiento o ejercicio del derecho, lo será el del domicilio del creador del título; y si tuviere varios, entre ellos podrá elegir el tenedor, quien tendrá igualmente derecho de elección si el título señala varios lugares de cumplimiento o de ejercicio. Sin embargo, cuando el título sea representativo de mercaderías, también podrá ejercerse la acción derivada del mismo en el lugar en que éstas deban ser entregadas.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (31 Kb) pdf (196 Kb) docx (38 Kb)
Leer 25 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com