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COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS 2010


Enviado por   •  27 de Octubre de 2012  •  9.377 Palabras (38 Páginas)  •  508 Visitas

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COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS

Resolución del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos que fija los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del 1 de enero de 2011.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional de los Salarios Mínimos.

RESOLUCION DEL H. CONSEJO DE REPRESENTANTES DE LA COMISION NACIONAL DE LOS SALARIOS MINIMOS QUE FIJA LOS SALARIOS MINIMOS GENERALES Y PROFESIONALES VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2011.

En la Ciudad de México, Distrito Federal, el día 18 de diciembre de dos mil diez siendo las catorce horas con treinta minutos, presentes los CC. miembros del H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos en el domicilio de ésta, sito en el edificio número catorce de la Avenida Cuauhtémoc, procedieron a fijar los salarios mínimos generales y profesionales que entrarán en vigor en la República Mexicana a partir del primero de enero de 2011; VISTOS para resolver el Informe de la Dirección Técnica y demás elementos de juicio, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- La fracción VI del apartado A) del artículo 123 constitucional faculta a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos para fijar éstos y a su vez el artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo establece que dichos salarios se fijarán cada año y comenzarán a regir el primero de enero del año siguiente.

SEGUNDO.- En cumplimiento de los deberes y atribuciones señalados en la fracción III del artículo 561 y en el artículo 562 de la Ley Federal del Trabajo, la Dirección Técnica llevó a cabo los trabajos de investigación y realizó los estudios necesarios para determinar las condiciones generales de la economía del país, los principales cambios observados en la evolución de las actividades económicas, así como las variaciones en el costo de la vida de las familias.

TERCERO.- Además, la Dirección Técnica investigó las características y la evolución de las condiciones del mercado laboral y de las estructuras salariales, y solicitó información y estudios a instituciones oficiales con anticipación a la elaboración del Informe correspondiente y determinó plazos para la recepción y análisis de los informes y sugerencias que desearan hacer los trabajadores y patrones.

CUARTO.- El H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, en su sesión ordinaria del 25 de febrero de 2010 aprobó el Plan Anual de Trabajo de la Dirección Técnica para el 2010, en el cual se fundamenta y establece el objetivo y la mecánica operativa del proyecto: Sistema de Salarios Mínimos Profesionales. Con base en los trabajos llevados a cabo para realizar este proyecto, la Dirección Técnica presentó a la consideración del H. Consejo de Representantes una propuesta para modificar la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales a los que se fija un salario mínimo profesional.

CONSIDERANDO:

PRIMERO.- El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su apartado A), fracción VI, es imperativo en señalar los atributos que debe reunir el salario mínimo. El artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo en vigor recoge este señalamiento constitucional al establecer que el salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

SEGUNDO.- La fracción VI del apartado A) del artículo 123 constitucional y el artículo 94 de la Ley Federal del Trabajo disponen igualmente que los salarios mínimos deben ser fijados por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos. Asimismo, la fracción VIII del artículo 557 de la Ley Federal del Trabajo faculta al H. Consejo de Representantes para fijar los salarios mínimos legales.

TERCERO.- En cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del apartado A) del artículo 123 constitucional y artículos 91 y 93 de la Ley Federal del Trabajo, se continuaron los estudios técnicos sobre las áreas geográficas y las profesiones, oficios y trabajos especiales de las ramas de actividad económica; en este sentido se confirma el número y la integración municipal de las áreas geográficas ya establecidos en el año 2010 y, por lo que respecta a las profesiones, oficios y trabajos especiales, la Dirección Técnica, de conformidad con la atribución que le confiere la fracción IV del artículo 561 de la Ley de la materia, y de acuerdo con los trabajos realizados en el proyecto: Sistema de Salarios Mínimos Profesionales aprobado en el Plan Anual de Trabajo de la Dirección Técnica 2010, propuso al H. Consejo de Representantes de esta Comisión Nacional, suprimir de la Lista de profesiones, oficios y trabajos especiales, para el año 2011 y en lo sucesivo, el trabajo especial de Recepcionista en general. Asimismo, propuso mantener sin cambio las denominaciones, descripciones y diferencias salariales con respecto al salario mínimo general del Oficial de herrería; Operador de maquinaria agrícola; Oficial tapicero de vestiduras de automóvil; Oficial tapicero en reparación de muebles y Vendedor de piso de aparatos de uso doméstico; y, por último, mantener las demás profesiones, oficios y trabajos especiales ya existentes con su actual denominación, descripción y diferencia salarial con respecto al salario mínimo general.

CUARTO.- Conforme a lo establecido por los artículos 561 fracción III y 562 de la Ley Federal del Trabajo, la Dirección Técnica practicó las investigaciones y estudios necesarios, así como los complementarios que se le solicitaron, mismos que fueron considerados por el Consejo de Representantes para la fijación de los salarios mínimos.

QUINTO.- El Consejo de Representantes analizó el Informe preparado por la Dirección Técnica. Del Informe se desprende que en 2010 las tendencias dominantes en la economía y en el ámbito laboral han sido las siguientes:

■ En el primer semestre, la recuperación económica mundial fue vigorosa, respaldada por las políticas de estímulo fiscal y monetario, por un prolongado ciclo de existencias y por las mejoras en la confianza tanto empresarial como de los consumidores, sin embargo, hacia el tercer trimestre, evidencia una clara desaceleración, reflejo de la persistente debilidad de la demanda interna de las principales economías avanzadas, así como de la fragilidad del sistema financiero. Se anticipa que la recuperación de la economía global modere su ritmo en los trimestres siguientes y que sea diferenciado entre países. Se estima que el crecimiento mundial será de 4.8% en 2010, mientras que las economías avanzadas registrarán un aumento en su Producto Interno Bruto (PIB) de 2.7%, en tanto que las economías emergentes y en desarrollo crecerán

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