Caso Delo
Enviado por cuevas.frodrigo • 29 de Agosto de 2013 • 14.612 Palabras (59 Páginas) • 300 Visitas
REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO
DE CÓRDOBA
GOBIERNO MUNICIPAL CONSTITUCIONAL.
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CÓRDOBA, VER.
ACUERDO del honorable cabildo del Municipio de Córdoba, Ver. de fecha 08 de
Junio del 2002, EN MATERIA DE TRANSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO
DE CÓRDOBA, VERACRUZ. Al margen un sello con el escudo de la Ciudad de
Córdoba, Veracruz y una leyenda que dice H. Ayuntamiento del Municipio de
Córdoba, Ver. Arq. Edgar Hugo Fernández Bernal, Presidente Municipal
Constitucional de Córdoba, Veracruz, a sus habitantes hacer saber:
CONSIDERANDO
I. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 fracción II,
segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 34 fracción XII de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado
de Veracruz – Llave y de la Ley número 71, que establece las bases
normativas a las cuales, los Ayuntamientos del Estado libre y soberano de
Veracruz –Llave deberán expedir sus bandos de policía y buen gobierno,
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia
general, dentro de su respectiva jurisdicción.
II. Que el servicio público de tránsito se encuentra contemplado en los Art. 115
fracción III, inciso H, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, 92 fracción IX de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Veracruz – Llave como un servicio público a cargo del municipio.
III. Que el H,. Ayuntamiento Constitucional de Córdoba, Ver., solicitó al Gobierno
del Estado la transferencia del Servicio de Tránsito y Vialidad mediante
acuerdo de Cabildo del día 25 de Abril del año 2000, y que el 19 de
Septiembre del año 2000, el Ejecutivo Estatal emitió su acuerdo para
transferir el servicio de tránsito al municipio de Córdoba, Ver. el cual fue
publicado en la Gaceta Oficial del Estado el día 5 de Octubre del año 2000; y
que el 9 de Mayo del año 2002 fue firmado el Convenio para la Transferencia
del Servicio de Tránsito entre el Gobierno del Estado y el Municipio de
Córdoba, el cual entraría en vigor el día 10 de Junio del año 2002.
IV. Que para impulsar el Desarrollo Social y Económico del Municipio de
Córdoba, Veracruz, y hacer de la Administración Pública un auténtico
instrumento de Desarrollo con Justicia social, que permite realizar con mayor
eficiencia y eficacia sus atribuciones y construir un sistema que sea accesible
para todos aquellos que en forma directa o indirecta reciban sus beneficios, 3
el H. Ayuntamiento Constitucional de Córdoba, Veracruz, ha tenido a bien
aprobar el siguiente: 4
REGLAMENTO DE TRÁNSITO Y VIALIDAD PARA EL MUNICIPIO
DE CORDOBA, VER.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Las disposiciones de este Reglamento son de orden público e interés
general y tienen por objeto regular:
I. El tránsito de personas, vehículos, semovientes y carros de propulsión
manual en las vías públicas del municipio;
II. Las atribuciones y obligaciones de las autoridades Municipales;
III. El Horario de Carga y Descarga en las zonas comerciales de mayor afluencia
peatonal y vehicular, la cual estará delimitada por las siguientes vialidades:
desde la calle 21 a la calle 28 y de la avenida 11 a la avenida 6 exvía del
Huatusquito.
IV. Los derechos y obligaciones de los propietarios de vehículos y conductores.
V. Las características de los vehículos y requisitos necesarios para su
circulación.
VI. La instalación de señales, dispositivos, parquímetros y marcas para el control
de Tránsito.
VII. El funcionamiento de sitios, estacionamiento públicos y privados, terminales y
lugares análogos.
VIII. Los procedimientos administrativos de Tránsito y Vialidad Municipal.
IX. La integración y funcionamiento de Patronatos, Consejos y Comisiones de
Asesoría y consulta.
X. La formulación y aplicación de los Programas de Educación Vial.
XI. El establecimiento de escuelas de manejo.
XII. La aplicación de sanciones y los medios de impugnación de las mismas, así
como la fijación de las tarifas.
Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por: 5
I. AYUNTAMIENTO. El Ayuntamiento de Córdoba, Veracruz, integrado por el
C. Presidente Municipal, el Síndico y Regidores.
II. REGLAMENTO.- El presente Reglamento de Tránsito y Vialidad para el
Municipio de Córdoba.
III. DIRECCIÓN.- La Dirección de Tránsito y Vialidad del Municipio de Córdoba,
Ver
IV. ELEMENTO.- Los Oficiales de Tránsito y Vialidad.
V. CONDUCTOR.- Persona que lleva el dominio de movimiento del vehículo.
VI. PASAJERO, VIAJERO O USUARIO DEL VEHÍCULO.- Toda persona que no
siendo el conductor, ocupa un lugar dentro del vehículo con conocimiento y
autorización de aquél.
VII. PEATON, TRANSEUNTE.- Toda persona que transite a pie por la vía pública.
También se considerarán como peatones los impedidos o niños que transiten
en artefactos especiales manejados por ellos o por otra persona y que no se
consideren como vehículos desde el punto de vista de este Reglamento.
VIII. VÍA PÚBLICA.- Todo espacio terrestre de jurisdicción municipal, destinado al
tránsito libre de vehículos y/o peatones, sin más limitaciones que las
impuestas por la Ley y el Reglamento.
IX. TRÁNSITO.- Acción o efecto de trasladarse de un lugar a otro por la vía
pública.
X. VIALIDAD.- Sistema de vías primarias y secundarias que sirve para la
transportación en el Municipio de Córdoba, Veracruz.
XI. VEHÍCULO.- Todo medio de motor o cualquier otra forma de propulsión en el
que se transportan personas y bienes, exceptuándose los destinados para el
transporte de impedidos, como sillas de ruedas y juguetes para niños.
XII. AUTOMÓVIL, COCHE.- Vehículo de motor, con cuatro ruedas y con
capacidad hasta de nueve personas, incluido el conductor.
XIII. CAMIÓN.- Vehículo de motor de cuatro ruedas o más, destinado al transporte
de carga.
XIV. MOTOCICLETA.- Vehículo de motor de dos, tres ruedas y cuatro ruedas.
XV. OMNIBUS O AUTOBÚS.- Vehículo de motor destinado al transporte de más
de nueve personas. 6
XVI. BICICLETA.- Vehículo de dos
...