Categorías Del Impuesto A La Renta
Enviado por sherilgf • 4 de Enero de 2015 • 2.093 Palabras (9 Páginas) • 221 Visitas
Categorías del Impuesto a la Renta
1. ¿Qué es el impuesto a la Renta?
El impuesto a la renta es aquel que grava las ganancias o ingresos tanto de personas naturales como jurídicas. En nuestro país existen cinco categorías de Impuesto a la Renta, cuya categoría está en función de la naturaleza o la procedencia de las rentas.
CATEGORIA ORIGEN PERSONAS ACTIVIDADES
PRIMERA CAPITAL NATURAL Arrendamiento o sub - arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como las mejoras de los mismos.
SEGUNDA CAPITAL
NATURAL Rentas obtenidas por intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
TERCERA CAPITAL + TRABAJO
NATURAL / JURIDICA Derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.
CUARTA TRABAJO
NATURAL Rentas obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.
QUINTA TRABAJO
NATURAL Rentas provenientes del trabajo personal prestado en relación de dependencia (sueldos, salarios, gratificaciones, vacaciones)
2. ¿Quiénes pagan Impuesto a la Renta?
Empresas de todos los tamaños, trabajadores en planilla e independientes (recibo por honorario) y arrendatarios de departamentos.
En el caso de las empresas, pueden acogerse a tres regímentes: Régimen General, Régimen Especial, Nuevo RUS (la diferencia está en los niveles de ingresos y tamaño de la actividad.
Cada una tiene distintas facilidades para el pago de impuestos. Sin embargo, la declaración del impuesto a la renta de Tercera categoría se determina al finalizar el año y el pago se efectúa dentro de los tres primeros meses del año siguiente, de acuerdo con el Cronograma de Vencimientos que aprueba la SUNAT para cada ejercicio.
- R. General: Todos los meses, desde su fecha de inicio de actividades, usted debe hacer pagos a cuenta. Existen dos sistemas para calcular sus pagos a cuenta de todo el año. Usted deberá utilizar el que le corresponda de acuerdo con lo siguiente: Si tuvo impuesto calculado en el ejercicio anterior (coeficiente) o si inicia actividades en el año (porcentaje).
- R. Especial: Los contribuyentes que se acojan al RER, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el Impuesto a la Renta (Régimen Especial) y el IGV, de acuerdo a las siguientes tasas: Impuesto a la Renta Tercera Categoría (régimen especial) 1.5% del ingreso neto mensual y 18% por Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal.
A partir de junio del 2009, se ha implementado la opción Declaración y Pago IGV – Renta simplificada mensual (ideal para MYPE), la cancelación se realiza mediante cargo a cuenta bancaria o pago mediante tarjeta de crédito o débito. En ambos casos se requiere afiliación al pago de tributos por Internet.
- Nuevo RUS: El pago es mensual y se realiza sin formularios en las agencias de los bancos autorizados (Banco de la Nación, Interbank, Banco de Crédito, Continental y Scotiabank), a través del Sistema PAGO FÁCIL. El contribuyente, debe indicar al personal de las entidades bancarias, en forma verbal o mediante la ayuda de un formato denominado GUÍA PAGO FÁCIL DEL NUEVO RUS.
3. TIPOS DE RENTA Y QUIENES LA COMPRENDEN
Según la Sunat, nuestro sistema tributario tiene cinco tipos de renta.
PARA PERSONAS Y EMPRESAS están comprendidos:
• En Primera Categoría, Personas y empresas que perciben ingresos / rentas por el arrendamiento o subarrendamiento de propiedades.
Cuando una persona natural, una sucesión indivisa, o sociedad conyugal da en arrendamiento (alquiler) un bien inmueble o mueble genera una renta gravada con el Impuesto a la Renta. Esta renta es considerada como Primera Categoría.
También son rentas de Primera Categoría:
- El sub arrendamiento de predio.
- El arrendamiento o cesión temporal de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, así como los derechos sobre estos.
- El valor de las mejores introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, las cuales no son reembolsadas por el propietario constituyendo un beneficio para este.
- La cesión gratuita o a precio no determinado de predio efectuada por el propietario a terceros.
• En Segunda Categoría, Personas y empresas que reciben dividendos por ser accionistas de empresas.
Ingresos afectos
Son rentas de Segunda Categoría los ingresos que obtiene las personas naturales, sucesiones indivisas y sociedades conyugales por:
- Regalías
- Dividendos
- Cesión de derechos
- Colocación de capitales
- Transferencia no habituales de bienes inmuebles que no sean casa habitación del contribuyente.
Venta de bienes inmuebles desde 1 enero del 2004
Desde el año 2004, las ganancias del capital provenientes de la venta (enajenación) de inmuebles distintos a la casa habitación, efectuados por personas naturales, sucesivas indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, se consideran rentas gravadas de segunda categoría, siempre que la adquisición y venta de tales bienes se produzca a partir del 1 de enero del 2004.
Declaración y pago definitivo
¿Cómo se declara y paga el impuesto mensual por mis rentas de Segunda Categoría?
Las personas que paguen rentas de Segunda Categoría por intereses, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave, patentes o similares, entre otras; retendrán y cancelaran el 5% (tasa efectiva) de los importes que abonen a los beneficiarios de estas rentas (Renta Bruta). El párrafo anterior no es aplicable en la ganancia capital por venta de inmuebles, ni ganancias de capital productos de la venta de acciones, dividendos y rendimientos de fondos mutuos, fondos de inversión y aportes efectuados en AFP sin fines previsionales.
¿Cómo pago el impuesto a la renta de 2da categoría por la venta de inmuebles?
Por la venta de inmuebles comprados y vendidos a partir del 01 de enero de 2004 (distintos a los usados como casa habitación), se debe pagar el 5% (tasa efectiva) de la ganancia de capital (Diferencia entre el costo computable y el precio de venta). A partir del 1 de febrero del 2010, se utiliza para la declaración y pago del impuesto el Formulario Virtual Nº1665 Declaración y Pago de Renta de Segunda Categoría Cuenta Propia.
Comprobantes de pago y libros contables
Las personas naturales, que reciben Rentas de segunda Categoría podrán entregar boletas de venta y/o facturas, según sea el caso. En el supuesto que hubieran percibido ingresos por dividendos, no deberán entregar comprobantes de pago por este concepto.
Para la impresión
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