Contrato De Arrendamiento
Enviado por pauchocorol • 21 de Septiembre de 2012 • 796 Palabras (4 Páginas) • 283 Visitas
ARRENDAMIENTO
CONCEPTO: art. 2296 hay arrendamiento cuando una persona llamada arrendador se obliga a conceder el uso o goce temporal de un bien y la otra llamada arrendatario se obliga a pagar por ellos un precio cierto y determinado. El arrendamiento de bienes muebles no podrá exceder de 5 años. Tratándose de fincas destinadas a habitación no podrá exceder de diez años y veinte para las fincas destinadas al comercio o a la industria. (EVITAR EL ARRENDAMIENTO VITALICIO)
PARTES QUE INTERVIENEN: arrendador: se obliga a conceder el uso o goce temporal de una cosa
Arrendatario: recibe dicho uso y se obliga a pagar por el un precio cierto y determinado
CLASIFICACION: bilateral (se reparten los derechos y obligaciones), oneroso (comparten los provechos y gravámenes), conmutativo (las prestaciones son ciertas y determinadas desde el momento de la celebración), consensual en oposicion a real (no se requiere la entrega de la cosa para que exista), consensual en oposición a formal (debe ser por escrito), principal porque no requiere de otro para existir, tracto sucesivo (se difiere en el tiempo).
ESPECIES:
a) mercantil: cuando se celebra con un propósito de especulación comercial art. 75: la ley reputa actos de comercio 1.-todas las adquisiciones enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural sea después de trabajados o labrados.
b) Administrativo: es aquel que recae sobre bienes que pertenecen a la federación a los estados o municipios se caracteriza porque su regulación se hace en las disposiciones del derecho administrativo y solo a falta de ellas por el código civil. Art. 2310: los arrendamientos de bienes del estado municipales o de establecimientos públicos estarán sujetos a las disposiciones del derecho administrativo y en lo que no lo estuvieren a las disposiciones de este titulo. (solo es administrativo cuando el estado es el arrendador)
c) Civil: el que no es mercantil o administrativo, es al que hemos venido refiriendo en este capitulo y su regulación se hace precisamente por el código civil.
ELEMENTOS ESENCIALES: consentimiento.-es el acuerdo de voluntades para conceder el uso o goce temporal de un bien y pagar un precio cierto y determinado; Objeto.- directo: consiste en conceder el uso o goce temporal de un bien a cambio de un precio cierto o determinado y el indirecto: es la cosa misma, lo constituye el bien cuyo uso se transfiere asi como la renta que se paga.
ELEMENTOS DE VALIDEZ: Capacidad.- el arrendador debe tener una capacidad general para contratar (ser mayor y estar en pleno ejercicio de sus derechos; el arrendador debe tener además una capacidad especial para conceder el uso de la cosa. Arrendatario: capacidad contractual
FORMA: por escrito art. 2305 el contrato debe otorgarse por escrito, tratándose de predios
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