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Contrato De Trabajo Realidad


Enviado por   •  11 de Agosto de 2014  •  1.667 Palabras (7 Páginas)  •  249 Visitas

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CONTRATO DE TRABAJO REALIDAD.

Iniciamos diciendo que EL CONTRAOTO DE TRABAJO REALIDAD, es aquel trabajo que aunque no se definió ni formalizo, según la ley, esta considera que existe en razón a la naturaleza misma de las actividades que desarrolla el trabajador.

Un contrato de trabajo puede ser o se puede instaurar bien sea de manera verbal o de manera escrita y de las dos maneras tiene una validez legal. Aunque en varias ocasiones, entre las partes participantes (trabajador y empresario), no se acuerdan ningún contrato de trabajo, ni verbal ni escrito sino que se recurre a una figura llamada contrato de servicios.

CONTRATO DE TRABAJO.

Es aquel tipo de contrato en el que una persona natural, se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica bajo la continua dependencia o subordinación a cambio de una remuneración que recibe por parte de quien lo contrata. Aquella persona la cual presta el servicio recibe el nombre de trabajador, y quien lo recibe y lo remunera (paga) económicamente es denominado patrono y la remuneración que se recibe se denomina salario, esto esta descrito en el (art. 22 del C.S.T).

ELEMENTOS DE UN CONTRATO.

Para que puede existir un contrato, obligatoriamente debe existir unos elementos o constantes las cuales legalmente hacen que exista un contrato como lo son:

• La actividad personal del trabajador. Es decir, realizada por sí mismo.

Esta labor puede ser manual o intelectual, la cual es prestada por el mismo trabajador, en razón a que el contrato en mención, se ha realizado entre el trabajador y el empleador o sea que solo concurren dos partes en la celebración del mismo.

• La dependencia o subordinación del trabajador con referencia al empleador la cual faculta al empleador a exigirle el cumplimiento de órdenes en cualquier momento con referencia al modo o cantidad de trabajo, así como imponerle reglamentos los cuales deben de mantenerse por todo el tiempo que el contrato dure, todo esto sin afectar la dignidad y los mínimos derechos del trabajador de acuerdo a los tratados y convenios internacionales que en derechos humanos rija al país.

La subordinación es un elemento muy importante del contrato de trabajo, entendiéndose que es la obligación que tiene el trabajador de seguir las ordenes e instrucciones del empleador. Es importante aclarar que la subordinación no es absoluta, esta debe ser razonable y en todo momento debe respetar los mínimos derechos del trabajador tales como su dignidad y su libertad.

La subordinación no le da derecho al empleador a exigir al trabajador más de lo que razonablemente concierne a la naturaleza de la labor que está desarrollando. Y menos puede el empleador obligar al trabajador a realizar o dejar de realizar una actividad que vaya en contra de la ley o del mismo reglamento interno de la empresa.

Aunque la palabra subordinación quiera decir que el trabajador deba cumplir las órdenes que le emita el empleador, y este tiene las facultades para disponer del él según las necesidades de la empresa, lo cual pueda convertirse en un cambio en el objeto del contrato, no puede el empleador en ningún momento desmejorar las condiciones del contrato. Especialmente en lo referente al lugar de trabajo haciendo referencia al sitio geográficamente hablando y anqué el empleador puede cambiar de manera unilateralmente la ubicación, en ningún momento y por ninguna razón, puede desmejorar la situación del trabajador.

• Debe existir un salario como retribución al trabajo que se está desempeñando o realizando.

Es importante aclarar que no es necesario que exista un contrato de trabajo escrito, para demostrar la existencia de una relación laboral, en razón a que el aspecto jurídico dice que en este sentido debe prevalecer la realidad frente a los formalismos legales, así con la sola existencia de los elementos que configuran un contrato de trabajo es lo suficiente para lograr demostrar la existencia de una relación laboral con todas las repercusiones legales a las que tenga lugar contenidas en el (C.S.T). Y de esta manera no es necesario tener un contrato escrito para poder demostrarlo.

La remuneración, es un derecho que tiene el trabajador y una obligación la cual no puede eludir el empleador y por obligación debe brindar y dar al trabajador una contraprestación económica al trabajador. Esta remuneración que el empleador da al trabajador puede ser en efectivo o en especie dado el caso en que la remuneración sea en especie, esta no podrá sobrepasar el 50% de lo pactado y cuando lo pactado entre las partes es de un salario mínimo legal vigente, lo cancelado en especie por parte del empleador al trabajador, no puede superar el 30% del mismo.

Cuando se habla de remuneración, estamos hablando de dinero este puede ser cancelado por parte del empleador al trabajador bien sea diario, semanal, quincenal y máximo mensual. De acuerdo a la legislación colombiana, ningún trabajador podrá llegar a devengar menos de un salario mínimo, a excepción de aquellos trabajadores que tengan contratos de trabajo o laboren medio tiempo o menos pero, sus prestaciones sociales deberán liquidarse tomando como referencia el salario mínimo legal vigente.

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