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Contrato De Trabajo


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2012  •  2.205 Palabras (9 Páginas)  •  350 Visitas

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EL CONTRATO DE TRABAJO

El trabajo se identifica con el esfuerzo que realiza una persona; o sea, que todo trabajo implica llevar a cabo un esfuerzo, que debe tener alguna repercusión en el orden económico; y en alguna medida satisfacer una necesidad.

El contrato de trabajo es aquel medio por el cual el empleado y el empleador se obligan recíprocamente, el primero a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación y el segundo a pagar por estos servicios una remuneración determinada.

Tipos de Contratos

Un contrato de trabajo puede ser por tiempo fijo o indefinido.

Duración indefinida: Este es el contrato de trabajo común en Venezuela, en el cual las partes no limitan específicamente la relación de trabajo en cuanto al período de tiempo o tareas a realizar.

Duración fija: Esta es una categoría excepcional, en la cual el acuerdo establece una duración fija.

Contrato para una Obra Especifica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusión de la misma.

Individual: Cuando se realiza entre un patrono y un trabajador.

Colectivo: Cuando se realiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos.

Características del Contrato de Trabajo

Consentimiento: este se celebra por contrato de las partes.

Objetivo: establece las condiciones de la relacion de trabajo entre las partes.

Subordinación o dependencia: una persona se obliga a prestar sus servicios a otra bajo su dependencia.

Remuneración: para que exista contrato de trabajo la labor debe ser remunerada.

Servicio personal: la persona uqe realiza el trabajo no puede ser sustituida por otra sin el previo consentimiento del patrono.

Lícito: la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley , la moral y las buenas costumbres .

3. CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO

3.1 SEGUN SU FORMA:

- Verbal: tiene lugar cuando por simple acuerdo expresado oralmente las partes conviene en la clase de trabajo, el sitio donde ha de realizarse, cuantía y la forma de remuneración.

Todos los contratos verbales son a término indefinido.

- Escrito: cada parte debe tener una copia del contrato a fin de que pueda servir como elemento probatorio.

El contrato debe tener:

- Identificación de las partes

- Lugar y fecha de celebración

- Lugar donde se va a prestar el trabajo

- Naturaleza

- Salario, cuantía y forma de pago

- Duración

Acuerdos que siempre deben pactarsen por escrito:

- El periodo de prueba

- El salario integral

- Los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen salario

Contratos que siempre deben celebrarsen por escrito:

- Contrato a término fijo

- El que se celebre con extranjeros no residentes en el país

- El enganche de trabajadores para el exterior

CLAUSULAS INEFICACES: son aquellas cláusulas que desmejoran los derechos del trabajador con respecto de lo que en su favor hayan establecido las leyes, laudos arbitrales, pactos colectivos, convenciones colectivas. No tiene efecto jurídico.

CLAUSULA DE NO CONCURRENCIA: por medio de la cual el trabajador se compromete a no prestarle los servicios a otro empleador una vez terminado el contrato de trabajo. No tiene efecto jurídico.

3.2 SEGUN SU DURACIÓN

A término indefinido: se da cuando el contrato es verbal o cuando no se pacto por escrito un tiempo determinado, caso en el cual no se conoce de antemano la fecha en que puede llegar a terminar el mismo, puede durar poco tiempo o puede prolongarse por muchos años.

A término fijo: cuando consta por escrito la estipulación de un plazo fijo pactado, es decir, que se sabe de antemano la fecha de terminación del vínculo.

La duración no pude ser superior a tres años.

Este contrato admite dos modalidades:

Término inferior a 1 año: se puede prorrogar por el mismo término de duración o por un término inferior hasta por tres veces luego del periodo inicial; por lo que luego la prorroga solo podrá ser por un término no inferior a 1 año.

Término fijo de 1 año hasta 3 años: es renovable indefinidamente.

Para su terminación la ley le exige al empleador que le avise al trabajador su determinación de no prorrogarlo, con una antelación no inferior a 30 días (calendario) a la fecha del vencimiento del término estipulado. Si se omite este preaviso o no se surte dentro de la oportunidad legal, el contrato se entiende renovado por un periodo igual al inicialmente pactado, de manera sucesiva.

Los contratos cuya duración sea igual o inferior a 30 dias, no requiere preaviso alguno para su terminación.

3.3 POR LA DURACIÓN DE LA OBRA O LABOR CONTRATADA:

El contrato dura tanto como dure la obra o labor contratada, es necesario describir por escrito en forma detallada la obra o labor objeto del contrato.

Sujeto: El trabajador es, sin duda, la figura central del Derecho de Trabajo. su básico destinatario, en cuanto que este Ordenamiento surgió, precisamente, con el fin ex¬preso de mejorar las condiciones de vida y trabajo de los trabajadores dependientes o «asalariados».

El trabajador no tiene sólo, por supuesto, relevancia para el Derecho del Trabajo en cuanto sujeto del contrato de trabajo, es también – o puede serlo - miembro del personal de una empresa afiliado a un sindicato. sujeto protegido por la Seguridad Social, parte de un proceso laboral etc. De todos estos aspectos o posiciones ¡jurídicas del trabajador, todos los cuales interesan a nuestra disciplina el mas caracteris¬tico y definidor es, sin embargo. el de sujeto del contrato de trabajo. Antes que cualquier otra cosa antes que sindicado o afiliado a la Seguridad Social etc. el trabajador se define jurídicamente como sujeto de un contrato de trabajo esta es. la razón por la que estudiarnos el concepto de trabajador precisamente al tratar del contrato de trabajo.

Conviene añadir que si en sentido estricto trabajador es el sujeto de un contrato laboral, en sentido amplio ha llegado a considerase también corno trabajadores a quienes han perdido su empleo y ostentan, ya no la condición de partes de un contrato de trabajo, sino de beneficiarios de prestaciones de desempleo

Un concepto tecnico-juridicode trabajador puede ser el siguiente: la persona fí¬sica que se obliga a trabajar por cuenta y bajo dependencia

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