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Contrato de exclusividad inmobiliario


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2017  •  Informe  •  2.297 Palabras (10 Páginas)  •  229 Visitas

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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES INMOBILIARIOS, POR TIEMPO DEFINIDO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE  G.N. INMOBILIARIA  REPRESENTADA POR LA  C.P. MARIA DE LOS ANGELES NAVARRO PARRA Y/ O ARQ. JAVIER ENRIQUE VARGAS MEDINA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA COMO “ASESOR”  Y POR OTRA PARTE EL (LA) C.  CARLOS ALBERTO GARCIA ARVIZU   A QUIEN EN EL TRASCURSO DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARA COMO “EL CLIENTE” DE ACUERDO A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS Y DECLARACIONES:

                                                                                                 DECLARACIONES:

  1. Declara  “EL ASESOR”  Maria De Los Angeles Navarro Parra Y/O Arq. Javier Enrique Vargas Medina  ser una persona física, mexicana, legalmente establecida en estado activo al corriente de sus obligaciones fiscales y patronales. Dedicarse al Desarrollo habitacional, Adjudicación Judicial de Bienes Inmuebles, Promoción e Intermediación para fines de Compra Venta y Arrendamiento de Inmuebles y los servicios derivados a estas especialidades.
  2. Tener su domicilio fiscal para escuchar y recibir notificaciones en AV. CONSTITUYENTES #17 FRACCIONAMIENTO NUEVO AMANECER  estar debidamente registrada ante la Secretaria de Hacienda  con Registro Federal de Contribuyentes NAPA-530802-587.
  3. Estar facultada para desarrollar las acciones a las que se compromete en el presente contrato por contar con las Certificaciones Inmobiliarias y de Crédito Hipotecario vigentes y estar registrada en la ASOCIACIÓN MEXICANA DE PROFESIONAES INMOBILIARIOS A. C.
  4. Declara “EL CLIENTE” ser legítimo propietario del bien inmueble que desea VENDER. Y que fue adquirido con recursos propios y de procedencia lícita. Para la cual demuestra con el pago al corriente del impuesto predial correspondiente.  Asignándole las claves catastrales 22-01-26-182-004.
  5. Tener su domicilio para escuchar y recibir notificaciones en la CALLE EJIDO NO. 109 FRACC CD INDUSTRIAL, SECC GAVIOTAS.                                    
  6. Ambas partes se reconocen mutuamente y están de acuerdo en sujetarse a las siguientes clausulas.

                                                                  CLAUSULAS

PRIMERA:  “EL CLIENTE” entrega a “EL ASESOR” en EXCLUSIVA para su VENTA , su propiedad definida como CASA HABITACION ubicada en CALLE EJIDO NO. 109 FRACC. CD INDUSTRIAL, SECC GAVIOTAS LOTE NO. 18 EN MANZANA NO. 15 con las siguientes características: Terreno con una superficie de 200 M2 y de Construcción 151 M2.

SEGUNDA: EL CLIENTE declarara tener al corriente los pagos por servicios públicos, privados e impuestos (agua, luz, teléfono, internet, predial, cuotas vecinales etc.) , y en caso de que haya adeudos EL CLIENTE se compromete a la venta del inmueble entregar a EL ASESOR  los comprobantes de pago a la fecha ultima del periodo correspondiente.

TERCERA: La vigencia del presente contrato será de 6 meses (seis meses) contados a partir de la firma de este, siendo su fecha de vencimiento el día 04 de ENERO del 2018, debiendo realizarse una prologa o renovación en caso de:

1.- Si con un tercero se a firmado un contrato de promesa de compra-venta.

2.- Si al momento de la terminación del presente contrato existiera una negociación en proceso (aun cuando éste no presente características formales). Para este supuesto la renovación obligatoria del contrato solo será  por el tiempo que requiera el trámite de uno a dos meses promedio.                

CUARTA:   EL ASESOR se obliga durante la vigencia de este contrato a proporcionar a EL CLIENTE los servicios profesionales en:

a).- Publicitar el Inmueble para su VENTA por medios electrónicos, internet, letreros y portal A.M.P.I.

b).- Realizar las negociaciones necesarias a fin de lograr un satisfactorio contrato de COMPRA-VENTA apegándose al código de ética de la A.M.P.I. y el Código Civil del Estado de Tamaulipas.

c).- Revisar la situación jurídica del inmueble, señalándole a EL CLIENTE cada uno de los puntos que hay que atender antes de su venta.

d).- Si EL CLIENTE lo solicita, tramitar todo lo necesario para poner al día la situación jurídica del inmueble.

QUINTA: Se determina que el valor de la propiedad fin de este contrato determinado por EL CLIENTE es de $1.350,000 ( UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), quedan ambas partes de acuerdo en que el precio publicitado de la propiedad será de $1.350,000 (UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), para poder hacer el pago de la comisión al asesor; mismo que el asesor está obligado a señalar a terceros y en publicidad impresa y digital, como único precio por medio de EL ASESOR presente.

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